SENTENCIA pronunciada en el juicio agrario número 219/94, relativa a la dotación de tierras, promovida por campesinos del poblado Emiliano Zapata, Municipio de Mazatán, Chis.

EdiciónMatutina
EmisorTribunal Superior Agrario

SENTENCIA pronunciada en el juicio agrario número 219/94, relativa a la dotación de tierras, promovida por campesinos del poblado Emiliano Zapata, Municipio de Mazatán, Chis.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Superior Agrario.- Secretaría General de Acuerdos. Visto para resolver el juicio agrario número 219/94 que corresponde al expediente original 3080, relativo a la solicitud de dotación de tierras promovida por un grupo de campesinos del poblado denominado "Emiliano Zapata", ubicado en el Municipio de Mazatán, Estado de Chiapas; y RESULTANDO: 1o.- Por escrito de veinte de agosto de mil novecientos setenta y ocho, un grupo de campesinos radicados en el poblado denominado "Emiliano Zapata" del Municipio de Mazatán, Estado de Chiapas, elevó al Gobernador del Estado, solicitud de dotación de tierras par satisfacer sus necesidades agrarias, señalando como de probable afectación el predio "Las Varillas". 2o.- Turnada que fue la solicitud de referencia a la Comisión Agraria Mixta del Estado, se procedió a la instauración del procedimiento el ocho de noviembre de mil novecientos setenta y ocho, registrándolo bajo el número de expediente 3080. 3o.- La publicación de la solicitud se realizó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el veintinueve de noviembre de mil novecientos setenta y ocho. En la propia solicitud proponen para ocupar los cargos de Presidente, Secretario y Vocal, respectivamente, del Comité Particular Ejecutivo a Glusteín Becerra Ch., Maclovio Hernández Mejía y Galdino Muñoz M.; sin embargo, por acuerdo del Gobernador del Estado de Chiapas, mediante oficios de ocho de octubre de mil novecientos ochenta y cinco, se expidieron por el Secretario General de Gobierno de esa entidad federativa los nombramientos en favor de Maclovio Hernández Mejía, Humberto Agustín Lozano y Ramón Hernández González. 4o.- Para elaborar el censo agrario fue instruido por la Comisión Agraria Mixta, Alberto León Camacho, quien rindió informe de los trabajos efectuados el dieciséis de mayo de mil novecientos ochenta y cinco, haciendo saber la existencia de veintiún individuos capacitados. El acta de clausura de la junta censal es de siete del mismo mes y año. 5o.- La Comisión Agraria Mixta del Estado, mediante oficio de siete de junio de mil novecientos ochenta y cinco instruyó a Benjamín Mandujano Cruz y Julio César Gutiérrez Gamboa, con el objeto de que realizaran trabajos técnicos e informativos; comisionados que rindieron su informe el veintiocho de junio de mil novecientos ochenta y cinco, del que se conoce que por escritura de propiedad inscrita bajo el número 38, libro uno, volumen II, de la sección primera de diecinueve de enero de mil novecientos setenta y seis, el predio "Las Varillas", fue puesto a disposición de la Secretaría de la Reforma Agraria, representada por el Delegado Agrario en la entidad, para satisfacer necesidades agrarias con superficie de 220-00-00 (doscientas veinte hectáreas), que se encuentran en posesión de los solicitantes; y que el levantamiento topográfico de dicho predio, arrojó una superficie de 230-14-59 (doscientas treinta hectáreas, catorce áreas, cincuenta y nueve centiáreas). 6o.- En sesión efectuada el veintiuno de octubre de mil novecientos ochenta y cinco, la Comisión Agraria Mixta aprobó dictamen...

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