SENTENCIA pronunciada en el juicio agrario número 491/94, relativa a la ampliación de ejido, promovida por campesinos del poblado Singapur, Municipio de Navojoa, Son.

EdiciónMatutina
EmisorTribunal Superior Agrario

SENTENCIA pronunciada en el juicio agrario número 491/94, relativa a la ampliación de ejido, promovida por campesinos del poblado Singapur, Municipio de Navojoa, Son.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Superior Agrario.- Secretaría General de Acuerdos. Visto para resolver el juicio agrario 491/94, que corresponde al expediente 1.3-1406, relativo a la ampliación de ejido, del poblado denominado "Singapur", ubicado en el Municipio de Navojoa, Estado de Sonora; y RESULTANDO: PRIMERO.- Por Resolución Presidencial de doce de marzo de mil novecientos cincuenta y ocho, publicada en el Diario Oficial de la Federación el tres de mayo de mil novecientos cincuenta y nueve, se concedió al poblado de que se trata, una superficie total de 530-40-00 hectáreas de agostadero, para beneficiar a veinticinco capacitados, por concepto de dotación de tierras, ejecutada en forma total, el veintiocho de septiembre de mil novecientos setenta y dos. SEGUNDO.- Por escrito del cuatro de abril de mil novecientos ochenta y dos, las autoridades ejidales y ejidatarios del poblado de referencia, solicitaron al Gobernador del Estado ampliación de ejido, a efecto de satisfacer íntegramente sus necesidades agrarias. TERCERO.- La Comisión Agraria Mixta instauró el expediente respectivo el veintidós de octubre de mil novecientos ochenta y dos, registrándolo bajo el número 1.3-1406; publicando la solicitud en el Periódico Oficial del Estado, el veintiuno de octubre de mil novecientos ochenta y dos. Mediante oficio 1556 del once de noviembre de mil novecientos ochenta y dos, la Comisión Agraria Mixta, por cédula común notificatoria, enviada a los propietarios, encargados, poseedores o representantes de predios rústicos ubicados en el radio legal del núcleo gestor, les comunicó la instauración del expediente en estudio, para su conocimiento y efectos legales correspondientes. El Comité Particular Ejecutivo, quedó integrado por Gilberto Silva Valdez, Antonio Jacobi Aldama y Abraham Camacho García, como Presidente, Secretario y Vocal, respectivamente. CUARTO.- La Comisión Agraria Mixta ordenó a personal de su adscripción con oficio 132 del veintiocho de enero de mil novecientos ochenta y tres, practicar los trabajos censales correspondientes. El comisionado rindió su informe el catorce de febrero del mismo año, del que se desprende que existen setenta y dos habitantes de los cuales dieciséis son jefes de familia, nueve solteros, siendo todos ejidatarios del propio poblado. QUINTO.- En cuanto a los trabajos técnicos e informativos, la Comisión Agraria Mixta, con oficio 1614, del diecinueve de agosto de mil novecientos ochenta y tres, ordenó a personal de su adscripción, que los llevara a cabo; rindiéndose informe el veintiséis de septiembre del mismo año, del que se desprende lo siguiente: que en cuanto al aprovechamiento de las tierras concedidas por concepto de nuevo centro de población ejidal, las encontró debidamente explotadas. Por lo que hace a los ejidos que se ubican dentro del radio de siete kilómetros, se encuentran los denominados "El Veranito", "Batayaqui", "Adolfo de la Huerta", "Miguel Hidalgo y Costilla" y "San Antonio". En cuanto a los predios estudiados por el comisionado, la mayoría de éstos se encuentran en explotación y según su reporte, por su superficie, calidad de las tierras, que son de agostadero y explotación a que son dedicadas, se trata de pequeñas propiedades que no resultan afectables para resolver la presente acción agraria. Con respecto al predio denominado "El Yopori Norte", adquirido en compra a Bertha Alicia Valencia Flores, por Alejandro Martín del Campo Camacho y Tarquino Martín del Campo Montes, mediante los siguientes documentos: escritura pública...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR