SENTENCIA pronunciada en el juicio agrario número 1164/93, relativa a la ampliación de ejido, promovida por campesinos del poblado Efraín A. Gutiérrez, Municipio de Huixtla, Chis.

EdiciónMatutina
EmisorTribunal Superior Agrario

SENTENCIA pronunciada en el juicio agrario número 1164/93, relativa a la ampliación de ejido, promovida por campesinos del poblado Efraín A. Gutiérrez, Municipio de Huixtla, Chis.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Superior Agrario.- Secretaría General de Acuerdos. Visto para resolver el juicio agrario número 1164/93 que corresponde al expediente original 3323-A, relativo a la solicitud de ampliación de ejido promovida por un grupo de campesinos del poblado denominado "Efraín A. Gutiérrez", ubicado en el Municipio de Huixtla, Estado de Chiapas; y RESULTANDO: 1o.- Por Resolución Presidencial de seis de enero de mil novecientos cuarenta y tres, publicada en el Diario Oficial de veintidós de los mismos, se dotó de tierras al núcleo denominado "Efraín A. Gutiérrez", Municipio de Huixtla, Chiapas, con superficie de 977-00-00 (novecientas setenta y siete hectáreas) de temporal y agostadero en beneficio de cuarenta y nueve campesinos capacitados; la cual tuvo ejecución en la integridad de sus términos, el cinco de marzo de mil novecientos cuarenta y nueve. 2o.- Mediante escrito de cuatro de agosto de mil novecientos ochenta y tres, dirigido al Gobernador Constitucional del Estado de Chiapas, cincuenta y un campesinos radicados en el poblado de referencia solicitaron ampliación de ejido; señalando como probablemente afectable la finca rústica denominada "La Lima", propiedad de Encarnación Salinas. En el propio memorial se propuso para integrar el Comité Particular Ejecutivo en los cargos de Presidente, Secretario y Vocal, a Ever Paz Cruz, Ismael Hernández Hidalgo y Víctor Rosario Hidalgo, respectivamente. 3o.- Turnado el referido ocurso a la Comisión Agraria Mixta del Estado de Chiapas, se hizo instauración formal del procedimiento ampliatorio el diecinueve de septiembre de mil novecientos ochenta y tres, bajo el número de expediente 3323-A, girándose en la propia fecha los avisos de iniciación de estilo, así como la notificación al propietario del predio señalado para eventual afectación. Por oficio 2161 de la propia fecha, la Comisión Agraria Mixta solicitó al encargado del Registro Público de la Propiedad de Huixtla, Chiapas, poner la anotación preventiva correspondiente en la inscripción del predio denominado "La Lima". 4o.- Los nombramientos para acreditar a los integrantes propuestos del Comité Particular Ejecutivo, fueron expedidos el veintiocho de octubre de mil novecientos ochenta y tres, por el Secretario General de Gobierno, según acuerdo del Gobernador Constitucional de la entidad federativa. 5o.- La solicitud agraria fue debidamente publicada en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Chiapas, el dieciséis de noviembre de mil novecientos ochenta y tres, en la edición número 46, tomo XCIV. 6o.- La Comisión Agraria Mixta destacó a Jorge Cordero Pérez, con oficio número 066, de cuatro de enero de mil novecientos ochenta y cuatro, para que constatara el aprovechamiento de los terrenos de dotación, elaborara el censo agrario del núcleo y practicara los trabajos técnicos e informativos para substanciar el expediente; presentando informe de sus acciones el veintidós de febrero de mil novecientos ochenta y cuatro. Documento donde dio cuenta de acta de aprovechamiento de los terrenos ejidales de dieciocho de enero de mil novecientos ochenta y cuatro, de cuyo tenor se advierte que en recorrido de inspección el comisionado pudo percatarse de que la superficie útil estaba "en un 60% sembrada de caña de azúcar, 30% sembrada de pastos para el ganado y 10% sembrada con cacao". Asimismo, el reporte hizo saber que en junta censal clausurada el veinte de enero de mil novecientos ochenta y cuatro, se obtuvo un resultado relevante de cuarenta y dos campesinos aceptados con capacidad para recibir unidad de dotación. En lo tocante al estudio de fincas rústicas, el informe relacionó un total de setenta y nueve tocadas por el radio legal de afectabilidad, con superficies que fluctuaron entre 6-00-00 (seis hectáreas) y 198-74-45 (ciento noventa y ocho hectáreas, setenta y cuatro áreas, cuarenta y cinco centiáreas), cuyos terrenos fueron observados con cultivos diversos, entre ellos caña de azúcar, cacao y maíz, y dedicados también a la ganadería; se mencionaron sus correspondientes datos escriturales y de inscripción registral. Entre los fundos anotados por el comisionado, el denominado "La Lima" fue descrito como propiedad de Carmen Pontigo de Heros, con superficie de 103-72-68 (ciento tres hectáreas, setenta y dos áreas, sesenta y ocho centiáreas), según escritura número 2453 de treinta de enero de mil novecientos ochenta, inscrita registralmente bajo el número 98, el diez de marzo siguiente; dedicándose sus terrenos de temporal al cultivo de "palma africana para la fabricación de aceite comestible". En lo que concierne al predio "Los Tocayos Silva", originalmente con superficie de 1,325-00-00 (un mil trescientas veinticinco hectáreas), fue fragmentado en fracciones de diez a veinte hectáreas, enajenadas a personas que pretendieron formar el nuevo centro de población ejidal "Emiliano Zapata", que lo cultivan con caña de azúcar. El informe precisó haberse identificado en el radio examinado, terrenos pertenecientes a los ejidos de "Huixtla", "Lázaro Cárdenas", "Francisco I. Madero", "Tzicanal Buenos Aires" y "Pueblo Nuevo Comaltitlán"; obra en autos actas levantadas por el comisionado, así como formas oficiales de censo general agrario debidamente llenadas y requisitadas. 7o.- La Comisión Agraria Mixta, al través de oficios números 779 y 957 de siete y veintiséis de marzo de mil novecientos ochenta y cuatro, respectivamente, encomendó a Ricardo Rincón Cruz la inspección ocular de los fundos rústicos tocados en sus linderos por el radio legal, así como la reorganización del Comité Particular Ejecutivo. Tareas sobre las cuales dicho servidor público produjo informe de ocho de junio de mil novecientos ochenta y cuatro, en el sentido de haber inspeccionado minuciosamente los terrenos y obtenido información registral; agregando que fueron designados Ismael Hernández Hidalgo, Bernardo Sánchez y Víctor Rosario Hidalgo, para los cargos de Presidente, Secretario y Vocal, respectivamente, del Comité Particular Ejecutivo. Entre la documentación anexada por el comisionado, figura acta de cuatro de junio de mil novecientos ochenta y cuatro, levantada en el predio "Las Garzas", del que no especificó superficie, aunque mencionó como su propietario a Adán Escobar López, anotando que en sus terrenos "no existe ninguna siembra y está totalmente lleno de montes altos como acahuales, arbustos de espino que llegan a medir hasta tres metros de altura...

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