Sentencia Pronunciada por el C. Juez 2o. de lo Civil en el Juicio Sucesivo de don Santiago Stoppelli y don Saturnino González vs. Compañía Minera de Naica, S.A. (1a. Parte)
México, treinta y uno de marzo de mil novecientos diecinueve.-Vistos los autos del juicio ordinario mercantil seguido por la Testamentaria del señor Santiago Stoppelli y por el señor Saturnino González en contra de la Compañía Minera de Naica, S. A., sobre nulidad del contrato constitutivo de dicha sociedad; estando representada la sucesión del señor Stoppelli por su albacea señora Blanca Stoppelli de Cervantes, el señor Saturnino González por el señor Licenciado Manuel Cervantes, y la Compañía Minera Naica, S. A., primeramente por el señor Adolfo Aymes y después por los señores Licenciados Rafael Capetillo, Enrique Orozco, José R. Morones y Carlos F. Uribe; todos con domicilio en esta capital, a excepción del señor Saturnino González que radica en Hidalgo del Parral, Estado de Chihuahua, y
RESULTANDO PRIMERO.-Que en nueve de marzo de mil novecientos dieciocho, la Testamentaría del señor Santiago Stoppelli y el señor Saturnino González, presentaron escrito demandando en la vía ordinaria mercantil a la Compañía Minera Naica, S. A., la nulidad de la escritura de veinticinco de julio de mil ochocientos noventa y seis, constitutiva de esa sociedad, la liquidación de las operaciones anteriores, la devolución del fundo minero "Maravillas" con todos sus frutos y rendimientos a la testamentaria Stoppelli, y si esos frutos y rendimientos no pudieran ser restituidos en especie, entonces su valor con los intereses al tipo legal, más los gastos judiciales y las costas.
Esta demanda se funda en los siguientes hechos:
PRIMERO.-El señor Santiago Stoppelli, representado por el señor Gregorio Gómez Rueda, y por derecho propio el señor Saturnino González, otorgaron en Villa Jiménez, Estado de Chihuahua, el veinticinco de julio de mil ochocientos noventa y seis, ante el Notario señor Licenciado Narciso Bassols y Lerdo de Tejada una escritura pública organizando la Compañía Minera de Naica, S.A.
SEGUNDO.-El señor Santiago Stoppelli, dueño del fundo minero "Maravillas", como lo acredita el título expedido a su favor por el Ejecutivo de la Unión el veintinueve de abril de mil ochocientos noventa y siete, introdujo a la Compañía Minera de Naica, S. A., título de aportación social, el derecho de explotar dicho fundo.
TERCERO.-La citada escritura de veinticinco de julio de mil ochocientos noventa...
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