Ejecutoria, Tribunales Colegiados de Circuito

Número de resoluciónI.7o.C.80 C
Fecha de publicación01 Septiembre 2006
Fecha01 Septiembre 2006
Número de registro19683
LocalizadorGaceta del Semanario Judicial de la Federación. Tomo XXIV, Septiembre de 2006, 1435
MateriaDerecho Civil

AMPARO DIRECTO 407/2006.


CONSIDERANDO:


QUINTO. Que los conceptos de violación resultan por un lado infundados e ineficaces y, por el otro, fundados y suficientes para conceder el amparo al quejoso.


Para arribar a la anterior conclusión, es menester considerar que la materia de este juicio constitucional se ciñe a resolver tres aspectos, a saber:


-Si la causa de divorcio prevista en la fracción XVII del artículo 267 del Código Civil para el Distrito Federal, relativa a la violencia familiar, quedó debidamente acreditada, ya que el quejoso estima que la actora no la justificó y los estudios psicológicos rendidos por la Subdirección de Evaluación Psicológica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal no constituyen prueba suficiente para demostrarla.


-Si es procedente la condena al pago de alimentos que decretó la autoridad responsable en contra del quejoso, porque la tercera perjudicada trabajó durante el matrimonio y además, no se acreditaron las necesidades de los menores hijos de las partes.


-Si es procedente la condena que impuso la responsable al inconforme de indemnizar a la tercera perjudicada con el cincuenta por ciento de los bienes que aquél adquirió durante el matrimonio, pues a juicio del peticionario de garantías, tal condena carece de motivación.


Antes de abordar los problemas de fondo planteados, es conveniente señalar que todos los argumentos que vierte el inconforme en su único concepto de violación, al que denomina "uno", encaminados a combatir la actuación del J. natural, ya sea porque a juicio de aquél dictó una sentencia injusta, ya porque se basó en simples deducciones, resultan ineficaces para combatir la resolución reclamada, pues éstos se dirigen a controvertir la actuación que tuvo el a quo al emitir el fallo primario, el cual fue sustituido procesalmente por la determinación de segundo grado que constituye el acto reclamado, por lo que son los razonamientos de esta última los que debieron impugnarse en los conceptos de violación respectivos.


Es aplicable al caso la tesis XX.19 K, sustentada por el entonces Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, de rubro: "CONCEPTOS DE VIOLACIÓN INOPERANTES. SI LOS MOTIVOS DE INCONFORMIDAD GIRAN EN TORNO AL JUEZ A QUO, SON." (visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo II, agosto de 1995, página 484).


Por otra parte, entrando al fondo de la litis constitucional, resulta que por razón de lógica jurídica, este tribunal abordará los problemas planteados en el orden expuesto en párrafos que anteceden.


Así, es infundado que no se haya actualizado la causal de divorcio prevista en la fracción XVII del artículo 267 del Código Civil, pues si bien es cierto que la parte actora con las pruebas que de manera directa ofreció no logró acreditar plenamente los hechos violentos que narró en su demanda, en especial el contenido en el hecho seis de la misma, también lo es que tales medios de convicción arrojaron indicios que robustecidos con las pruebas cuyo desahogo ordenó el J. natural para mejor proveer, con base en las atribuciones que le otorgan los artículos 271 y 282, fracción VII, del Código Civil y 278, 279 y 941 del Código de Procedimientos Civiles, ambos para el Distrito Federal, sí demuestran la violencia familiar que la hoy tercera perjudicada invocó como causa de divorcio.


En efecto, para acreditar las causales de divorcio que invocó, la actora ofreció la prueba testimonial que sólo se le admitió por lo que hace a ... así como la evaluación que en materia de psiquiatría se practicara al demandado, los estudios psicológicos que deberían efectuarse tanto al demandado como a sus menores hijos y el interrogatorio que el J. natural hiciera a los citados menores.


Por auto de veintisiete de abril de dos mil cinco, no se admitieron las evaluaciones e interrogatorios que propuso la accionante; sin embargo, para mejor proveer, el a quo ordenó que se practicaran estudios sólo en psicología, tanto a las partes como a los menores hijos de éstas, para lo cual, solicitó el apoyo de la Subdirección de Evaluación Psicológica del Centro de Convivencia Familiar Supervisada del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.


Asimismo, con base en los artículos 3 de la Convención de los Derechos de los Niños y 282, fracciones V y VI, del Código Civil, ordenó la comparecencia de los menores hijos de las partes, a fin de que él pudiera escucharlos.


La comparecencia de los menores se llevó a cabo mediante diligencia de treinta de mayo de dos mil cinco, de la que se desprende lo siguiente:


"... los menores mencionaron, ella llamarse ... tener ... años de edad, estar cursando el ... año de secundaria en el colegio ... en tanto que el menor dice llamarse ... estar cursando el ... año de enseñanza primaria y refiriendo ambos menores que antes los llevaba su papá a la escuela hasta hace aproximadamente dos meses, o sea a partir de abril de este año que ya los lleva su mamá; que ambos menores viven al lado de sus padres; que su papá trabaja en dependencias del gobierno ya que es doctor y también lo hace en forma particular, en ocasiones, narrando que su papá es un excelente médico; que su mamá es diseñadora de interiores que trabaja en una empresa de bienes raíces y que ya cuando están construidos los edificios es cuando comienza a trabajar, pero que hasta el momento no lo ha hecho; que antes de que llevara la demanda sus papás se peleaban mucho, casi a diario y lo hacían de palabra y en algunas ocasiones su papá le pegaba a la mamá de ellos, pero desde hace tres meses, ya no se pelean tanto; que su papá es muy enojón y se enoja por cualquier cosa y cuando se enoja también a ellos les pegaba y que esto sucedía normalmente cuando le pedían dinero para los trabajos de la escuela y que incluso a veces también les pegaba a ellos y que esto lo hacía con la mano o con el cinturón; que su papá tiene una hermana que cuida a su abuelito y que a ella sí le dice que qué necesita de dinero, y en cambio a ellos no les hace esas preguntas; y cuando le pedía dinero a su papá éste se enojaba, primero con la mamá de ellos y luego se enojaba con ellos; que los problemas son porque su mamá le pide dinero y que su papá les decía que no lo tenía, no obstante, que le acababan de pagar; que en varias ocasiones le pegó su papá a la mamá de ellos en su presencia; que su papá acaba de comprar una nueva casa y que por eso ya casi no les da dinero para sus cosas de la escuela; que consideran injusto que su papá no hace nada cuando van a casa de familiares de él y esos familiares les dicen o les hacen cosas y que su papá no dice nada; que en caso de que sus papás se separen a ellos les gustaría quedarse con su mamá, pero que sí les gustaría convivir con su papá, ya que lo quieren mucho, pero que sólo quieren convivir con él y no con la familia de su papá; que su papá se enoja mucho porque la mamá de los menores se va a tomar el café con sus amigas y que por esa razón en varias ocasiones la ha corrido y también a ellos porque se quieren ir con su mamá, y que cuando ellos le reclaman a su papá, éste se hace el desentendido ..."


Los estudios psicológicos ordenados en autos, fueron elaborados por la licenciada ... y de ellos, cabe destacar las conclusiones a las que arribó la experta:


"Conclusiones. Con base en los resultados de las pruebas aplicadas al señor ... se concluye que: 1. Tiene un rendimiento intelectual que se ubica en el promedio esperado para su grupo de edad. 2. Es una persona con características de rigidez y perfeccionismo que intenta mantener a los demás bajo su control, por esto suele ser demasiado autoritario y se le dificulta tomar en cuenta los sentimientos de los demás. 3. Tiende a ser irritable y agresivo, expresa su hostilidad en forma de agresiones físicas y verbales -tales como aventones, golpes, gritos, insultos, reproches-, así como devaluando a los demás, aunque suele minimizar su agresividad y piensa que los demás provocan su comportamiento hostil. 4. En su núcleo familiar está ausente emocionalmente y muestra hostilidad hacia los demás integrantes. Con respecto a sus hijos, es muy estricto en la forma de educarlos y no suele ser paciente, comprensivo y afectuoso con ellos. Conclusiones. Con base en los resultados de las pruebas aplicadas a la señora ... se concluyó que: 1. Tiene un rendimiento intelectual que se ubica por arriba del promedio esperado para su grupo de edad. 2. Es una persona dependiente que suele buscar protección de los demás para enfrentarse a la vida, ya que se percibe como una persona débil y con muchos temores. 3. Tiende a exagerar sus problemas y se queja demasiado, por esto se siente tensa y se deprime cuando las cosas no resultan como ella espera, pero se le dificulta cambiar su situación. 4. A pesar de sus rasgos de dependencia, desea dirigir y controlar su propia vida, pero le causa temor pensar que tendrá muchas dificultades y que fracasará. 5. Sin embargo, sus temores, la vivencia de estar sometida ante la autoridad, su dependencia, su hostilidad y su pobre autonomía, pueden estar relacionadas con la experiencia de haber vivido una relación conflictiva con su cónyuge, e incluso, pudo haber recibido maltrato de él. 6. Concibe su núcleo familiar integrado por sus dos hijos y ella, no incluye a su esposo. Dice que quiere a los dos menores y que desea ser importante para ellos. Sin embargo, se percibe lejana emocionalmente de sus hijos y tal vez existe falta de comunicación en la relación con ellos. Conclusiones. Con base en los resultados de las pruebas aplicadas a ... se concluye que: 1. En el área perceptual existen indicadores de inmadurez neurológica. 2. El rendimiento intelectual de ... se ubica por arriba del promedio esperado para su edad cronológica. 3. ... tiene una pobre autoestima, sentimientos de culpa y tristeza, conflicto con las figuras de autoridad, oposicionismo, una percepción negativa de sus padres y no se siente querida ni valorada por su familia. Estas características pueden indicar la...

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