Ejecutoria, Tribunales Colegiados de Circuito

Número de resoluciónVI.2o. J/148
Fecha de publicación01 Octubre 1998
Fecha01 Octubre 1998
Número de registro5205
LocalizadorGaceta del Semanario Judicial de la Federación. Tomo VIII, Octubre de 1998, 1069
MateriaDerecho Penal

AMPARO EN REVISIÓN 351/98. MARIO OJEDA GALETO.


CONSIDERANDO:


TERCERO. Son infundados los agravios antes transcritos.


En contra de lo afirmado por el quejoso, debe decirse que el auto de formal prisión de veintiséis de julio de mil novecientos noventa y siete, dictado en su contra por el Juez Octavo de Defensa Social de esta capital, como probable responsable del delito de robo calificado previsto y sancionado por los artículos 373, 374 fracción III y 380 fracciones III, IV, V, y XI en relación al 13 y 21 del Código de Defensa Social para el Estado de Puebla, cometido en agravio de E.L. y L., satisface los requisitos exigidos por el artículo 19 constitucional, ya que existe denuncia de G.G.J., quien esencialmente manifestó que el veinticuatro de febrero de mil novecientos noventa y siete, aproximadamente a las nueve horas con diez minutos, salió de su domicilio ubicado en la calle G. número treinta de la colonia A. de Guadalupe, regresando a las dieciséis horas con treinta minutos del mismo día, y al tratar de abrir la puerta principal de la casa vio que el vidrio de la ventana de la cocina estaba roto y la ventana abierta, y al abrir la puerta se dio cuenta que había una maceta tirada y todo revuelto, al subir a la recámara se percató de que faltaba una maleta tipo samsonite que se encontraba dentro del cloóet, la cual contenía diversas joyas como relojes de oro marca Longines, M., C., P.R. y de otras marcas, así como anillos de oro con piedras preciosas como brillantes y diamantes con diferentes formas, cadenas y dijes de oro, aretes con incrustaciones de esmeraldas y rubíes y otras joyas más, calculando el monto de lo robado en cuatrocientos mil pesos, agregando que encontró el zaguán abierto del terreno de junto a su casa el cual también es de su propiedad, y toda vez que en éste guarda materiales para construcción observó que estaban apilados bultos de cemento y del lado de la casa se encuentra una escalera de piso, por lo que piensa que por ahí brincaron para cometer el robo. Posteriormente se presentó ante dicho representante social el agraviado E.L. y L., quien después de hacer suya la denuncia presentada por G.G.J., enunció la relación completa de los objetos que sustrajeron de su domicilio: Un reloj M. con extensible metálico para caballero, dos relojes marca E. con extensión metálica para caballero, reloj C. dorado con extensible metálico, reloj C. combinado dorado y blanco, tres relojes marca M., carátula negra, tres relojes M. carátula plateada, dos relojes Longines con correa de piel con caja de oro, reloj Longines todo de oro, extensible y caja, tres relojes G. con extensible metálico, dos relojes P.P. con correa de piel, un reloj P.R. extensible de piel con carátula negra, dos relojes B. de oro con correa de piel, dos relojes H. con extensión metálica, reloj H. con correa de piel, reloj Omega de oro con defecto en el extensible el cual tiene una herradura adentro de la carátula, reloj B. y M. con correa de piel, un reloj G. todo de oro para dama, anillo en forma de trébol con diamantes, anillo de oro con letra E, anillo de oro con letra doble A, anillo de oro con nueve brillantes, un anillo de oro semanario mitad amarillo, todo cubierto de brillantes, un anillo de oro en forma de estrella cubierto de brillantes, dos anillos de oro con figura de búho y rubíes, un anillo en forma de herradura forrada de brillantes y esmeralda grande al centro, un anillo de oro con brillantes y esmeralda chica al centro, una cadena C. diamantada de oro, una esclava tipo caña de oro con torzal, una cadena diamantada tipo cartier de oro, una esclava tipo caña tejida en forma de torzal de oro, una cadena diamantada de oro tipo cartier grande y una cadena tipo torzal de oro grande, una cadena tipo torzal con un rostro grande y toda la corona cubierta de brillantes, una rosa de colgar de tres oros, una cadena de oro tipo cartier con dos cruces unidas, un rifle Winchester calibre veintidós, pavonado en color negro con culata de madera y tiene grabada la cabeza de un apache en su costado, un par de aretes de oro con esmeraldas, un triángulo de oro grande con brillantes alrededor, un par de aretes de oro blanco, dos cruces de oro con cadena con tres cruces encimadas, una esclava para caballero de oro en forma de rombos, una cadena de oro tipo rolex grande, un dije en forma de árbol de oro mediana, tres medallas del Sagrado Corazón de Jesús medianas, dos imágenes de la V. de Guadalupe en oro, tres cruces chicas, un dije de oro con una figura en forma de trébol y un jorobadito, una cadena grande de oro con tejido tipo torzal, un crucifijo grande encima de dos cruces, dos juegos de mancuernillas, uno de metal blanco y oro, tres pisacorbatas de las cuales una está diamantada, otra diamantada con piedras al centro y una más lisa de oro, un anillo de oro con dos piedras y rubíes a las orillas y un brillante al centro, un anillo chico de oro con la cara de un gatito, diez anillos de mujer con diferentes piedras preciosas, una manita de oro con una piedra de ópalo, diez relojes de diferentes marcas y diferentes características, una cámara de video grande, negra, marca General Electric y otros objetos más que al declarar no recuerda con exactitud, encontrándose todas las joyas descritas en una maleta tipo samsonite con tela gruesa color azul marino oxford.


Esta denuncia se encuentra apoyada con los datos siguientes: 1. Declaración ministerial de J.L. y P., ambos de apellidos L.L., quienes coincidieron en señalar que los objetos materiales del ilícito en cuestión, mismos que fueron detallados en la declaración del agraviado, pertenecen a E.L. y L., los cuales son producto de su trabajo. 2. Diligencia de inspección ocular, realizada por el representante social en el domicilio ubicado en calle G. número treinta, colonia A. de Guadalupe, quien dio fe de tener a la vista un inmueble que mide aproximadamente doce metros...

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