Sentencia dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Acción de Inconstitucionalidad 96/2020, así como los Votos Concurrentes de los señores Ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo y Presidente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

Fecha de publicación22 Julio 2021
SecciónUNICA. Poder Judicial
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION
SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Acción de Inconstitucionalidad 96/2020, así como los Votos Concurrentes de los señores Ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo y Presidente Arturo Zaldívar Lelo de L
SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Acción de Inconstitucionalidad 96/2020, así como los Votos Concurrentes de los señores Ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo y Presidente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Secretaría General de Acuerdos.
ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 96/2020.
PROMOVENTE: COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS.
PONENTE:
MINISTRO ALBERTO PÉREZ DAYÁN.
SECRETARIO:
HÉCTOR HIDALGO VICTORIA PÉREZ.
Vo. Bo.
Ciudad de México. Acuerdo del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al día ocho de octubre de dos mil veinte.
VISTOS, para resolver el expediente relativo a la acción de inconstitucionalidad identificada al rubro; y
RESULTANDO:
PRIMERO. Normas impugnadas, autoridades emisoras y promulgadoras. Por escrito presentado el veintinueve de enero de dos mil veinte ante la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de esta Suprema Corte de Justicia la Nación, María del Rosario Piedra Ibarra, en su carácter de Presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, promovió acción de inconstitucionalidad en la que solicitó la invalidez de las siguientes normas:
1. Artículo 17, fracciones I, II y III, 31 y segundo transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de Angangueo, Michoacán, para el Ejercicio Fiscal del Año 2020.
2. Artículo 17, fracciones I, III y III, 31 y segundo transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de Cherán, Michoacán, para el Ejercicio Fiscal del Año 2020.
3. Artículo 17, fracciones I, II y III, 31 y segundo transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de Chinicuila, Michoacán, para el Ejercicio Fiscal del Año 2020.
4. Artículo 17, fracciones I, II y III, 31 y segundo transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de Churintzio, Michoacán, para el Ejercicio Fiscal del Año 2020.
5. Artículo 17, fracciones I, II, III, 31 y segundo transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de Churumuco, Michoacán, para el Ejercicio Fiscal del Año 2020.
6. Artículo 17, fracciones I, II y III, 31 y segundo transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de Coalcomán, Michoacán, para el Ejercicio Fiscal del Año 2020.
7. Artículo 18, fracciones I, II y III, 32 y segundo transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de Cuitzeo, Michoacán, para el Ejercicio Fiscal del Año 2020.
8. Artículo 17, fracciones I, II y III, 50 y segundo transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de Indaparapeo, Michoacán, para el Ejercicio Fiscal del Año 2020.
9. Artículo 17, fracciones I, II y III, 31 y segundo transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de Gabriel Zamora, Michoacán, para el Ejercicio Fiscal del Año 2020.
10. Artículo 17, fracciones I, II y III, 31 y segundo transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de Huiramba, Michoacán, para el Ejercicio Fiscal del Año 2020.
11. Artículo 16, fracciones I, II, y III, 25 y segundo transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de Juárez, Michoacán, para el Ejercicio Fiscal del Año 2020.
12. Artículo 17, fracciones I, II y III, 31 y segundo transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de Ocampo, Michoacán, para el Ejercicio Fiscal del Año 2020.
13. Artículo 17, fracciones I, II y III, 31 y segundo transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de Paracho, Michoacán, para el Ejercicio Fiscal del Año 2020.
14. Artículo 17, fracciones I, II y II, 30 y segundo transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de Pátzcuaro, Michoacán, para el Ejercicio Fiscal del Año 2020.
15. Artículo 18, fracciones I, II y III, 32 y segundo transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de Peribán, Michoacán, para el Ejercicio Fiscal del Año 2020.
16. Artículo 16, fracciones I, II y III, 29 y segundo transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de Purépero, Michoacán, para el Ejercicio Fiscal del Año 2020.
17. Artículo 17, fracciones I, II y III, 30 y segundo transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de Queréndaro, Michoacán, para el Ejercicio Fiscal del Año 2020.
18. Artículo 17, fracciones I, II y III, 31 y segundo transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de Salvador Escalante, Michoacán, para el Ejercicio Fiscal del Año 2020.
19. Artículo 17, fracciones I, II y III, 31 y segundo transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de Santa Ana Maya, Michoacán, para el Ejercicio Fiscal del Año 2020.
20. Artículo 17, fracciones I, II y III, 29 y segundo transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de San Lucas, Michoacán, para el Ejercicio Fiscal del Año 2020.
21. Artículo 17, fracciones I, II y III, 30 y segundo transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de Tancítaro, Michoacán, para el Ejercicio Fiscal del Año 2020.
22. Artículo 18, fracciones I, II y III, 33 y segundo transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de Tangancícuaro, Michoacán, para el Ejercicio Fiscal del Año 2020.
23. Artículo 17, fracciones I, II y III, 30 y segundo transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de Taretan, Michoacán, para el Ejercicio Fiscal del Año 2020.
24. Artículo 18, fracciones I, II y III, 33 y segundo transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de Tarímbaro, Michoacán, para el Ejercicio Fiscal del Año 2020.
25. Artículo 17, fracciones I, II y III, 32 y segundo transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de Tingambato, Michoacán, para el Ejercicio Fiscal del Año 2020.
26. Artículo 17, fracciones I, II y III, 33 y segundo transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de Tingüindín, Michoacán, para el Ejercicio Fiscal del Año 2020.
27. Artículo 17, fracciones I, II y III, 30 y segundo transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de Tlazazalca, Michoacán, para el Ejercicio Fiscal del Año 2020.
28. Artículo 16, fracciones I, II y III, 28 y segundo transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de Tuxpan, Michoacán, para el Ejercicio Fiscal del Año 2020.
29. Artículo 17, fracciones I, II y III, 33 y segundo transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de Venustiano Carranza, Michoacán, para el Ejercicio Fiscal del Año 2020.
30. Artículo 17, fracciones I, II y III, 34 y segundo transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de Vista Hermosa, Michoacán, para el Ejercicio Fiscal del Año 2020.
Todas las anteriores normas fueron publicadas en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Michoacán el treinta de diciembre de dos mil diecinueve, respectivamente; asimismo, señaló como autoridades emisora y promulgadora de las mencionadas normas, respectivamente, al Congreso y el Gobernador, ambos del Estado de Michoacán.
SEGUNDO. Preceptos constitucionales y convencionales que se estiman violados y conceptos de invalidez. El promovente estima violados los artículos 1, 6, 14, 16 y 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 9 y 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y 2, 15 y 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, por lo que expresó los argumentos de invalidez que se sintetizan a continuación:
I. Disposiciones que prevén el pago del derecho de alumbrado público.
A juicio de la accionante, determinados preceptos establecen una contribución por la prestación del servicio de alumbrado público, cuyo objeto o hecho imponible lo constituye el consumo de energía eléctrica. Asimismo, advierte que la base imponible establece como magnitud o valor denotativo de la capacidad contributiva el consumo de energía eléctrica, por lo que en el caso la base gravable se encuentra relacionada con un hecho imponible que responde a una actividad ajena a la actividad municipal, esto es, el consumo de energía eléctrica.
Por otra parte, estima que con independencia de la denominación otorgada por el legislador...

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