Sentencia dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Controversia Constitucional 209/2021, así como el Voto Concurrente de la señora Ministra Norma Lucía Piña Hernández.

Fecha de publicación07 Abril 2023
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION
SecciónUNICA. Poder Judicial
SENTENCIA dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Controversia Constitucional 209/2021, así como el Voto Concurrente de la señora Ministra Norma Lucía Piña Hernández
SENTENCIA dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Controversia Constitucional 209/2021, así como el Voto Concurrente de la señora Ministra Norma Lucía Piña Hernández. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Subsecretaría General de Acuerdos.- Sección de Trámite de Controversias Constitucionales y de Acciones de Inconstitucionalidad.
CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 209/2021
ACTOR: INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
PONENTE: JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ
SECRETARIOS: DANIELA CARRASCO BERGE
OMAR CRUZ CAMACHO
COLABORADORES: ANTONIO FLORES ARELLANO BERNAL
DIEGO RUIZ DERRANT
Ciudad de México. Acuerdo de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la sesión correspondiente al día primero de junio de dos mil veintidós, mediante el cual se emite la siguiente:
SENTENCIA
Por la que se resuelve la controversia constitucional 209/2021 promovida por el Instituto Nacional Electoral, en contra de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión y el Poder Ejecutivo Federal, demandando la invalidez de diversos artículos y anexos del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2022, publicado el veintinueve de noviembre de dos mil veintiuno en el Diario Oficial de la Federación.
I. ANTECEDENTES
1. Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del Instituto Nacional Electoral.(1) El Instituto Nacional Electoral (en adelante, el "INE") remitió al Poder Ejecutivo Federal un Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2022, para ser incluido en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, por un monto de dieciocho mil ochocientos veintisiete millones setecientos cuarenta y dos mil doscientos sesenta y ocho pesos ($18,827,742,268.00), con la siguiente distribución:(2)
Concepto
Monto
Presupuesto Base
11,225,455,783
Cartera Institucional de Proyectos
1,858,712,686
Organizar Procesos Electorales Locales
885,902,408
Organizar Proceso Electoral Federal
7,278,929
Fortalecer la Cultura Democrática, la Igualdad de Género y la Inclusión
98,029,228
Fortalecer la Gestión y Evaluación Administrativa y Cultura de Servicio Público
472,365,662
Fortalecer los Mecanismos de Actualización de los Procesos Registrales
240,646,118
Fortalecer el Acceso a la Información y Protección de Datos Personales
37,424,463
Fortalecer la Equidad y Legalidad en el Sistema de Partidos Políticos
106,252,682
Coordinar el Sistema Nacional Electoral
10,813,196
Subtotal
13,084,168,469
Revocación de Mandato
3,830,448,091
Consulta Popular
1,913,125,708
Subtotal
5,743,573,799
Total
18,827,742,268
2. Asimismo, dentro de las Bases Generales del Anteproyecto de Presupuesto 2022, el INE consideró la estructura ocupacional y percepciones de sus trabajadores, en los siguientes términos:






3. Por otro lado, el Consejo General del INE, solicitó cinco mil ochocientos veintiún millones ochocientos cincuenta y un mil setecientos cuatro pesos ($5,821,851,704.00) que serían entregados a los partidos políticos nacionales para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes, actividades específicas y franquicias postales y telegráficas.(3)
4. Esto es, en total, el presupuesto del INE para el ejercicio fiscal 2022 ascendía a veinticuatro mil seiscientos cuarenta y nueve millones quinientos noventa y tres mil novecientos setenta y dos pesos ($24,649,593,972.00).
Concepto
Monto
Presupuesto de Egresos del INE
$18,827,742,268.00
Financiamiento público de los partidos políticos nacionales
$5,821,851,704.00
Total
$24,649,593,972.00
5. Presentación del Proyecto de Presupuesto de Egresos por parte del Poder Ejecutivo Federal. El ocho de septiembre de dos mil veintiuno, el Poder Ejecutivo Federal remitió a la Cámara de Diputados la Iniciativa con proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2022,(4) el cual, en el Anexo 1, relativo al gasto total neto correspondiente al ramo 22 del Instituto Nacional Electoral, preveía la cantidad de veinticuatro mil seiscientos cuarenta y nueve millones quinientos noventa y tres mil novecientos setenta y dos pesos ($24,649,593,972.00).
6. Asimismo, en el proyecto, se propusieron las remuneraciones autorizadas a los servidores públicos de la Federación conforme a lo previsto en el Anexo 23, tomando en cuenta el artículo 127 de la Constitución Federal y la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos. Específicamente, en el Anexo 23.8. Ramo 22: Instituto Nacional Electoral, se establecieron los límites
de la percepción ordinaria total en el INE, en los siguientes términos:(5)









7. Dictamen de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados. El diez de noviembre de dos mil veintiuno, la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados emitió el Dictamen con proyecto de Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2022,(6) en el Anexo 32, relativo a las adecuaciones aprobadas por la Cámara se precisó que el INE tendría una reducción de cuatro mil novecientos trece millones de pesos ($4,913,000,000.00).(7) En consecuencia, en el Anexo 1 del mismo presupuesto, relativo al gasto total neto correspondiente al ramo 22 del Instituto Nacional Electoral se dictaminó adecuada la cantidad de diecinueve mil setecientos treinta y seis millones, quinientos noventa y tres mil novecientos setenta y dos pesos ($19,736,593,972.00), reflejando la reducción correspondiente.
8. Por otra parte, tratándose de las remuneraciones de los servidores públicos, el Dictamen hizo las siguientes consideraciones relevantes:(8)
"III. PROCESO DE ANÁLISIS
[...]
e. REMUNERACIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS
[...]
Cabe señalar que para la determinación de la Remuneración Anual Máxima aplicable para el ejercicio fiscal de 2022 conforme a lo previsto en el artículo 12, inciso b), de [la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos], se tomó como base la aprobada para el PEF 2021.
De lo anterior, y con fundamento en el artículo 13, inciso i), de la mencionada Ley, esta Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública considera correcta la remuneración que se propone para el Presidente de la República, así como para los demás servidores públicos de la Federación, ya que se observa que son adecuadas para el desempeño de sus funciones, empleos, cargos o comisiones, y proporcionales a sus responsabilidades, por lo que se cumplen con los criterios establecidos en la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos.
Asimismo, el [Centro de Estudios de las Finanzas Públicas] señala que la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE), el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) presentan niveles salariales por encima a los del Presidente de la República, por lo que sólo cuatro órganos autónomos cumplen cabalmente con dicho ordenamiento.
[...]
IV. ANALISIS ESPECÍFICO Y VALORACIÓN DE LOS ARGUMENTOS DEL PROYECTO
[...]
ÓRGANOS AUTÓNOMOS
Esta Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública observa que las previsiones propuestas por los entes que integran los Ramos Autónomos presentan una disminución de 0.5% en términos reales con respecto al presupuesto aprobado para 2021.
[...]
Instituto Nacional Electoral
Buscará consolidar sus avances para garantizar el ejercicio de los derechos político-electorales de la ciudadanía conforme a su Plan Estratégico 2016-2026.
[...]
V. CAMBIOS A LA PROPUESTA DEL EJECUTIVO FEDERAL
Respecto a la propuesta del Ejecutivo Federal y tomando en cuenta las opiniones de las comisiones ordinarias, así como las conclusiones de las mesas de diálogo bajo el esquema de parlamento abierto, se determina lo siguiente:
[...]
o. Finalmente, por lo que se refiere al Decreto de PEF 2022, se incorpora una disposición que establece la obligación para los ejecutores de gasto, de realizar las...

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