Sentencia dictada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Acción de Inconstitucionalidad 47/2019 y su Acumulada 49/2019, así como los Votos Concurrentes formulados por los señores Ministros Javier Laynez Potisek y Luis María Aguilar Morales.

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EmisorSuprema Corte de Justicia de la Nación

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Secretaría General de Acuerdos.

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 47/2019 Y SU ACUMULADA 49/2019

PROMOVENTES: PODER EJECUTIVO FEDERAL Y COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

MINISTRA PONENTE: YASMÍN ESQUIVEL MOSSA

SECRETARIOS: DAVID BOONE DE LA GARZA

RODRIGO ARTURO CUEVAS Y MEDINA

Vo. Bo.

MINISTRA

Ciudad de México. Acuerdo del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al veinticuatro de octubre de dos mil diecinueve.

Cotejó

VISTOS; Y RESULTANDO:

PRIMERO. Demandas iniciales y normas impugnadas. Por oficio presentado el veintinueve de abril de dos mil diecinueve en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Julio Scherer Ibarra, en su carácter de Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal, en representación del Poder Ejecutivo Federal, promovió acción de inconstitucionalidad en la que solicitó la invalidez de la norma general siguiente:

"Artículo 78 de la Ley de Ingresos del Municipio de Atlatlahucan, Morelos, publicada en el Periódico Oficial de la entidad el 29 de marzo de 2019, que a la letra dispone: "Los bienes que se encuentren retenidos y asegurados en el juzgado cívico por infracción o falta al bando de policía y gobierno del Municipio de Atlatlahucan y otras disposiciones legales, y cuyo propietario no acuda a cubrir la multa correspondiente en un término de treinta días contados a partir de que los mismos sean puestos a disposición de dicha autoridad, serán destinados a acciones a favor de la comunidad."

Por otra parte, mediante oficio presentado el veintinueve de abril de dos mil diecinueve en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de este Alto Tribunal, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, por conducto de su Presidente Luis Raúl González Pérez, promovió acción de inconstitucionalidad en la que solicitó la invalidez de las disposiciones siguientes:

  1. Artículos relacionados con impuestos adicionales:

  2. 8 de la Ley de Ingresos del Municipio de Amacuzac, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  3. 8 de la Ley de Ingresos del Municipio de Atlatlahucan, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  4. 8 de la Ley de Ingresos del Municipio de Axochiapan, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  5. 6 de la Ley de Ingresos del Municipio de Cuautla, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  6. 8 de la Ley de Ingresos del Municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  7. 9 de la Ley de Ingresos del Municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  8. 8 de la Ley de Ingresos del Municipio de Huitzilac, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  9. 22 de la Ley de Ingresos del Municipio de Jiutepec, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  10. 8 de la Ley de Ingresos del Municipio de Jojutla, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  11. 5, numeral 1.8.1, de la Ley de Ingresos del Municipio de Miacatlán, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  12. 20 de la Ley de Ingresos del Municipio de Ocuituco, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  13. 16 de la Ley de Ingresos del Municipio de Puente de Ixtla, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  14. 20 de la Ley de Ingresos del Municipio de Temixco, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  15. 8 de la Ley de Ingresos del Municipio de Temoac, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  16. 8 de la Ley de Ingresos del Municipio de Tetecala, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  17. 9 de la Ley de Ingresos del Municipio de Tlaquiltenango, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  18. 14 de la Ley de Ingresos del Municipio de Tlayacapan, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  19. 15 de la Ley de Ingresos del Municipio de Yautepec de Zaragoza, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  20. 14 de la Ley de Ingresos del Municipio de Yecapixtla, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  21. 8 de la Ley de Ingresos del Municipio de Zacatepec, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  22. Artículos relacionados con cobros excesivos y desproporcionados por acceso a la información pública:

  23. 27, numeral 4.3.17.02.01.03.00, de la Ley de Ingresos del Municipio de Amacuzac, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  24. 11, numerales 4.3.2.5.1.1, 4.3.2.5.1.2 y 4.3.2.5.1.3; 13, numeral 4.3.4.1.1, de la Ley de Ingresos del Municipio de Atlatlahucan, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  25. 22, numerales 4.3.12.1, 4.3.12.2.1.1, 4.3.12.2.1.2 y 4.3.12.2.1.3, de la Ley de Ingresos del Municipio de Axochiapan, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  26. 13, numeral 4.3.4.2.1.3, de la Ley de Ingresos del Municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  27. 19, numerales 4.3.9.4.2.2 y 4.3.9.4.2.3, de la Ley de Ingresos del Municipio de Huitzilac, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  28. 36, numerales 4.3.04.002.01.01, 4.3.04.002.01.02, 4.3.04.002.02.01, 4.3.04.002.02.02 y 4.3.04.002.02.03, de la Ley de Ingresos del Municipio de Jiutepec, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  29. 13, fracción II, inciso A), numerales 1, 2 y 3, de la Ley de Ingresos del Municipio de Miacatlán, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  30. 26, fracción II, incisos A), B), C) y D), de la Ley de Ingresos del Municipio de Ocuituco, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  31. 46, fracciones II, inciso A), numeral 2, y III de la Ley de Ingresos del Municipio de Temixco, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  32. 22, numerales 4.3.12.1, 4.3.12.2.1.1, 4.3.12.2.1.2, 4.3.12.2.1.3 y 4.3.12.2.3, de la Ley de Ingresos del Municipio de Temoac, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  33. 20, numerales 4.4.3.4.1.1.1, 4.4.3.4.1.1.2, 4.4.3.4.1.1.3 y 4.4.3.4.1.1.7, de la Ley de Ingresos del Municipio de Yautepec de Zaragoza, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  34. 37, numeral 4.1.4.3.14.2, de la Ley de Ingresos del Municipio de Yecapixtla, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  35. 11, numeral 4.3.2.5.1.2, de la Ley de Ingresos del Municipio de Zacatepec, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  36. Artículos relacionados con multas fijas:

    - 31, 6.1.01.04, apartado D, de la Ley de Ingresos del Municipio de Amacuzac, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

    - 41, apartado 6.1.1.6; 42, numeral 6.1.2.1.3; 43, apartado 6.1.3.14; y 46, numeral 6.1.6.13.2, de la Ley de Ingresos del Municipio de Atlatlahucan, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

    - 33 de la Ley de Ingresos del Municipio de Cuautla, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

    - 57, apartado 6.1.1.5; 58, numeral 6.1.2.1.3, apartados 6.1.2.6 y 6.1.2.7; 59, apartado 6.1.2.14; 60, apartados 6.1.4.1 (excepto el numeral 6.1.4.1.8), 6.1.4.2, 6.1.4.3 -numerales 6.1.4.3.3 y 6.1.4.3.5-, 6.1.4.4, 6.1.4.5, 6.1.4.6, 6.1.4.7, 6.1.4.8 (excepto el numeral 6.1.4.8.37), 6.1.4.9, 6.1.4.10, 6.1.4.11, 6.1.4.12, 6.1.4.13, 6.1.4.14, 6.1.4.15, 6.1.4.16 y 6.1.4.17; 61 (excepto los numerales: 6.1.5.3.1 al 6.1.5.4.4; 6.1.5.4.9; 6.1.5.6.2 y 6.1.5.6.3; 6.1.5.9.8; del 6.1.5.9.11 al 6.1.5.9.14; 6.1.5.12.4 y 6.1.5.12.5; 6.1.5.13.1 y 6.1.5.13.2; 6.1.5.15.1; del 6.1.5.16.1 al 6.1.5.16.4; 6.1.5.17.2; 6.1.5.17.4; del 6.1.5.18.1 al 6.1.5.18.5; 6.1.5.19.8, 6.1.5.19.9, 6.1.5.19.13, 6.1.5.19.14 y 6.1.5.19.16; 6.1.5.20.2, 6.1.5.20.4, 6.1.5.20.5 y 6.1.5.20.7; 6.1.5.22.11; 6.1.5.23.9 y 6.1.5.23.10; del 6.1.5.24.5 al 6.1.5.24.7; 6.1.5.26.1, 6.1.5.26.9, 6.1.5.26.12, 6.1.5.26.13, 6.1.5.26.15 y del 6.1.5.26.21 al 6.1.5.26.49); 62, numeral 6.1.6.1.1; 64, numerales 6.1.8.1.1, 6.1.8.1.2.1, 6.1.8.1.2.2, 6.1.8.2.1.1, 6.1.8.2.1.2, apartado 6.1.8.4 (SIC), excepto el numeral 6.1.8.5.1, 65; y 66, numeral 6.1.10.5, de la Ley de Ingresos del Municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

    - 42, numeral 10), inciso D2); 44; 48 (excepto fracción V, numeral 3), inciso T); y 50, de la Ley de Ingresos del Municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

    - 27, 28, 29 y 30 de la Ley de Ingresos del Municipio de Huitzilac, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

    - 30, 31, 32, 33, 34, 35 y 37 de la Ley de Ingresos del Municipio de Jojutla, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

    - 20, numerales del 4.3.10.1.1.6.1 al 4.3.10.1.1.6.8, así como 4.3.10.1.1.7.1 y 4.3.10.1.1.7.2; y 40, numeral 6.4.7.1.1, de la Ley de Ingresos del Municipio de Temoac, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

    - 31, fracciones I, incisos A), B) y C); IV, incisos A), B), C), F), G) y H); V, inciso A); VI, incisos B), C), D), E), F), G), H); VIII, incisos A), V) y W), de la Ley de Ingresos del Municipio de Tepalcingo, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

    - 30, fracción VIII, incisos V) y W), de la Ley de Ingresos del Municipio de Tlaquiltenango, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  37. Artículos relativos a la indeterminación de conductas sancionables (seguridad jurídica y taxatividad):

  38. 31, numerales 6.1.01.03.02.00.00, en la porción normativa o moral', y 6.1.01.03.03.00.000, de la Ley de Ingresos del Municipio de Amacuzac, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  39. 48, numerales 6.1.8.3.2.2 en la porción normativa moral', 6.1.8.3.2.4 y 6.1.8.3.1.5, de la Ley de Ingresos del Municipio de Atlatlahucan, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  40. 33, numerales 6.4.1.1.2, 6.4.1.1.5 y 6.4.1.1.9, en la porción normativa o verbalmente'; 39, numerales 6.4.6.3.2 y 6.4.6.3.3, de la Ley de Ingresos del Municipio de Axochiapan, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  41. 34, inciso A), numerales 1, en la porción normativa o verbalmente', 7, en la porción normativa Alterar el orden', de la Ley de Ingresos del Municipio de Cuautla, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  42. 64, numerales 6.1.8.3.1.1, 6.1.8.3.2.2, en la porción normativa moral', 6.1.8.3.2.4 y 6.1.8.3.1.5, de la Ley de Ingresos del Municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019.

  43. 42, numeral 12, inciso C) y 43...

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