Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 02-02-2022 (REVISIÓN ADMINISTRATIVA 5/2020)

Sentido del fallo02/02/2022 1. ES INFUNDADO EL RECUSO DE REVISIÓN ADMINISTRATIVA A QUE ESTE TOCA SE REFIERE
Tipo de AsuntoREVISIÓN ADMINISTRATIVA
Número de expediente5/2020
EmisorPRIMERA SALA
Fecha02 Febrero 2022
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1878/2006





RECURSO DE REVISIÓN ADMINISTRATIVA 5/2020





RECURSO DE REVISIÓN ADMINISTRATIVA 5/2020

Promovente: **********



VISTO BUENO

SR. MINISTRO


PONENTE: ministro A.G.O. MENA



Ciudad de México. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión virtual correspondiente al día dos de febrero de dos mil veintidós, emite la siguiente:


S E N T E N C I A


Mediante la cual se resuelve el recurso de revisión administrativa 5/2020 en el que, entre otros, la recurrente controvierte la evaluación de los méritos al desempeño y la lista de vencedoras que accedieron al cargo de juez de distrito en el Primer Concurso Interno de Oposición para la Designación de Juezas de Distrito, misma que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el trece de noviembre de dos mil diecinueve.


El problema jurídico a resolver por esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación consiste en determinar, si los agravios esgrimidos por la recurrente son suficientes para revertir la decisión del Consejo de la Judicatura Federal de no incluirla en la lista de vencedoras que accedieron al cargo de juez de distrito en el Primer Concurso Interno de Oposición para la Designación de Juezas de Distrito.


  1. ANTECEDENTES


  1. De la revisión de las constancias de autos destacan los siguientes antecedentes:


    1. El tres de julio de dos mil diecinueve, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece el Procedimiento y Lineamientos Generales para acceder al cargo de Juezas de Distrito, mediante concursos internos de oposición.


    1. El tres de julio de dos mil diecinueve, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Convocatoria al Primer Concurso Interno de Oposición para la Designación de Juezas de Distrito.


    1. La promovente se inscribió en el citado concurso.


    1. El veintiséis de agosto del año mencionado, se llevó a cabo la primera etapa del concurso, consistente en la aplicación del cuestionario a las participantes.


    1. El veinticinco de septiembre siguiente, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la lista de aspirantes que accedieron a la segunda etapa en el concurso en cuestión, en la cual la promovente aparece con el número treinta y cinco.


    1. El trece de noviembre de dos mil diecinueve, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la lista de vencedoras que accedieron al cargo de Juez de Distrito en el Concurso de mérito; lista en la que no fue incluida la promovente.


    1. Inconforme con la anterior decisión, el veintiuno de noviembre de dos mil diecinueve ********** presentó escrito en el que interpuso la presente revisión administrativa.


  1. INTERPOSICIÓN Y TRÁMITE DEL RECURSO


  1. Mediante escrito presentado el veintiuno de noviembre de dos mil diecinueve ante la Oficina de Correos de México de la Ciudad de Oaxaca de J., Oaxaca y recibido el doce de diciembre del año en cita en la Oficialía de Partes y Certificación del Edificio del Consejo de la Judicatura Federal, **********, secretaria Interina del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Decimotercer Circuito, por propio derecho, interpuso recurso de revisión administrativa contra los actos y autoridades siguientes:


ACTOS RECURRIDOS


a) De manera general se impugna el procedimiento llevado a cabo en el PRIMER CONCURSO INTERNO DE OPOSICIÓN PARA LA DESIGNACIÓN DE JUEZAS DE DISTRITO regido por el ‘Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece el procedimiento y lineamientos generales para acceder al cargo de Juezas de Distrito, mediante concursos internos de oposición’ y la ‘Convocatoria al Primer Concurso Interno de Oposición para la designación de Juezas de Distrito’ publicados en el Diario Oficial de la Federación el tres de julio de dos mil diecinueve.


b) De manera específica se impugna:


1. La ‘Convocatoria al Primer Concurso Interno de Oposición para la designación de Juezas de Distrito’, publicada en el Diario Oficial de la Federación el tres de julio de dos mil diecinueve.


2. Las diversas etapas que integraron el referido concurso y que se encuentran previstas en el ‘Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece el procedimiento y lineamientos generales para acceder al cargo de Juezas de Distrito, mediante concursos internos de oposición’ y la ‘Convocatoria al Primer Concurso Interno de Oposición para la designación de Juezas de Distrito’.


3. La calificación o evaluación del caso práctico realizada por el Comité Técnico del PRIMER CONCURSO INTERNO DE OPOSICIÓN PARA LA DESIGNACIÓN DE JUEZAS DE DISTRITO correspondiente a la primera fase de la segunda etapa del citado Concurso, específicamente, el examen consistente en la solución del caso práctico presentado el catorce de octubre del año en curso, en la sede central del Instituto de la Judicatura Federal, cuya calificación dada a la suscrita por el Comité Técnico, a la fecha desconozco.


4. Acta circunstanciada elaborada por las integrantes del Jurado, así como la boleta de evaluación de cada integrante del Jurado relativa al examen práctico de la suscrita, de las cuales desconozco su contenido.


5. La etapa del examen oral en que fui evaluada por el Jurado con la calificación de 80 y el porcentaje asignado a los factores de evaluación judicial que fue de 6.545662.


6. Acta circunstanciada elaborada por las integrantes del Jurado, así como la boleta de evaluación de cada integrante del Jurado relativa al examen oral de la suscrita, de las cuales desconozco su contenido.


7. El concentrado de calificaciones finales de cada una de las participantes que pasaron a la segunda etapa del concurso aludido, cuyo contenido desconozco a la fecha.


8. El dictamen que elaboró el Comité Técnico, y la correspondiente acta en la que asentaron la calificación final que constituye el promedio de las evaluaciones que cada uno de sus miembros asignó a todas y cada una de las participantes al caso práctico, así como los formatos de evaluación, de las cuales desconozco su contenido.


9. El acta de los factores de evaluación judicial signada por el Jurado.


10. La calificación final del Concurso.


11. La lista de participantes vencedoras aprobada y propuesta por la Comisión de Carrera Judicial en su sesión celebrada el cuatro de noviembre de dos mil diecinueve.


12. La decisión del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, con base en la cual en sesión ordinaria de seis de noviembre siguiente fue aprobada la lista de vencedoras del ‘Concurso’.


13. La lista de vencedoras publicada en el Diario Oficial de la Federación, el trece de noviembre de dos mil diecinueve.


14. El punto 3 del numeral Decimoctavo, de la Convocatoria al primer concurso interno de oposición para la designación de Juezas de Distrito, publicada en el Diario Oficial de la Federación el tres de julio del año en curso, el cual establece, entre otros aspectos, que con el fin de observar los principios constitucionales de profesionalismo y excelencia que rigen la carrera judicial, deberán considerarse la capacitación impartida por el Instituto, y específicamente menciona, en lo que interesa, que la M. sin cédula ni acta de examen aprobatoria, con constancia de estudios concluidos, otorga tres puntos.


15. El numeral vigésimo de la Convocatoria, en el aspecto relacionado con el criterio de desempate denominado ‘jefa de familia’, pues no definió ese concepto, sino hasta sesión celebrada el nueve de julio de dos mil diecinueve; es decir, después de emitida aquélla, la Comisión de Carrera Judicial lo hizo en los términos siguientes:


Aquella servidora pública que sin importar su estado civil, encabece una familia monoparental y tenga bajo su cargo la responsabilidad de ser la única proveedora económica del hogar para la manutención de sus hijos menores de edad o que siendo mayores de edad presenten una discapacidad o continúen estudiando hasta los veintidós años, sin contar con el apoyo o respaldo económico de ninguna otra persona’.


AUTORIDADES EMISORAS DE LOS ACTOS IMPUGNADOS


a) Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.


b) Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal.


c) El Jurado del Concurso.


d) Comité Técnico del Concurso.


e) Instituto de la Judicatura Federal sede central y/o extensión Oaxaca, con sede en San Bartolo Coyotepec (punto 6 de antecedentes).”


  1. Con motivo de la recepción del informe rendido por la Consejera de la Judicatura Federal, L.O.A. y del recurso de revisión administrativa, en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, por acuerdo de siete de enero de dos mil veinte, el Ministro en funciones de Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación tuvo por admitido el medio...

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