Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 11-11-2020 (AMPARO EN REVISIÓN 226/2020)

Sentido del fallo11/11/2020 1. SE REVOCA LA SENTENCIA RECURRIDA. 2. AMPARA. 3. SE DECLARA INFUNDADO EL RECURSO DE REVISIÓN ADHESIVA.
EmisorPRIMERA SALA
Tipo de AsuntoAMPARO EN REVISIÓN
Número de expediente226/2020
Fecha11 Noviembre 2020
Sentencia en primera instanciaJUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO DE AMPARO Y JUICIOS FEDERALES EN EL ESTADO DE QUERÉTARO (EXP. ORIGEN: J.A.- 874/2019),PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DEL VIGÉSIMO SEGUNDO CIRCUITO (EXP. ORIGEN: A.R.- 319/2019))

AMPARO EN REVISIÓN 226/2020


QUEJOSO Y RECURRENTE: **********


PONENTE: MINISTRO J. luis gonzález alcántara carrancá

SECRETARIos: pablo francisco muñoz díaz

fernando sosa pastrana

Colaboró: ARIADNA MOLINA AMBRIZ



S U M A R I O


Una persona con VIH/SIDA promovió juicio de amparo indirecto en contra del Hospital General Regional Número 1 en Querétaro, del Instituto Mexicano del Seguro Social, por actos relacionados con la omisión de garantizar su derecho humano a la salud, de conformidad con su estándar de protección nacional, interamericano y universal. El Juez de Distrito de conocimiento determinó sobreseer el juicio, al estimar actualizada la causa de improcedencia prevista en el artículo 63, fracción IV, de la Ley de Amparo (por inexistencia del acto reclamado). Contra esa determinación, el quejoso interpuso recurso de revisión y, a la postre, solicitó a este Alto Tribunal que se ocupara de su estudio. Seguida la secuela procesal correspondiente, este Alto Tribunal decidió atraer dicho recurso, el cual es objeto de resolución en la presente ejecutoria.



C U E S T I O N A R I O



¿Cuál es el estándar general de protección del derecho humano a la salud? ¿Cuál es el estándar de protección del derecho humano a la salud de los pacientes con VIH/SIDA? ¿Cuáles son las obligaciones de los Hospitales del Instituto Mexicano del Seguro Social en aras de garantizar el derecho humano a la salud en general, y el de los pacientes con VIH/SIDA?



Ciudad de México. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión virtual del día once de noviembre del dos mil veinte, emite la siguiente:


S E N T E N C I A



Correspondiente al amparo en revisión 226/2020, interpuesto por ********** en contra de la sentencia dictada en el juicio de amparo indirecto ********** del índice del Juzgado Segundo de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Querétaro.


  1. ANTECEDENTES


  1. Juicio de amparo indirecto ********** (amparo en revisión **********). **********, por derecho propio, mediante escrito presentado en la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Querétaro, con sede en Querétaro, el siete de junio de dos mil diecinueve, solicitó el amparo y la protección de la justicia Federal en contra del Hospital General Regional Número 1 en Querétaro, del Instituto Mexicano del Seguro Social; de quien reclamó la falta de entrega de medicamento antiretroviral, específicamente “Dolutegravir”; y, como consecuencia de ello, la puesta en peligro de su vida, salud e integridad física, y las deficiencias de carácter administrativo que impiden el abasto oportuno de los medicamentos antirretrovirales, destacando el “Dolutegravir”.1


  1. Sentencia del juicio de amparo indirecto ********** (amparo en revisión **********). El Juez Sexto de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Querétaro, el diecisiete de julio de dos mil diecinueve dictó sentencia en la que sobreseyó el juicio de amparo indirecto, considerando que al estar probado plenamente que desde el siete de junio del año se proporcionó al quejoso el medicamento solicitado, han quedado destruidos los efectos del acto reclamado y sus consecuencias en forma total e incondicional (artículo 61, fracción XXI, de la Ley de Amparo).2


  1. Recurso de revisión **********. El quejoso interpuso recurso de revisión, del que tocó conocer al Tercer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito.3


  1. Juicio de amparo indirecto ********** (amparo en revisión **********, por derecho propio, mediante escrito presentado en la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Querétaro, con sede en Querétaro, el diecinueve de junio de dos mil diecinueve, solicitó el amparo y la protección de la justicia Federal en contra del Hospital General Regional Número 1 en Querétaro, del Instituto Mexicano del Seguro Social; de quien reclamó la falta de entrega de medicamento antiretroviral, específicamente “Dolutegravir”; y, como consecuencia de ello, la puesta en peligro de su vida, salud e integridad física y las deficiencias de carácter administrativo que impiden el abasto oportuno de los medicamentos antirretrovirales, destacando el “Dolutegravir”.4


  1. Sentencia del juicio de amparo indirecto ********** (amparo en revisión **********). El Juez Segundo de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Querétaro, el veintiséis de julio de dos mil diecinueve, dictó sentencia en la que sobreseyó el juicio de amparo indirecto, frente a la ausencia de demostración de los actos reclamados, con fundamento en el artículo 63, fracción IV, de la Ley de Amparo.5


  1. Recurso de revisión **********. El quejoso interpuso recurso de revisión, del que tocó conocer al Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito.

  1. Recurso de revisión adhesiva. En fecha dos de septiembre de dos mil diecinueve, el Director del Hospital General Regional Número 1 del Instituto Mexicano del Seguro Social Delegación Querétaro, interpuso recurso de revisión adhesiva en el amparo en revisión ********** del índice del Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito.


  1. Juicio de amparo indirecto ********** (amparo en revisión **********). **********, mediante escrito presentado en la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Querétaro, con sede en Querétaro, el veintiséis de junio de dos mil diecinueve, solicitó el amparo y la protección de la justicia Federal en contra del Hospital General Regional Número 1 en Querétaro, del Instituto Mexicano del Seguro Social; de quien reclamó la falta de entrega de medicamento antiretroviral, específicamente “Dolutegravir”; y, como consecuencia de ello, la puesta en peligro de su vida, salud e integridad física y las deficiencias de carácter administrativo que impiden el abasto oportuno de los medicamentos antirretrovirales, destacando el “Dolutegravir”.6


  1. Sentencia del juicio de amparo indirecto ********** (amparo en revisión **********). El Juez Segundo de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Querétaro, el veinticinco de julio de dos mil diecinueve dictó sentencia en la que sobreseyó el juicio de amparo indirecto, toda vez que de las constancias anexadas por la autoridad responsable en su informe justificado se observa que desde el veinticuatro de junio de dos mil diecinueve (antes de la promoción de la demanda de garantías), se proporcionó el medicamento al quejoso (artículo 63, fracción IV, de la Ley de Amparo).7


  1. Recurso de revisión **********. El quejoso interpuso recurso de revisión, del que tocó conocer al Tercer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito.8


  1. Recurso de revisión adhesiva. En fecha cinco de septiembre de dos mil diecinueve, el Director del Hospital General Regional Número 1 del Instituto Mexicano del Seguro Social, Delegación Querétaro, interpuso recurso de revisión adhesiva en el amparo en revisión ********** del índice del Tercer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito.


  1. Juicio de amparo indirecto ********** (amparo en revisión **********). **********, por derecho propio, mediante escrito presentado en la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Querétaro, con sede en Querétaro, el veintisiete de junio de dos mil diecinueve, solicitó el amparo y la protección de la justicia Federal en contra del Hospital General Regional Número 2 en Querétaro, del Instituto Mexicano del Seguro Social; de quien reclamó la falta de entrega de medicamento antiretroviral, específicamente “Etravirina”; y, como consecuencia de ello, la puesta en peligro de su vida, salud e integridad física y las deficiencias de carácter administrativo que impiden el abasto oportuno de los medicamentos antirretrovirales, destacando la “Etravirina”.9


  1. Auto por el que se decreta el sobreseimiento del juicio de amparo indirecto ********** (amparo en revisión **********) fuera de audiencia constitucional. El Juez Segundo de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Querétaro, el veintiséis de julio de dos mil diecinueve dictó auto en el que sobreseyó el juicio de amparo indirecto, toda vez que la autoridad responsable, Titular de la Dirección del Hospital Regional Número Dos (2), Delegación Querétaro del Instituto Mexicano del Seguro Social, informó que el día veintiséis de junio de dos mil diecinueve proporcionó al quejoso un frasco que contiene el medicamento “Etravirina”, lo que acreditó con copia certificada de receta...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR