Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 19-01-2015 (INCIDENTE DE INEJECUCIÓN DE SENTENCIA 579/2014)

Sentido del fallo19/01/2015 PRIMERO. Se decreta el cumplimiento sustituto del fallo constitucional dictado en el juicio de amparo 1455/2011-III. SEGUNDO. Devuélvanse los autos al Juzgado Tercero de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México, a efecto de que abra y sustancie el incidente de daños y perjuicios. TERCERO. Ordénese al Juez Federal que informe a este Alto Tribunal periódicamente sobre el avance en la tramitación del incidente de daños y perjuicios. CUARTO. Se declara sin materia el incidente de inejecución de sentencia a que este toca se refiere.
EmisorPLENO
Tipo de AsuntoINCIDENTE DE INEJECUCIÓN DE SENTENCIA
Fecha19 Enero 2015
Número de expediente579/2014
Sentencia en primera instanciaJUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIAS DE AMPARO Y JUICIOS FEDERALES EN EL ESTADO DE MÉXICO (EXP. ORIGEN: J.A.-1455/2011-III))
INCONFORMIDAD NÚMERO 1/2004

INCIDENTE DE INEJECUCIÓN DE SENTENCIA 579/2014.


inCIDENTE DE INEJECUCIÓN DE SENTENCIA 579/2014.

inconforme: **********.




PONENTE: MINISTRa olga sánchez cordero de garcía villegas.

SECRETARIA: R. argumosa lópez.



México, Distrito Federal. Acuerdo del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación correspondiente al diecinueve de enero de dos mil quince.


V I S T O S; Y

R E S U L T A N D O:


  1. PRIMERO. Por escrito presentado el veintiocho de noviembre de dos mil once, en la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en Materia de A. en el Estado de México, con sede en Toluca, **********, por su propio derecho solicitó el amparo y la protección de la Justicia Federal, contra las autoridades responsables y por los actos, que a continuación se señalan:


AUTORIDADES RESPONSABLES:


  • El J. Segundo Civil de Primera instancia del Distrito Judicial de Tenango del Valle México, con residencia en Santiago Tianguistenco, México.

  • El S. Ejecutor adscrito a dicho Juzgado.


ACTOS RECLAMADOS:

  • Del J. Segundo Civil de Primera instancia del Distrito Judicial de Tenango del Valle, México, la quejosa reclamó la orden de embargo y la adjudicación del vehículo marca **********, tipo **********, modelo dos mil dos, con número de serie **********, así como la orden de embargo, concretada en la concesión que ampara las placas de circulación número **********, del servicio público de transporte del Estado de México, actos ejecutados dentro del juicio ejecutivo mercantil seguido por el Señor ********** en contra de ********** y **********, expediente **********, radicado ante la autoridad señalada como responsable.


  • Del S. Ejecutor adscrito al citado Juzgado, reclamó el embargo que realizó sobre el vehículo y concesión precisados en el punto precedente, dentro del juicio ejecutivo mercantil referido.


  1. SEGUNDO. Por cuestión de turno, correspondió conocer de la demanda de amparo al J. Tercero de Distrito en Materias de A. y de Juicios Civiles Federales en el Estado de México, el cual mediante auto de veintinueve de noviembre de dos mil once, la admitió y ordenó su registro con el número **********.1


  1. TERCERO. Seguidos los trámites de ley, el J. Tercero de Distrito en Materias de A. y de Juicios Civiles Federales en el Estado de México, dictó sentencia el dos de abril de dos mil doce, en la que resolvió sobreseer en el juicio respecto del acto reclamado consistente en el auto de exequendo de veintidós de marzo de dos mil once, dictado en el incidente de liquidación de intereses, relativo al juicio ejecutivo mercantil **********; y otorgar el amparo a la quejosa en los siguientes términos:2


En esas condiciones, lo que procede es conceder el amparo y la protección de la Justicia Federal solicitados, para el efecto de que la autoridad responsable mediante el dictado de la resolución correspondiente deje insubsistente el embargo trabado en contra de un vehículo automotor, marca **********, tipo **********, modelo **********, número de serie **********, número de motor **********, y número de placas ********** del Estado de México, así como las actuaciones subsecuentes, que sean consecuencia del mismo, a la quejosa ********** y con plenitud de jurisdicción continúe el procedimiento de ejecución se sentencia del juicio ejecutivo mercantil de origen.


Concesión que se hace extensiva a los actos de ejecución que se atribuyeron a la autoridad responsable ejecutora, en razón de que sus actuaciones no se reclamaron por vicios propios sino como consecuencia de los actos reclamados a la autoridad ordenadora.”


  1. CUARTO. Por auto de tres de mayo de dos mil doce el J. de Distrito del conocimiento determinó que la ejecutoria de garantías causó ejecutoria y requirió a la autoridad responsable para que en el término de veinticuatro horas diera cumplimiento al fallo protector.3


  1. Mediante acuerdo de siete de mayo de dos mil doce el J. Civil responsable dejó insubsistente el embargo trabado en la diligencia de fecha veintitrés de marzo de dos mil once en el incidente de liquidación de intereses promovido por ********** sobre el vehículo ********** tipo **********, modelo dos mil dos, con número de serie **********, así como la orden de embargo, concretada en la concesión que ampara las placas de circulación número **********, del servicio público de transporte del Estado de México así como las actuaciones subsecuentes.


Asimismo, ordenó turnar los autos al ejecutor del juzgado a fin de que requiriera al adjudicatario **********, para que entregara el citado vehículo, con el apercibimiento de que de no hacerlo se autorizaría el uso de la fuerza pública y rompimiento de cerraduras en caso de ser necesario.4


  1. Posteriormente, mediante auto de diecisiete de mayo de dos mil doce el J. de Distrito requirió a la autoridad responsable para que remitiera las constancias que acreditaran la entrega material del vehículo embargado.5


  1. En cumplimiento a lo anterior, por oficio número 1370 de veintiuno de mayo de dos mil doce, el J. Civil responsable informó al J. de Distrito del conocimiento, las manifestaciones realizadas por **********, parte actora en el juicio ejecutivo mercantil número **********, en el sentido de que mediante compraventa a un tercero, transmitió la propiedad y posesión del bien que le fuera adjudicado. Posteriormente, informó que el vehículo lo vendió a **********, y que además se firmó un contrato de compraventa que fue presentado ante el Notario Público número 48 del Estado de México, el veintiuno de diciembre de dos mil once.6


  1. Mediante diversos proveídos el J. de Distrito volvió a requerir a la autoridad responsable para que realizara las gestiones necesarias a efecto de dar cumplimiento al fallo protector.7


  1. Mediante oficio número 2122 de dieciséis de agosto de dos mil doce, el J. Civil responsable informó al J. de Distrito que mediante proveído de misma fecha se giró oficio dirigido al S. de Seguridad Ciudadana del Estado de México, a fin de realizar la búsqueda y localización del vehículo automotor marca **********, tipo ********** modelo dos mil dos, número de serie ********** y número de placas de circulación número ********** del Estado de México.8


  1. Después de diversos requerimientos por parte del J. de Distrito, el J. responsable le remitió lo siguiente:9


  • Proveído de diez de octubre de dos mil doce, en el que ordenó girar oficio recordatorio al S. de Seguridad Ciudadana del Estado de México, para el auxilio en la búsqueda y localización del vehículo reclamado por la quejosa.10


  • Proveído de diez de octubre de dos mil doce, en el que ordenó requerir al adjudicatario del vehículo por conducto del ejecutor del Juzgado para que hiciera la entrega material del vehículo reclamado.11


  • Proveído de once de octubre de dos mil doce, en el que el J. responsable ordenó requerir al adjudicatario para que informara el domicilio completo de **********, persona a la cual fue vendido el vehículo reclamado por la quejosa.12


  • Auto de fecha once de octubre de dos mil doce, en el que ordenó girar oficio al Registro Estatal de Vehículos a fin de que informara a nombre de qué persona aparece registrado el vehículo ya mencionado.13


  • Oficio número 2957 de dieciocho de octubre de dos mil doce, mediante el cual informa la contestación al oficio dirigido al S. de Seguridad Ciudadana del Estado de México, quien señaló que giró diverso oficio a la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito a fin de que fuera detenido el vehículo, así se encontrara estacionado o circulando en la vía pública.14


  • Oficio número 2919, mediante el cual solicitó al Director del Registro Estatal de Vehículos a fin de que informara a nombre de qué persona aparece registrado el vehículo marca **********, tipo ********** modelo dos mil dos, número de serie ********** y número de placas de circulación número ********** del Estado de México.15


  • Oficio número 3568 de seis de diciembre de dos mil doce, mediante el cual remite copias certificadas de los siguientes documentos:


  • Oficio del Jefe de Departamento de Inspección y Verificación de la Dirección del Registro Estatal de Vehículos del Estado de México, en el cual informan que las placas del citado vehículo fueron dadas de alta el tres de septiembre de dos mil nueve y dadas de baja el diecinueve de octubre de dos mil diez, por lo que no fue posible informar a nombre de quién se encontraba el vehículo.16


  • Proveído de treinta de octubre de dos mil doce, en el cual ordenó girar oficio a la Secretaría de Transporte del Gobierno del Estado de...

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