Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 14-11-2012 (AMPARO EN REVISIÓN 394/2012)

Sentido del fallo14/11/2012 SOBRESEE. NIEGA EL AMPARO. SE RESERVA JURISDICCIÓN AL TRIBUNAL COLEGIADO DEL TRIGÉSIMO SEGUNDO CIRCUITO, PARA LOS EFECTOS PRECISADOS EN LA RESOLUCIÓN.
EmisorPRIMERA SALA
Tipo de AsuntoAMPARO EN REVISIÓN
Número de expediente394/2012
Fecha14 Noviembre 2012
Sentencia en primera instanciaJUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE COLIMA (EXP. ORIGEN: JA.-183/2007-III),TRIBUNAL COLEGIADO DEL TRIGÉSIMO SEGUNDO CIRCUITO (EXP. ORIGEN: RA.-73/2011))

AMPARO EN REVISIÓN 394/2012.

aMPARO EN REVISIÓN 394/2012.

QUEJOSA**********.



MINISTRa PONENTE: OLGA MARÍA SÁNCHEZ CORDERO DE GARCÍA VILLEGAS.

SECRETARIO: jorge luis revilla de la torre.


Vo. Bo.


México, D.F.ral. Acuerdo de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al día catorce de noviembre de dos mil doce.


V I S T O S; Y

R E S U L T A N D O:


PRIMERO.- Por escrito presentado el treinta de diciembre de dos mil cinco, en la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, ********** por conducto de su representante legal, solicitó el amparo y protección de la Justicia Federal en contra de las autoridades y por los actos que a continuación se especifican:


  • Del Congreso de la Unión, integrado tanto por la Cámara de Diputados, como por la Cámara de Senadores, se reclama la aprobación y expedición del Decreto Legislativo de dieciocho de diciembre de mil novecientos noventa y dos, que aparece publicado en el Diario Oficial de la Federación del día veinticuatro del mismo mes y año, mediante el cual se expidió la Ley Federal de Competencia Económica, específicamente por lo que se refiere a los artículos 3, 10, primer párrafo y fracción VII, 11, 12, 13, 30, 31 y 35, fracción V, de dicho cuerpo normativo.


  • Del Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, se reclama la expedición del referido Decreto; así como del Reglamento de la Ley Federal de Competencia Económica mediante Decreto de fecha tres de marzo de mil novecientos noventa y ocho, publicado en el Diario Oficial de la Federación del cuatro de marzo de mil novecientos noventa y ocho, por lo que hace a sus artículos 7, fracciones II y V, 25, 27, 28, 29, 30 y 31.


  • Del Secretario de Gobernación, se reclama el refrendo otorgado a los Decretos antes mencionados.



  • Del Director del Diario Oficial de la Federación, se reclama la publicación en el medio de Difusión Oficial de los Decretos a que se ha hecho alusión.


  • Del Pleno de la Comisión Federal de Competencia, se reclama la emisión, cumplimiento e inminente ejecución, por una parte, de la resolución dictada el treinta de junio de dos mil cinco en el expediente ********** (procedimiento de origen) y, por la otra, de la resolución dictada el uno de diciembre de dos mil cinco, a través de la cual se confirmó en sus términos la resolución anterior, al resolver el recurso de reconsideración dentro del expediente RA-12-2005 y acumulados.


  • Del Presidente y del Secretario Ejecutivo de la Comisión Federal de Competencia, se reclama la emisión, cumplimiento y ejecución del oficio sin número, emitido el veinticinco de octubre de dos mil, mediante el cual se emplazó a su representada al procedimiento administrativo **********.


  • Del Director General de Asuntos Jurídicos de la Comisión Federal de Competencia, se reclama el desechamiento de las pruebas de inspección ocular ofrecidas por la quejosa en el procedimiento de origen.


  • Del Pleno de la Comisión Federal de Competencia, de su P. y del Secretario Ejecutivo de dicha Comisión, se reclama la omisión de respetar a la quejosa las garantías de igualdad, legalidad, seguridad jurídica, audiencia y debido proceso, consagradas en los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


SEGUNDO.- La parte quejosa invocó como preceptos violados los artículos 1, 5, 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; precisó los antecedentes del asunto y expresó como conceptos de violación los que estimó pertinentes.


TERCERO.- Por acuerdo de fecha tres de enero de dos mil seis, la Juez Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, a quien por razón de turno le correspondió conocer de la demanda de garantías, precisó que carecía de competencia legal por returno, para conocer de la demanda de amparo, ya que el Juez Primero de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, tuvo conocimiento previo de los antecedentes que dieron origen al acto que se reclama, al conocer del juicio de amparo **********, motivo por el cual ordenó el envió del asunto a la Oficina de Correspondencia Común a los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, a fin de que por conducto de ésta se lo returnaran a dicho órgano jurisdiccional.


CUARTO.- Por acuerdo de fecha cinco de enero de dos mil seis, el Secretario del Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, encargado del despacho por ausencia temporal de su titular, determinó que aceptaba el returno planteado y que se avocaría al conocimiento de la demanda de mérito, quedando registrada bajo el expediente número ********** y; previos los trámites de ley, el diecinueve de junio de dos mil seis, celebró la audiencia constitucional se dictó sentencia, en la que se resolvió, por una parte, sobreseer en el juicio de garantías, respecto de los actos reclamados al P. y al Secretario Ejecutivo de la Comisión Federal de Competencia Económica, consistentes en el oficio de presunta responsabilidad de veinticinco de octubre de dos mil y en el acuerdo de veinticuatro de enero de dos mil uno; así como respecto del acto reclamado al Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica, consistente en la emisión de la resolución de treinta de junio de dos mil cinco dentro del expediente número **********, del índice de dicha Comisión, y, por la otra, conceder el amparo y protección de la Justicia de la Unión a la parte quejosa respecto de la resolución emitida por la Comisión Federal de Competencia Económica el uno de diciembre de dos mil cinco, dentro del expediente número **********.


QUINTO.- Inconformes con dicha resolución, tanto la Comisión Federal de Competencia Económica, por conducto de los integrantes del Pleno, en su carácter de autoridades responsables; como **********, por conducto de su apoderado legal, en su carácter de tercero perjudicado, interpusieron sendos recursos de revisión, mismos que fueron remitos por la Juez del conocimiento al Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito en turno.


SEXTO.- Por acuerdo de fecha tres de noviembre de dos mil siete, el Presidente del Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa en el Distrito Federal, órgano jurisdiccional al que le correspondió conocer del asunto, los admitió a trámite, quedando registrados bajo el expediente **********, y en sesión de fecha doce de febrero de dos mil siete, se dictó sentencia en la cual se resolvió, por una parte, revocar la sentencia recurrida y, por la otra, ordenar la remisión de los autos del juicio de amparo ********** al Juzgado de Distrito en turno en el Estado de Colima, por ser el órgano competente para conocer del mismo.


SÉPTIMO.- Mediante proveído de fecha siete de marzo de dos mil siete, el Juez Segundo de Distrito en el Estado de Colima, aceptó la competencia planteada y ordenó el registro de la demanda de amparo, misma que quedó registrada bajo el expediente ********** y; previos los trámites de ley, el cinco de junio de dos mil ocho, celebró la audiencia constitucional en la que dictó sentencia, y en la que se resolvió, por una parte, sobreseer en el juicio de garantías, respecto de los actos reclamados a las Cámaras de Diputados y de Senadores del Congreso de la Unión, al Presidente de la República, al Secretario de Gobernación, al Secretario de Economía, al D. General del Diario Oficial de la Federación, al Presidente, al S. y al Director General de Asuntos Jurídicos, estos tres pertenecientes a la Comisión Federal de Competencia Económica, respecto de la inconstitucionalidad de los artículos 3, 10, párrafo primero y fracción II, 11, 12, 13, 30, 31 y 35, fracciones I y V, de la Ley Federal de Competencia Económica y 7, fracción V, 25, 27, 28, 29, 30, y 31 del Reglamento de la Ley Federal de Competencia Económica; y del oficio de presunta responsabilidad de veinticinco de octubre de dos mil, acuerdos a la contestación y ofrecimiento de pruebas, así como lo relativo a la resolución de treinta de junio de dos mil cinco, dictada por el Pleno de la Comisión Federal de Competencia en el expediente DE-06-2000 y; por la otra, negar el amparo solicitado en cuanto a los actos atribuidos al Pleno de la Comisión Federal de Competencia, consistente en la emisión de la resolución de treinta de junio de dos mil cinco, dentro del expediente administrativo **********, así como la diversa de uno de diciembre de dos mil cinco, al resolver el recurso de reconsideración del expediente número ********** y su ejecución.


OCTAVO.- Inconforme con dicha resolución, la parte quejosa, por conducto de su autorizado en términos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR