Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 25-06-2014 (AMPARO DIRECTO 58/2012)

Sentido del fallo25/06/2014 1. AMPARA.
EmisorPRIMERA SALA
Tipo de AsuntoAMPARO DIRECTO
Número de expediente58/2012
Fecha25 Junio 2014
Sentencia en primera instanciaSEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO (EXP. ORIGEN: D.C. 87/2012, RELACIONADO CON EL D.C. 52/2012 Y D.C. 53/2012))

JUICIO DE AMPARO DIRECTO 58/2012.

JUICIO DE AMPARO DIRECTO 58/2012.

QUEJOSO: **********.

RELACIONADO CON EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO **********.



ponente: ministra olga sánchez cordero de garcía villegas.

secretaria: rosalía argumosa lópez.



México, Distrito Federal. Acuerdo de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al día veinticinco de junio de dos mil catorce, en el que se emite la siguiente


S E N T E N C I A


  1. Amparo directo 58/2012, relacionado con la facultad de atracción **********, fallada el treinta de mayo de dos mil doce, promovido por **********, por su propio derecho, contra actos de la Primera Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia y Juez Tercero de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia, ambas del Distrito Federal, por estimarlos violatorios de los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y,


R E S U L T A N D O:


  1. PRIMERO. Juicio Ordinario Mercantil. Mediante escrito presentado el ocho de junio de dos mil nueve, **********, por derecho propio, demandó en la vía ordinaria mercantil de ********** (antes **********), las siguientes prestaciones:


  1. La rendición de cuentas a cargo de la parte demandada, del contrato de inversión identificado con el número de cuenta **********, celebrado el veintisiete de abril de mil novecientos setenta y nueve.


  1. La terminación del Contrato de Inversión, y como consecuencia de ello:


  1. Entregar al actor el importe del valor bursátil de las acciones de las empresas emisoras denominadas ********** (**********), en la actualidad ********** y **********.


  1. El pago de los dividendos que las acciones adquiridas bajo el Contrato de Inversión han generado desde su adquisición y los que se sigan generando hasta el día de pago.


  1. El pago de los rendimientos que los dividendos de las acciones referidas en el inciso anterior hayan generado desde el correspondiente decreto de dividendos y hasta el día en que se efectué el pago, con base en la tasa de interés equivalente a la que resulte del promedio aritmético de los rendimientos que hayan generado las diez sociedades de inversión en instrumentos de deuda con mayor rentabilidad durante los seis meses anteriores a la fecha en que se actualizó el supuesto que da origen a la aplicación de la tasa, es decir, desde el momento en que se pagaron los dividendos respectivos, de conformidad con el artículo 200, fracción X, segundo párrafo, de la Ley del Mercado de Valores.


C. El pago de los gastos y costas del presente juicio.


Como hechos fundatorios la parte actora narró los siguientes:


  1. Con fecha veintisiete de abril de mil novecientos setenta y nueve los señores ********** y **********, celebraron el Contrato de Inversión **********, mismo que no fue exhibido en virtud de que el actor manifestó que en la época en que se celebró era muy común que no se entregara dicho documento; además de que tal circunstancia no implicaba la inexistencia de una relación contractual, con la parte demandada.


  1. Asimismo, manifestó que con motivo de la celebración del Contrato de Inversión, la Casa de Bolsa adquirió, en nombre y representación de los señores ********** (finado) y **********, ********** (**********) acciones de la empresa emisora **********, serie “**********”, cupón **********, por un importe total de ********** viejos pesos ********** moneda nacional.


3. También, señaló que con fecha dieciséis de mayo de mil novecientos ochenta, la Casa de Bolsa, envió al señor ********** una carta por virtud de la cual solicitaba su conformidad o, en su caso, manifestara las observaciones correspondientes respecto del saldo de la posición de valores derivada de las operaciones efectuadas por cuenta de dicha persona al treinta y uno de enero del citado año.


4. Igualmente, refirió que con fecha primero de julio de mil novecientos ochenta, los señores ********** y **********, firmaron una carta de instrucciones a la Casa de Bolsa, de la que en esencia se desprende lo siguiente:


a) Que las personas mencionadas eran cotitulares del Contrato de Inversión, siendo el tipo de cuenta solidaria.


b) Que el Contrato de Inversión fue celebrado bajo la modalidad de discrecional, de conformidad con lo estipulado en dicha carta de instrucciones, y que en la parte conducente señala lo siguiente:


Autorizamos se presenten nuestros nombres y domicilios al emisor para el cobro de dividendos de los valores que nos administran.

Les otorgamos amplio poder para endosar, ceder o enajenar en nuestro nombre los títulos que nos administran.”


5. Por otra parte, señaló que el veinticinco de marzo de mil novecientos ochenta y cinco, el señor **********, falleció y en consecuencia, como única titular de dicha cuenta, la señora **********, al ser ambos, insistió, cotitulares de dicha cuenta.


6. Posteriormente, indicó que el quince de junio de dos mil cinco la señora **********, cedió al ahora actor todos los derechos y obligaciones derivados del Contrato de Inversión, cesión de derechos que fue ratificada el veintiséis de junio de dos mil ocho.


7. Consecuentemente, el diez de marzo de dos mil seis, el ahora actor en su carácter de cesionario del Contrato de Inversión, solicitó al departamento jurídico del entonces **********, una rendición de cuentas del Contrato de Inversión, sin que obtuviera alguna respuesta sobre el particular.


8. En virtud de que, el actor no obtuvo ninguna información respecto de la rendición de cuentas solicitada, el siete de junio de dos mil siete, la señora **********, presentó ante la Delegación Estatal de Tampico, Tamaulipas, de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), una reclamación en contra de Casa de Bolsa; además de que, el actor destacó que ante la ausencia de una conciliación entre las partes, el primero de noviembre de dos mil siete, la Delegación Estatal en Tamaulipas de la CONDUSEF, levantó un acta a través de la cual dejó a salvo los derechos de las partes para que, en su caso, los hicieran valer ante los tribunales competentes.


9. De forma paralela a la reclamación antes citada, manifestó que el dieciocho de octubre de dos mil siete, el actor en su carácter de cesionario del Contrato de Inversión, solicitó al Lic. **********, asesor general jurídico de **********, que rindiera cuentas respecto de las diversas inversiones que se efectuaron al amparo del Contrato de Inversión, y para ello adjuntó copia certificada de la documentación que sustentaba la existencia de dichas inversiones.


10. La solicitud de rendición de cuentas relacionada en el hecho inmediato anterior, motivó que se tuvieran diversas conferencias telefónicas y reuniones con la Casa de Bolsa, con el objeto de llegar a una posible conciliación. Sin embargo, no se llegó a ningún acuerdo, con la salvedad de que derivado de dichas reuniones se desprendió un reconocimiento expreso por parte de la Casa de Bolsa de la existencia del Contrato de Inversión.


Lo anterior, porque la Casa de Bolsa entregó una copia simple del dictamen de veintiséis de septiembre de dos mil ocho, elaborado por el despacho denominado “********** (**********)”, a solicitud de la Casa de Bolsa, así como de cuatro corridas financieras que representaban diversos escenarios del estado que guardaban en ese entonces las inversiones relacionadas con el Contrato de Inversión.


Al respecto, el actor destacó que si bien no estaba de acuerdo con el contenido de los documentos antes relacionados, en razón de que muchos de los datos y cifras que aparecen en ellos no corresponden a la realidad; sin embargo, de los mismos señaló que se advierte el reconocimiento expreso por parte de la Casa de Bolsa: (i) de la existencia del Contrato de Inversión; (ii) de la existencia de diversas inversiones en acciones con motivo del Contrato de Inversión, y (iii) de la existencia de dividendos decretados por las sociedades emisoras ********** y **********.


11. Igualmente, alegó que a la fecha de la interposición de la demanda la parte demandada ha incumplido con sus obligaciones de rendición de cuentas relacionadas con el Contrato de Inversión, por lo que procede se le condene al cumplimiento de todos y cada una de las prestaciones demandadas.


I. La demanda, por razón de turno, fue remitida al Juzgado Tercero de lo Civil del Distrito Federal, donde se registró con el...

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