Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 22-10-2014 (AMPARO EN REVISIÓN 399/2012)

Sentido del fallo22/10/2014 1. SE CONFIRMA LA SENTENCIA RECURRIDA. 2. DEVUÉLVANSE LOS AUTOS AL TRIBUNAL COLEGIADO DE CONOCIMIENTO PARA LOS EFECTOS PRECISADOS EN LA RESOLUCIÓN.
EmisorPRIMERA SALA
Tipo de AsuntoAMPARO EN REVISIÓN
Número de expediente399/2012
Fecha22 Octubre 2014
Sentencia en primera instanciaJUZGADO TERCERO DE DISTRITO DEL CENTRO AUXILIAR PRIMERA REGIÓN CON RESIDENCIA EN EL DF, CON JURISDICCIÓN EN LA REPÚBLICA MEXICANA (EXP. ORIGEN: JA.-15/2011),NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO (EXP. ORIGEN: RC.-118/2012))

AMPARO EN REVISIÓN 399/2012.

AMPARO EN REVISIÓN 399/2012.

QUEJOSA: **********.



Vo. Bo.

SEÑOR MINISTRO


PONENTE: MINISTRO J.R.C.D.

SECRETARIOS: JULIO C.R.C., MIREYA MELÉNDEZ ALMARAZ, H.N.R.P., ROSALÍA ARGUMOSA LÓPEZ Y ROSA MARÍA ROJAS VÉRTIZ CONTRERAS.



México, Distrito Federal. Acuerdo de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación correspondiente al día veintidós de octubre de dos mil catorce.



V I S T O S para resolver los autos de amparo en revisión 399/2012, interpuesto por **********, en representación de **********, y,

I. ANTECEDENTES

En las constancias de autos se advierten los antecedentes relevantes que enseguida se relacionan;



  1. Averiguación Previa **********. La misma se originó el diecisiete de mayo de dos mil once, con motivo de la denuncia realizada por quien manifestó ser chofer de un vehículo tipo tracto camión de la marca **********, color blanco, con placas de circulación **********, así como un caja seca; el cual cargó con mercancía de la marca *********, de la empresa *********, a efecto de trasladar la señalada mercancía a Villahermosa, Tabasco, siendo detenido en su trayecto (al circular por la avenida ********** en dirección al oriente e incorporarse a la avenida **********, colonia **********, delegación ***********, en el Distrito Federal) de forma intempestiva por un automóvil verde que portaba una torreta. Los tres sujetos que descendieron del automóvil verde más dos que llegaron en ese momento se hicieron pasar por policías, así que tomaron el mando del camión bajo el pretexto de que se trataba de un camión robado por lo que iniciarían la investigación correspondiente. Posteriormente, a la altura del ********** los asaltantes dejaron al chofer y a dos ayudantes que iban con él, se bajaran del automóvil verde y huyeron llevándose el tractocamión y la mercancía. Se levantó una denuncia, y se reportó que aproximadamente a las 8:30 de la mañana ya se había localizado el tractocamión robado al interior del inmueble identificado bajo la razón social **********”



  1. Los policías que acudieron a la bodega reportaron que en cuanto se les dio acceso, observaron a dos sujetos del sexo masculino realizando maniobras de descarga de varias cajas de cartón con la leyenda **********, dichas personas indicaron que la persona que los contrató les indicó que debían colocar la mercancía en la bodega *********, que dicha persona tenía las llaves de la bodega pero que había salido indicando que regresaría pronto. Al no presentarse nadie como propietario de la mercancía los policías procedieron a asegurar a las personas que se encontraban descargando la mercancía robada, quienes no fueron reconocidos por el denunciante ni por los testigos como los sujetos que los despojaron del tractocamión y la mercancía.



  1. De la averiguación previa se desprende que en el inmueble opera la empresa **********, la cual ofrece el servicio de renta de diversas bodegas para productos perecederos como no perecederos (incluso el representante legal de la moral afectada exhibió los contratos de arrendamiento de ********** bodegas).



  1. Demanda de Extinción de Dominio. Con base en lo anterior, el Agente del Ministerio Público Especializado en el Procedimiento de Extinción de Dominio perteneciente a la Procuraduría de Justicia del Distrito Federal, en representación del Gobierno del Distrito Federal, demandó de la quejosa ***********, la extinción de dominio respecto del inmueble en el que se encuentra la bodega, en la cual fue encontrado el vehículo robado, con base en que el mismo había sido utilizado para ocultar un producto del delito.



  1. Con motivo del inicio del procedimiento de extinción de dominio, ********** la moral afectada promovió demanda de amparo; y posteriormente, al radicarse dicho proceso ante el Juez Cuarto de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, con número de expediente **********, la empresa afectada amplió su demanda de amparo (ampliación que se acordó de conformidad) para señalar como autoridad responsable al referido Juez Cuarto de lo Civil, por la aplicación y ejecución del procedimiento establecido en la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal.




II. TRÁMITE



  1. Demanda de amparo. Por escrito presentado el veintiocho de julio de dos mil once, ante la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito del Primer Circuito, **********, en nombre y representación de **********, demandó el amparo y protección de la Justicia Federal en contra de las autoridades y por los actos que a continuación se precisan:



Autoridades Responsables:



a.- Juez Cuarto de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal



b.- Asamblea Legislativa del Distrito Federal.



c.- Presidente de la Mesa Directiva de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.



d.- Jefe de Gobierno del Distrito Federal.



e.- Secretario de Gobierno del Distrito Federal.



f.- Titular de la Dirección Jurídica y de Estudios Legislativos de la Gaceta Oficial del Distrito Federal.



g.- Procurador General de Justicia del Distrito Federal.



h.- Subprocurador de Procesos de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.



i.- Fiscal de la Fiscalía Especializada de extinción de dominio de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.



j.- Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.

Actos Reclamados:



  1. De las autoridades señaladas como responsables se reclama el decreto, la expedición, promulgación, publicación, ejecución y aplicación de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal, el ocho de diciembre de dos mil ocho, así como sus reformas, incluyendo el Decreto publicado en el señalado medio de difusión oficial el diecinueve de julio de dos mil diez; así como el decreto, la expedición, promulgación, publicación, ejecución y aplicación del Reglamento de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el martes veinticuatro de marzo de dos mil nueve y sus reformas.



  1. Garantías individuales violadas. La parte quejosa invocó como garantías violadas las contenidas en los artículos 14, 16, 122 y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y formuló los conceptos de violación que estimó pertinentes.



  1. Admisión, trámite y resolución del amparo. Correspondió conocer del asunto al Juzgado Tercero de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región y Especializado en Extinción de Dominio, con competencia y jurisdicción en toda la República y residencia en el Distrito Federal, cuyo titular, por auto de cuatro de agosto de dos mil once, admitió a trámite la demanda1 y ordenó su registro bajo el número 15/2011.2



  1. Con fecha veintiuno de febrero de dos mil doce, el Juez Tercero de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región dictó sentencia, en la cual determinó, por una parte, sobreseer en el juicio respecto de algunas de las normas impugnadas, y por la otra, negar el amparo3.



  1. Interposición del recurso de revisión. Inconforme con la resolución anterior, la quejosa, a través de su apoderado, interpuso recurso de revisión, mediante escrito presentando el ocho de marzo de dos mil doce ante la Oficina de Correspondencia Común del Centro Auxiliar de la Primera Región en el Distrito Federal, quien lo tuvo por interpuesto mediante acuerdo fechado el doce de marzo de dos mil doce, en el que acordó remitirlo al Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito en turno.



  1. Trámite del recurso de revisión ante el Tribunal Colegiado. Correspondió conocer del recurso de revisión al Noveno Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, quien lo admitió el doce de abril de dos mil doce, registrándose bajo el número R.C. 118/2012 y dio vista al Ministerio Público de la Federación adscrito, quien formuló pedimento en el sentido de que los agravios contenidos en el recurso de revisión se declararan infundados.



  1. El Tribunal Colegiado del conocimiento emitió dictamen el cinco de junio de dos mil doce, en el que en atención al escrito presentado por el apoderado legal de **********, ante la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el que solicitó se ejerciera de oficio la facultad discrecional de atracción respecto del presente asunto; y de la petición expresa del Secretario de Acuerdos de esta Primera Sala de no resolver el recurso de revisión, en tanto no se determinara si se ejercería la apuntada facultad de atracción; se determinó suspender el plazo para resolver el presente asunto.



  1. Trámite del amparo en revisión ante esta Suprema Corte de Justicia de la Nación. En sesión celebrada el...

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