Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 21-03-2012 (INCIDENTE DE LIQUIDACIÓN DE INTERESES 5/2011-01)

Sentido del fallo• ESTE ASUNTO SE REMITE A LA PRIMERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN.
Tipo de AsuntoINCIDENTE DE LIQUIDACIÓN DE INTERESES
Fecha21 Marzo 2012
EmisorSEGUNDA SALA
Número de expediente5/2011-01
RECURSO DE RECLAMACIÓN 166/2004-PL

INCIDENTE DE liquidación de intereses 5/2011,

DERIVADO DEL JUICIO ORDINARIO CIVIL FEDERAL **********



INCIDENTE DE LIQUIDACIÓN DE INTERESES 5/2011, DERIVADO DEL JUICIO ORDINARIO CIVIL FEDERAL **********

PROMOVENTE: **********



MINISTRO ponente: S.A.V.H.

secretario: miguel ángel antemate chigo



Vo.Bo.

Señor Ministro:




México, Distrito Federal. Acuerdo de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al veintiuno de marzo de dos mil doce.


V I S T O S; Y,

R E S U L T A N D O:


Cotejó:


PRIMERO. Por escrito presentado en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, el seis de diciembre de dos mil siete, **********, por conducto de su apoderado **********, demandó en la vía ordinaria civil del Consejo de la Judicatura Federal, el cumplimiento de las prestaciones que precisó de la manera siguiente:


a) La improcedencia del Finiquito Unilateral, emitido por la hoy demandada, con fecha veintiséis de abril de dos mil siete, por no existir incumplimiento alguno, al contrato base de la acción imputable a mi representada. --- b) El pago de la cantidad de $********** (**********), por concepto de suerte principal. --- c) El pago de los intereses al tipo legal sobre la suerte principal, a partir del mes de diciembre de dos mil cuatro, más los que se sigan generando hasta la liquidación, los cuales se cuantificarán en ejecución de sentencia. --- d) El pago de los gastos y costas que genere el presente juicio”.


SEGUNDO. Por auto del tres de enero de dos mil ocho, el Ministro P. en funciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación admitió a trámite la demanda, la registró con el número ********** y ordenó emplazar al demandado Consejo de la Judicatura Federal.


TERCERO. Por escrito presentado el veintidós de enero de dos mil ocho, la parte demandada dio respuesta al libelo instaurado en su contra, oponiéndose a todas y cada una de las prestaciones reclamadas; asimismo, expuso lo que a su derecho convino en relación con los hechos de la demanda y opuso las excepciones y defensas que estimó pertinentes.


CUARTO. Seguidos los trámites procesales correspondientes, el asunto fue turnado a la Ponencia del Ministro Ponente J.N.S.M., adscrito a la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que dictó sentencia el diez de noviembre de dos mil diez, con los puntos resolutivos siguientes:


PRIMERO. Ha sido procedente la vía ordinaria civil, en la que la parte actora **********, probó parcialmente sus pretensiones, y la demandada Consejo de la Judicatura Federal, probó parcialmente sus excepciones y defensas, en consecuencia. --- SEGUNDO. En términos del considerando Noveno, se ABSUELVE a la demandada Consejo de la Judicatura Federal, de la prestación consistente en la restitución de cantidad alguna, por concepto de la pena convencional que dedujo en el finiquito unilateral, del monto que ha de pagarse a la actora, pues la actora no demostró que los incumplimientos que se le atribuyen sean infundados. --- TERCERO. En términos del Considerando Décimo Segundo, se declara parcialmente ilegal el finiquito unilateral emitido por la demandada, Consejo de la Judicatura Federal, y se CONDENA al pago de la cantidad de $********** (**********), que salvo error u omisión, es la cantidad derivada de las estimaciones que la demandada indebidamente dejó de pagar a la actora, así como al pago de los intereses legales correspondientes cuya liquidación deberá regularse en ejecución de sentencia. --- CUARTO. No se hace condena en costas”.


QUINTO. Por escrito recibido el seis de mayo de dos mil once en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, **********, en su carácter de Gerente General de la empresa **********, promovió incidente de ejecución de sentencia y liquidación de intereses legales.


El escrito referido en la parte conducente, señala lo siguiente:


“…**********, en mi carácter de Gerente General, de la empresa **********, personalidad que tengo debidamente reconocida y acreditada en los autos del expediente que al rubro se indica, ante Ustedes con el debido respeto comparezco para exponer: --- Que por medio del presente escrito, con fundamento en los artículos 353, 358, 360, 417 y demás relativos y aplicables, del Código Federal de Procedimientos Civiles, vengo a iniciar incidente de ejecución de sentencia y liquidación de intereses legales, de conformidad al resolutivo tercero de la sentencia definitiva, de fecha diez de noviembre de dos mil diez, el cual a la letra dice: --- ‘TERCERO. En términos del considerando Décimo Segundo, se declara parcialmente ilegal el finiquito unilateral emitido por la demandada, Consejo de la Judicatura Federal, y se le CONDENA al pago de la cantidad de $********** (**********), que salvo error u omisión, es la cantidad derivada de las estimaciones que la demandada dejó de pagar a la actora, así como el pago de los intereses legales correspondientes, cuya liquidación deberá regularse en ejecución de sentencia’. --- En virtud de lo anterior, se procede a realizar la siguiente cuantificación de intereses legales: --- 1. Toda vez que la sentencia definitiva, de fecha diez de noviembre de dos mil diez, en su resolutivo tercero, condenó a la demandada a pagar a la parte actora la cantidad de $********** (**********) I.V.A. incluido del 15% más su actualización a la fecha, en virtud del incremento del impuesto al valor agregado (I.V.A.) a una tasa de 16%, lo que implica la cifra de $********** (**********), por concepto de las estimaciones 61 a 66, que la demandada dejó de pagar a la actora, los intereses legales ascienden a la cantidad de $********** (**********), más la cantidad de $********** (**********) por concepto de impuesto al valor agregado (I.V.A.), por el período comprendido del primero de septiembre de dos mil cinco al treinta y uno de mayo de dos mil once, calculados de la siguiente forma:


Monto sin I.V.A. de estimaciones (61 a 66)

Interés legal y anual

Porcentaje y costo mensual

M. transcurridos (sep. 2005 a mayo 2011)

Subtotal de intereses

Total de estimaciones e intereses con I.V.A. 16%

$**********

9%

.75%;

$**********

69

$**********

$**********


Con base en lo anterior, la suma de las estimaciones 61 a 66, más los intereses legales con I.V.A. del 16%, arrojan la cantidad total de $********** (**********) --- 2. Por otra parte, en el hecho XV del escrito inicial de demanda se reclamó la cantidad de $********** (**********) I.V.A. incluido del 15% más su actualización a la fecha, en virtud del incremento del impuesto al valor agregado (I.V.A.) a una tasa de 16%, lo que implica la cifra de $********** (**********) que la demandada determinó como saldo a favor de la actora en el principal, sin que a la fecha se haya liquidado, por lo que de acuerdo al resolutivo tercero, en el que se condenó a la demandada a pagar a la actora la cantidad derivada de las estimaciones que dejó de cubrir, así como el pago de los intereses legales correspondientes y toda vez que la cantidad antes indicada en este punto, deriva de las estimaciones 50, 32A, 51, 33A, 52, 34A, 53, 35A, 54, 36A, 55, 37A, 56, 38A, 57, 39A, 58, 59 y 60, se reclama su pago y el de los intereses legales ascienden a la cantidad de $********** (**********), más la cantidad de $********** (**********) por concepto de impuesto al valor agregado (I.V.A.), por el período comprendido del primero de septiembre de dos mil cinco al treinta y uno de mayo de dos mil once, calculados de la siguiente forma:


Monto sin I.V.A. de estimaciones

Interés legal y anual

Porcentaje y costo mensual

M. transcurridos (sep. 2005 a mayo 2011)

Subtotal de intereses

Total de estimaciones e intereses con I.V.A. 16%

$**********

9%

0.75%;

$**********

69

$**********

$**********


Con base en lo anterior, la suma de las estimaciones 50, 32A, 51, 33A, 52, 34A, 53, 35A, 54, 36A, 55, 37A, 56, 38A, 57, 39A, 58, 59 y 60 más los intereses legales con I.V.A. del 16%, arrojan la cantidad total de $********** (**********). --- La suma aritmética, de los dos puntos antes indicados, dan el gran total de $********** (**********) I.V.A. incluido del 16%, siendo la cifra que se reclama a la demandada al treinta y uno de mayo de dos mil once…”.


SEXTO. Por proveído del once de mayo de dos mil once, en atención a lo acordado en la sesión privada de ocho de marzo de dos mil diez, en la que se determinó que el trámite relacionado con las sentencias dictadas por las Salas en los juicios previstos en la fracción XX del artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se efectuaría por la Subsecretaría General de Acuerdos...

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