Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 02-04-2014 (AMPARO EN REVISIÓN 88/2014)

Sentido del fallo02/04/2014 1. SE CONFIRMA LA SENTENCIA RECURRIDA. 2. NIEGA EL AMPARO. 3. SE RESERVA JURISDICCIÓN AL OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
EmisorPRIMERA SALA
Tipo de AsuntoAMPARO EN REVISIÓN
Número de expediente88/2014
Fecha02 Abril 2014
Sentencia en primera instanciaJUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA EN LA CIUDAD DE MÉXICO (EXP. ORIGEN: J.A. 593/2012),OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO (EXP. ORIGEN: R.A. 86/2013-IV ))
JUICIO ORDINARIO CIVIL FEDERAL 1/2000

DrawObject1 AMPARO EN REVISIÓN 88/2014.



amparo en revisión 88/2014.

quejosA: **********.


VISTO BUENO

SR. MINISTRO

MINISTRO PONENTE: jorge M.P.R..

SECRETARIO: H.A.M.B..




México, Distrito Federal. Acuerdo de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al día dos de abril de dos mil catorce.


V I S T O S, para resolver, los autos del amparo en revisión 88/2014, promovido por **********, apoderado de la quejosa, **********, contra la sentencia de veinticinco de enero de dos mil trece, dictada por el Secretario en Funciones de Juez de Distrito en el Juzgado Decimoprimero de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, para resolver el juicio de amparo **********, de su índice; y,


R E S U L T A N D O:


PRIMERO. Demanda de amparo. Mediante escrito presentado el veintinueve de mayo de dos mil doce, ante la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa, en el Distrito Federal, **********, por conducto de **********, quien acreditó tener el carácter de apoderado de la referida persona jurídica1, demandó el amparo y la protección de la Justicia Federal, en contra de las autoridades y por los actos que a continuación se precisan:


Autoridades Responsables:


  1. Congreso de la Unión, a través de sus dos Cámaras.


  1. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos.


  1. Secretario de Gobernación.


  1. Director del Diario Oficial de la Federación.


  1. Presidente de la Comisión Federal de Competencia.


  1. Pleno de la Comisión Federal de Competencia.


Actos reclamados:


  1. Del Congreso de la Unión, a través de sus dos Cámaras, reclamó la aprobación y expedición del Decreto por el cual se aprueba la Ley Federal de Competencia Económica, específicamente por lo que hace a los artículos 3o. y 9o. del mencionado ordenamiento.


  1. De las autoridades 2, 3 y 4, reclamó, en el ámbito de sus respectivas competencias, la promulgación, orden de publicación, refrendo y publicación, del Decreto por el que cual se aprueba la Ley Federal de Competencia Económica, específicamente por lo que hace a los artículos 3o. y 9o. del mencionado ordenamiento.


  1. De la autoridad 5, reclamó, la emisión del oficio de Probable Responsabilidad en el expediente **********.


  1. De la autoridad 6, reclamó, la Resolución de veinticinco de abril de dos mil doce, mediante la cual se resolvió el recurso de reconsideración identificado con el número de expediente ********** y sus acumulados, interpuesto en contra de la diversa de uno de diciembre de dos mil once, emitida por la misma responsable en el expediente **********.


Garantías individuales violadas. Se invocaron como preceptos constitucionales que contienen las garantías que la quejosa estimó violadas, los artículos 5, 14, 16, 17 y 28, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Narró los antecedentes del caso; precisó que no existe tercero perjudicado. También fueron formulados los conceptos de violación que se estimaron pertinentes.2


SEGUNDO. Admisión, trámite y resolución del amparo. Correspondió conocer del asunto al Juzgado Decimoprimero de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, cuyo titular admitió a trámite la demanda de amparo, mediante proveído de ocho de junio de dos mil doce, en el que ordenó su registro bajo el expediente número **********; señaló día y hora para celebrar la audiencia constitucional, solicitó a las autoridades responsables sus respectivos informes justificados y dio intervención al Agente del Ministerio Público de la Federación de la adscripción.3


El veintiséis de octubre de dos mil doce fue celebrada la audiencia constitucional y la sentencia correspondiente, fue terminada de engrosar el veinticinco de enero de dos mil trece, a través de ella, el Secretario del Juzgado Decimoprimero de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, en funciones de Juez de Distrito, resolvió por un lado, sobreseer en el juicio de amparo respecto del oficio de diecisiete de julio de dos mil nueve, en el cual se determina la probable responsabilidad de la quejosa en el expediente **********; por otro, negar el amparo respecto de los artículos 3o. y 9o. de la Ley Federal de Competencia Económica; y, por último, conceder el amparo para el efecto de que el Pleno de la Comisión Federal de Competencia deje sin efectos la resolución de veinticinco de abril de dos mil doce, dictada en el recurso de reconsideración interpuesto por la quejosa contra la resolución de uno de diciembre de dos mil once, y emita una nueva, en la que analice en forma exhaustiva y congruente los agravios formulados por la quejosa y, con plenitud de jurisdicción, resuelva lo que en derecho proceda.4


TERCERO. Interposición de los recursos de revisión por la quejosa y por la autoridad responsable. Inconforme con la resolución anterior, la quejosa, a través de su apoderado, **********, interpuso recurso de revisión, mediante escrito que presentó el catorce de febrero de dos mil trece, ante el Juzgado Decimoprimero de Distrito en Materia Administrativa, en el Distrito Federal.5


Asimismo, a través del escrito presentado el dieciocho de febrero de dos mil trece, ante la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa, en el Distrito Federal, **********, delegado en términos del artículo 19 de la Ley de Amparo, del Pleno de la Comisión Federal de Competencia, en su carácter de autoridad responsable, interpuso recurso de revisión.


En cumplimiento a lo ordenado en los acuerdos de quince y veinte de febrero de dos mil trece, mediante oficio de veintisiete del mismo mes y año, el Secretario del Juzgado Decimoprimero de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, en funciones de Juez de Distrito, remitió los autos del juicio al Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito en turno, al encontrarse debidamente integrado el expediente y para la substanciación de los recursos hechos valer.


CUARTO. Trámite de los recursos de revisión ante el Tribunal Colegiado. De los citados recursos tocó conocer al Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, cuya Magistrada Presidenta dictó auto de seis de marzo de dos mil trece, en el que admitió los recursos de revisión interpuestos y los registró bajo el toca número **********.6


Seguidos los trámites correspondientes, en sesión de treinta y uno de diciembre de dos mil trece, el aludido Tribunal Colegiado dictó resolución en la que, por un lado, en la materia de su competencia confirmó la sentencia recurrida; por otro, sobreseyó en el juicio de amparo respecto del oficio de probable responsabilidad de diecisiete de julio de dos mil nueve, emitido en el expediente **********, al determinar una causal de improcedencia diversa de la examinada en la sentencia de primer grado; y finalmente, se declaró incompetente para conocer sobre el tema de constitucionalidad de leyes planteado, por lo que remitió los autos del juicio de amparo a esta Suprema Corte de Justicia de la Nación.7


QUINTO. Trámite del amparo en revisión ante esta Suprema Corte de Justicia de la Nación. En auto de seis de febrero de dos mil catorce, el Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, acordó asumir la competencia originaria para que este Alto Tribunal conociera de los recursos de revisión interpuestos; asimismo, se ordenó turnar el asunto al Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, y enviar los autos a la Primera Sala a la que se encuentra adscrito, a fin de que, como Presidente de ésta, dictara el acuerdo de radicación respectivo.


Finalmente, ordenó la notificación correspondiente a las autoridades responsables y al Procurador General de la República, para los efectos legales conducentes.8


SEXTO. Avocamiento. Posteriormente, el P. de esta Primera Sala, mediante acuerdo de catorce de febrero de dos mil catorce, dispuso que la misma se avocara al conocimiento del presente asunto, y ordenó devolver los autos a su Ponencia, a fin de que formulara el proyecto de resolución correspondiente y se diera cuenta de él a esta Primera Sala.



C O N S I D E R A N D O:



PRIMERO. Competencia. Esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, es legalmente competente para conocer del presente recurso de revisión, en términos de lo dispuesto por los artículos 107, fracción VIII, inciso a) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 84, fracción II de la abrogada Ley de Amparo, en relación con el Tercero Transitorio de la nueva Ley...

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