Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 09-01-2019 (REVISIÓN ADMINISTRATIVA 227/2015)

Sentido del fallo09/01/2019 • ES FUNDADO EL RECURSO DE REVISIÓN ADMINISTRATIVA.
Tipo de AsuntoREVISIÓN ADMINISTRATIVA
Fecha09 Enero 2019
EmisorSEGUNDA SALA
Número de expediente227/2015
REVISIÓN ADMINISTRATIVA 8/99

REVISIÓN ADMINISTRATIVA 227/2015




REVISIÓN ADMINISTRATIVA 227/2015


REcurrENTE: **********



MINISTRA MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS


SECRETARIo ALFREDO VILLEDA AYALA



Vo.Bo.

MINISTRA


Ciudad de México. Acuerdo de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al día nueve de enero de dos mil diecinueve.


Cotejó:


VISTOS Y RESULTANDO


ÚNICO. Interposición y trámite ante este Alto Tribunal.

Interposición

6 de noviembre de 2015

**********, interpuso revisión administrativa ante la Oficialía de Partes y Certificación del edificio sede del Consejo de la Judicatura Federal, en contra de los siguientes actos:

  • El Acuerdo 9/2015 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal;

  • La Convocatoria a los Seis Concursos Internos de Oposición para la Designación de Jueces de Distrito Especializados en el Nuevo Proceso Penal Acusatorio, sede Ciudad de México, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de mayo de 2015;

  • La evaluación de su caso práctico, examen oral y factores de evaluación judicial;

  • La lista de vencedores del certamen, en la que no fue incluida; y

  • El concentrado de calificaciones finales.

Admisión

24 de noviembre de 2015

Se admitió a trámite la revisión administrativa, se registró con el número 227/2015 y se tuvo por rendido el informe del Consejo de la Judicatura Federal, con el que se dio vista a la recurrente; asimismo, se requirió al citado Consejo para que remitiera diversas pruebas relacionadas con el caso práctico, examen oral, factores de evaluación judicial y concentrados de calificaciones.

Por otra parte, se requirió a la recurrente para que exhibiera 80 discos compactos y una memoria USB, a fin de que le fuera grabada la información solicitada al Consejo.

Finalmente, el asunto se turnó a la Ministra M.B.L.R..

8 de febrero de 2016

El Tribunal Pleno de este Alto Tribunal, determinó la creación de la “Comisión 82”, a cargo de la Ministra M.B.L.R., relativa a las revisiones administrativas en las que se impugnara, entre otras, la segunda etapa de uno de los Seis Concursos Internos de Oposición para la Designación de Jueces de Distrito en el Nuevo Proceso Penal Acusatorio, convocatoria mayo, y acordó que las labores de la citada Comisión consistirían en presentar al Tribunal Pleno los proyectos para establecer los criterios conforme a los cuales las Salas resolverían las revisiones administrativas restantes.

Recepción de pruebas

9 de mayo de 2016

Se tuvieron por exhibidos los medios de prueba remitidos por el Consejo de la Judicatura mediante oficio **********, relacionados con los ejercicios 1 y 2 del caso práctico en los seis concursos (talones de identificación, tarjetas, actas de calificaciones, boletas y dictámenes de evaluación), examen oral (acta circunstanciada de su desarrollo, acuses de recibo de calificación y boletas de evaluación), factores de evaluación judicial (actas de cálculo respectivas) y el concentrado de calificaciones del concurso, así como el expediente personal de la recurrente, con los que se ordenó darle vista.

Por otra parte, se tuvo a la recurrente exhibiendo 80 discos compactos y una memoria USB y se ordenó expedirle copias de las videograbaciones que sirvieron para resolver los casos prácticos, así como las videograbaciones de los exámenes orales, afectas a la diversa revisión administrativa 215/2015, y de diversas documentales que fueron digitalizadas en formatos PDF y TIF.

28 de mayo de 2016

Se notificó personalmente a la recurrente el auto de 9 de mayo de 2016.

30 de mayo de 2016

La recurrente compareció ante este Alto Tribunal a recoger los discos compactos y la memoria USB que contienen los medios probatorios remitidos por el Consejo de la Judicatura Federal.

31 de mayo de 2016

Mediante escrito de esta fecha, la recurrente precisó que, en relación con la vista ordenada en auto de 9 de mayo de 2016, no se adjuntó la copia certificada del acta de los factores de evaluación judicial de **********, ni la constancia de dicha participante relativa al “Taller de habilidades básicas de litigación penal”; asimismo, específico que: “no se encuentran grabados en el disco compacto […] los formatos de evaluación del caso práctico ejercicio 2, correspondientes a los folios **********, **********, **********, **********, **********, **********, **********, **********, ********** (la recurrente) y ********** […] Tampoco se encuentran los formatos de referencia, agregados al expediente en forma impresa, para que la suscrita tuviera conocimiento de su contenido y así, pudiera subsanarse la omisión de su grabación en el disco mencionado.”; derivado de lo anterior, se reservó el derecho a ampliar sus agravios al respecto.

Primera ampliación

2 de junio de 2016

La recurrente presentó su primera ampliación de agravios, con motivo de la notificación del auto de 9 de mayo de 2016.

Admisión de la primera ampliación

9 de agosto de 2016

Se requirió al Consejo de la Judicatura Federal para que exhibiera los medios de prueba a que se refiere la recurrente en su escrito de 31 de mayo de 2016.

Por otra parte, se tuvo por admitida la primera ampliación de agravios y se requirió al citado Consejo el informe relativo; asimismo, se admitieron diversas pruebas ofrecidas por la recurrente.

Informe de la primera ampliación y recepción de pruebas

17 de octubre de 2016

Se tuvo por rendido el informe del Consejo de la Judicatura Federal relacionado con la primera ampliación y por exhibidos los medios probatorios que remitió mediante oficio **********, relacionados con los ejercicios 1 y 2 del caso práctico en los seis concursos (acta de calificaciones, boletas y dictámenes de evaluación), examen oral (acta circunstanciada de su desarrollo con calificaciones, acuses de recibo de calificación y boletas de evaluación), factores de evaluación judicial (acuses de recibo y actas de evaluación); y el acuse de recibo y el acta de evaluación de los factores de evaluación judicial de **********, con los que se ordenó dar vista a la recurrente.

10 de noviembre de 2016

Se notificó personalmente a la recurrente el auto de 17 de octubre de 2016.

14 de noviembre de 2016

La recurrente compareció ante este Alto Tribunal a recoger el disco compacto en el que fue grabada la información remitida por el Consejo de la Judicatura Federal, relacionada con el oficio **********.

15 de noviembre de 2016

Mediante escrito de esta fecha, la recurrente precisó que, en relación con la vista ordenada en auto de 17 de octubre de 2016, que no se adjuntó la constancia de **********, relativa al “Taller de habilidades básicas de litigación penal”, por lo que se reservó el derecho a ampliar sus agravios al respecto.

Segunda ampliación

18 de noviembre de 2016

La recurrente presentó su segunda ampliación de agravios, con motivo de la notificación del auto de 17 de octubre de 2016 y las pruebas remitidas por el Consejo relacionadas con el oficio **********.

Al respecto, la recurrente especificó lo siguiente: “[…] esta ampliación de agravios se justifica en razón de que en mi promoción presentado el treinta y uno de mayo de dos mil dieciséis […], reservé mi derecho a ampliar mi recurso y por tanto expresar agravios, hasta en tanto se me diera vista con los formatos de evaluación del caso práctico...

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