Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 09-08-2018 (SOLICITUD DE EJERCICIO DE LA FACULTAD DE ATRACCIÓN 306/2018)
Sentido del fallo | 09/08/2018 • LA SEGUNDA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN EJERCE LA FACULTAD DE ATRACCIÓN. • REMÍTANSE LOS AUTOS A LA SUBSECRETARÍA GENERAL DE ACUERDOS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. |
Emisor | SEGUNDA SALA |
Tipo de Asunto | SOLICITUD DE EJERCICIO DE LA FACULTAD DE ATRACCIÓN |
Número de expediente | 306/2018 |
Fecha | 09 Agosto 2018 |
Sentencia en primera instancia | JUZGADO QUINTO DE DISTRITO EN MATERIA DE AMPARO Y JUICIOS FEDERALES EN EL ESTADO DE MÉXICO (EXP. ORIGEN: JA.- 771/2015),CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO (EXP. ORIGEN: AR.- 346/2017 RELACIONADO CON LA QUEJA.- 175/2017)) |
SOLICITUD DE EJERCICIO DE LA FACULTAD DE ATRACCIÓN 306/2018
SOLICITANTE: CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO
MINISTRA M.B. LUNA RAMOS
SECRETARIO ALFREDO VILLEDA AYALA
Ciudad de México. Acuerdo de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al nueve de agosto de dos mil dieciocho.
Vo.Bo.
VISTOS Y RESULTANDO
Cotejó
PRIMERO. Datos de la demanda de amparo indirecto necesarios para la resolución del asunto.
Quejosos |
********** |
Fecha de presentación |
21 de mayo de 2015. |
Autoridades responsables y actos reclamados |
|
Órgano de amparo |
Juez Quinto de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México. |
Admisión |
25 de mayo de 2015. |
Número de amparo indirecto |
**********. |
Resolución |
8 de septiembre de 2016. |
Puntos resolutivos |
“PRIMERO. Se sobresee en el presente juicio de amparo promovido por **********, en favor de la comunidad indígena “**********”, Municipio de L., Estado de México, contra los actos y autoridades que precisados quedaron en el considerando tercero, inciso A), primera parte, y considerando quinto, numerales 1, 2 y 3, última parte, por los motivos expuestos en los mismos.
SEGUNDO. La Justicia de la Unión ampara y protege a la comunidad indígena ‘**********’, Municipio de L., Estado de México, a través de los comparecientes **********, contra los actos y autoridades materia de pronunciamiento en el considerando séptimo y para los efectos acotados en el considerando octavo de la presente sentencia.” |
SEGUNDO. Trámite del recurso de revisión.
Recurrentes |
**********, por propio derecho y como representante común de los quejosos; el organismo público descentralizado Sistema de Autopistas, Aeropuertos, Servicios Conexos y A. del Estado de México, a través de su apoderado; y por el D. General de la Propiedad Rural y D. General de Ordenamiento Territorial y Atención de Z. en Riesgo. |
Tribunal Colegiado del conocimiento |
Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito. |
Admisión |
14 de julio de 2017. |
Número de toca |
**********. |
Resolución |
26 de abril de 2018. |
TERCERO. Trámite ante este Alto Tribunal.
Solicitante |
Tribunal Colegiado del conocimiento. |
Expediente formado |
Solicitud de ejercicio de la facultad de atracción. |
Admisión y turno |
21 de mayo de 2018. |
Número de expediente |
306/2018. |
Motivo de admisión |
Esencialmente, porque el Tribunal Colegiado del conocimiento consideró que no existe criterio de este Alto Tribunal, en el que se determine cómo debe procederse en los casos en que con motivo de la construcción iniciada o avanzada de una obra pública autorizada mediante concesión, derivada de un procedimiento de licitación, a determinada empresa, se actualice alguna violación a los derechos fundamentales de los pueblos indígenas constitucionalmente... |
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