Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 15-02-2017 (AMPARO EN REVISIÓN 604/2016)

Sentido del fallo15/02/2017 • SE REVOCA LA SENTENCIA RECURRIDA. • SE DEVUELVEN LOS AUTOS AL JUEZ DE DISTRITO DEL CONOCIMIENTO.
EmisorSEGUNDA SALA
Tipo de AsuntoAMPARO EN REVISIÓN
Número de expediente604/2016
Fecha15 Febrero 2017
Sentencia en primera instanciaJUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA (EXP. ORIGEN: J.A. 698/2013),SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO QUINTO CIRCUITO (EXP. ORIGEN: A.R. 53/2014))
JUICIO ORDINARIO CIVIL FEDERAL 1/2000

aRectangle 2 mparo en revisión 604/2016

AMPARO EN REVISIÓN 604/2016.
QUEJOSA Y RECURRENTE: SECOMEX SUESA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE.



PONENTE: MINISTRO JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS.
SECRETARIA: S.V. ALEMÁN.

COlABORÓ: tania lara marroquín.


Vo.Bo.


Ciudad de México. Acuerdo de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al día quince de febrero de dos mil diecisiete.



V I S T O S; y

R E S U L T A N D O:


Cotejó:


PRIMERO. Por escrito presentado el seis de noviembre de dos mil trece, en la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en el Estado de Baja California, Secomex Suesa, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, por conducto de su representante legal C.R.C., solicitó el amparo y protección de la Justicia Federal contra las siguientes autoridades y actos:1


EN SU CARÁCTER DE ORDENADORAS Y EJECUTORAS:


  1. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos.

  2. Cámara de Diputados.

  3. Cámara de Senadores.

  4. Secretario de Gobernación

  5. Director del Diario Oficial de la Federación.

  6. Secretario de Economía.

  7. Sub-secretario de Normatividad, Inversión Extranjera y Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía.

  8. Secretario de Hacienda y Crédito Público.

  9. Juez Primero de Distrito en el Estado de Baja California.

  10. Juez Segundo de Distrito en el Estado de Baja California.

  11. Juez Duodécimo de Distrito del Estado de Baja California.

  12. Juez Decimocuarto de Distrito en el Estado de Baja California.

  13. Juez Decimoquinto de Distrito en el Estado de Baja California.

  14. Jefe del Servicio de Administración Tributaria

  15. Administrador General de Aduanas.

  16. Administrador Central de Operación Aduanera.

  17. Administrador Central de Operación Aduanera “1”.

  18. Administrador Central de Operación Aduanera “2”.

  19. Administrador Central de Operación Aduanera “3”.

  20. Administrador Central de Operación Aduanera “4”.

  21. Administrador Central de Operación Aduanera “5”.

  22. Administrador Central de Operación Aduanera “6”.

  23. Administrador Central de Operación Aduanera “7”.

  24. Administrador Central de Normatividad Aduanera.

  25. Administrador Central de Normatividad Aduanera “1”.

  26. Administrador Central de Normatividad Aduanera “2”.

  27. Administrador Central de Normatividad Aduanera “3”.

  28. Administrador Central de Normatividad Aduanera “4”.

  29. Administrador Central de Normatividad Aduanera “5”.

  30. Administrador Central de Normatividad Aduanera “6”.

  31. Administrador Central de Normatividad Aduanera “7”.

  32. Administrador Central de Normatividad Aduanera “8”.

  33. Administrador Central de Normatividad Aduanera “9”.

  34. Administrador General de Auditoría de Comercio Exterior.

  35. Administrador Central de Investigación y Análisis de Comercio Exterior.

  36. Administrador de Investigación y Análisis de Comercio Exterior “1”.

  37. Administrador de Investigación y Análisis de Comercio Exterior “2”.

  38. Administrador de Investigación y Análisis de Comercio Exterior “3”.

  39. Administrador de Investigación y Análisis de Comercio Exterior “4”.

  40. Administrador de Investigación y Análisis de Comercio Exterior “5”.

  41. Administrador Central de Operaciones Especiales de Comercio Exterior.

  42. Administrador Central de Operaciones Especiales de Comercio Exterior “1”.

  43. Administrador Central de Operaciones Especiales de Comercio Exterior “2”.

  44. Administrador Central de Operaciones Especiales de Comercio Exterior “3”.

  45. Administrador Central de Operaciones Especiales de Comercio Exterior “4”.

  46. Administrador Central de Operaciones Especiales de Comercio Exterior “5”.

  47. Administrador Central de Operaciones Especiales de Comercio Exterior “6”.

  48. Administrador de Auditoría de Operaciones de Comercio Exterior “1”.

  49. Administrador de Auditoría de Operaciones de Comercio Exterior “2”.

  50. Administrador de Auditoría de Operaciones de Comercio Exterior “3”.

  51. Administrador de Auditoría de Operaciones de Comercio Exterior “4”.

  52. Administrador de Auditoría de Operaciones de Comercio Exterior “5”.

  53. Administrador de Auditoría de Operaciones de Comercio Exterior “6”.

  54. Administrador General de Auditoría Fiscal Federal.

  55. Administrador Central de Planeación y Programación de Comercio Exterior, dependiente de la Administración General de Comercio Exterior.

  56. Administrador Central de Amparo e Instancias Judiciales.

  57. Administrador de Amparo e Instancias Judiciales “1”.

  58. Administrador de Amparo e Instancias Judiciales “2”.

  59. Administrador de A. e Instancias Judiciales “3”.

  60. Administrador de Amparo e Instancias Judiciales “4”.

  61. Administrador de Amparo e Instancias Judiciales “5”.

  62. Administrador Central de Identificación del Contribuyente de la AGSC.

  63. Administrador de Identificación del Contribuyente “1”.

  64. Administrador de Identificación del Contribuyente “2”.

  65. Administrador de Identificación del Contribuyente “3”.

  66. Administrador de Identificación del Contribuyente “4”.

  67. Administrador de la Aduana de Mexicali, Baja California.

  68. Administrador de la Aduana de L.C., Michoacán.

  69. Administrador de la Aduana de Manzanillo, Colima.

  70. Administrador de la Aduana de Reynosa, Tamaulipas.

  71. Administrador de la Aduana de Nuevo Laredo, Tamaulipas.

  72. Administrador de la Aduana de Tijuana, Baja California.

  73. Administrador de la Aduana de San Luis Río Colorado, Sonora.

  74. Administrador de la Aduana de C.J., C..

  75. Administrador de la Aduana de Nogales, Sonora.

  76. Administrador de la Aduana de Sonoyta, Sonora.

  77. Administrador de la Aduana de Agua Prieta, Sonora.

  78. Administrador de la Aduana de Naco, Sonora.

  79. Administrador de la Aduana de Puerto Ojinaga, C..

  80. Administrador de la Aduana de Tecate, Baja California.

  81. Administrador de la Aduana de Puerto Palomas, C..

  82. Administrador de la Aduana de Piedras Negras, Coahuila.

  83. Administrador de la Aduana de Veracruz, Veracruz.

  84. Administrador de la Aduana de Mazatlán, S..

  85. Administrador de la Aduana de Toluca, Estado de México.

  86. Administrador de la Aduana de México (Pataco), Distrito Federal.

  87. Secretario de Comunicaciones y Transportes, con sede en la ciudad de México.

  88. Director General del Centro de la Secretaría de Comunicaciones y Transporte en el Estado de Baja California.

  89. Director General del Centro de la Secretaría de Comunicaciones y Transporte en el Estado de Sonora.

  90. Director General del Centro de la Secretaría de Comunicaciones y Transporte en el Estado de Chihuahua.

  91. Director General del Centro de la Secretaría de Comunicaciones y Transporte en el Estado de Coahuila.

  92. Director General del Centro de la Secretaría de Comunicaciones y Transporte en el Estado de Guerrero.

  93. Director General del Centro de la Secretaría de Comunicaciones y Transporte en el Estado de Michoacán.

  94. Director General del Centro de la Secretaría de Comunicaciones y Transporte en el Estado de Nuevo León.

  95. Director General del Centro de la Secretaría de Comunicaciones y Transporte en el Estado de Tamaulipas.

  96. Director General de Autotransporte Federal dependiente de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.


ACTOS RECLAMADOS:


DE TODAS LAS AUTORIDADES TANTO DE ORDENADORAS COMO EJECUTORAS:


1.- Se reclama la violación por inobservancia y falta de aplicación de las disposiciones establecidas en el Código de Valoración Aduanera, emitido por la Organización Mundial de Comercio; así como la falta de fundamentos y causa jurídica para exigir mayores requisitos para la aplicación del valor transacción de mercancías que los establecidos en dichos Acuerdo Internacional.


Las violaciones reclamadas son en virtud de que las autoridades responsables impiden que mi representada realice la importación de productos de procedencia extranjera los cuales se clasifican arancelariamente en la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación, declarando como valor en aduana el precio real de las mercancías conocido como valor de transacción, no obstante que se trata del precio realmente pagado por las mercancías importadas y que existe prueba de la venta como lo es la factura comercial: que dicho valor incluye todos los gastos incrementables tales como: comisiones y gastos de corretaje, costos de venta o embalajes, gastos de transporte, etc: y que no existe vinculación entre el vendedor y comprador de dichos bienes.


2.- A su vez, se le reclama la ejecución de todos los Actos Decretos o Resoluciones dictadas y realizadas por las responsables que contravienen las disposiciones establecidas en el Código de Valoración Aduanera de la Organización Mundial del Comercio, en relación con el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT), para la aplicación del valor de transacción de mercancías, ya que se trata de actos que derivan de normas que resultan inconstitucionales y además son jerárquicamente inferiores a dicho acuerdo...

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