Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 01-06-2011 (AMPARO EN REVISIÓN 386/2011)

Sentido del falloSE CONFIRMA LA SENTENCIA RECURRIDA, NIEGA EL AMPARO, SE RESERVA JURISDICCIÓN AL CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO QUINTO CIRCUITO.
Fecha01 Junio 2011
Sentencia en primera instanciaCUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO QUINTO CIRCUITO (EXP. ORIGEN: R.A. 505/2010)),JUZGADO CUARTO DE DISTRITO, EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA (EXP. ORIGEN: J.A. 309/2010-I)
Número de expediente386/2011
Tipo de AsuntoAMPARO EN REVISIÓN
EmisorPRIMERA SALA
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN: 1513/2009

AMPARO EN REVISIÓN 386/2011

AMPARO EN REVISIÓN 386/2011.

QUEJOsos: ********** y otro.



MINISTRO PONENTE: J. ramón cossÍO díaz.

SECRETARIO: R.L.C..



México, D. Federal. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la sesión correspondiente al día primero de junio de dos mil once, emite la siguiente:


S E N T E N C I A


mediante la que se resuelven los autos relativos al amparo en revisión 386/2011, interpuesto por el representante legal de ********** y **********, en contra de la sentencia dictada por la titular del Juzgado Cuarto de D. en el Estado de Baja California, en el juicio de amparo **********.


I. ANTECEDENTES.


De la revisión efectuada a las constancias de autos, destacan los siguientes hechos.


1. El veintidós de julio de dos mil tres, **********, en calidad de asociante, celebró un contrato de asociación en participación con la empresa denominada **********, como asociada.


En dicho documento, ********** manifestó haber adquirido las fracciones “**********”, “**********” y “**********” del predio denominado “**********”, localizado al noreste de la ciudad de Tijuana, Baja California, inscritas en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio con las partidas **********, sección civil, **********, sección civil, y **********, sección civil, respectivamente, mediante diversos contratos privados de compraventa celebrados el veintiuno de junio de dos mil dos con los señores **********, ********** y **********, todos de apellidos **********.


En virtud del contrato de asociación en participación, el asociante se obligó a aportar las fracciones de terreno mencionadas con anterioridad, poniéndolas en posesión física y jurídica de la empresa **********, quien, a su vez, se obligó a aportar el capital necesario para la construcción de viviendas en dicho predio.


2. El catorce de diciembre de dos mil nueve, el apoderado legal de la empresa ********** demandó en la vía ordinaria mercantil, la acción de otorgamiento de contrato en contra de **********, para que éste transmitiera en propiedad a la parte actora la escritura pública de las fracciones del predio antes citado, a título de aportación. Asimismo, demandó la acción oblicua, para poder ejercer, en sustitución de la parte demandada, la acción de otorgamiento de contrato de compraventa en contra de **********, ********** y **********, todos de apellidos **********, por los mismos terrenos ya mencionados.


Consecuentemente, la parte actora solicitó al órgano jurisdiccional girar un oficio dirigido al Registrador Público de la Propiedad y del Comercio de Tijuana, Baja California, para que procediera a inscribir, preventivamente, la demanda al margen de las partidas **********, sección civil, **********, sección civil, y **********, sección civil, correspondientes a las fracciones “**********”, “**********” y “**********” del predio en cuestión.


3. Una vez admitida la demanda y formado el expediente respectivo, registrado con el número **********, el veintiuno de mayo de dos mil diez, el Juez Cuarto de lo Civil del Partido Judicial de Tijuana —órgano al que tocó conocer del juicio ordinario mercantil— giró un oficio al Registrador Público de la Propiedad y del Comercio, para que en términos de lo dispuesto por los artículos 3043, fracción I, y 3044 del Código Civil Federal, aplicado supletoriamente al Código de Comercio, procediera a inscribir al margen de las partidas correspondientes, la demanda ordinaria mercantil.


4. En contra del dicho acto, ********** y ********** interpusieron una demanda de amparo indirecto.


II. TRÁMITE.


1. Demanda de amparo. ********** y ********** presentaron un escrito ante la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de D. en el Estado de Baja California, con residencia en Tijuana, el quince de junio de dos mil diez, mediante el cual solicitaron el amparo y protección de la Justicia Federal en contra de las autoridades y por los actos que a continuación se precisan:


AUTORIDADES RESPONSABLES:


  1. El C. Juez Cuarto de lo Civil del Partido Judicial de Tijuana, con domicilio conocido en la ciudad de Tijuana, Baja California (ordenadora).

  2. El C. Presidente de la República Mexicana, con domicilio conocido en la Ciudad de México, D. Federal.

  3. El H. Congreso de la Unión, constituido por la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores con domicilio en la Ciudad de México, D. Federal (ordenadora).

  4. El S. de Gobernación con domicilio conocido en la Ciudad de México, D. Federal (ordenadora).

  5. El Registrador Público de la Propiedad y de Comercio con domicilio en la ciudad de Tijuana, Baja California (ejecutora).


ACTOS RECLAMADOS:


  1. Al C. Juez Cuarto de lo Civil del Partido Judicial de Tijuana le reclamaron la resolución de fecha veintiuno de mayo de dos mil diez, dictada en el expediente **********, por medio de la cual ordenó girar un oficio al Registrador Público de la Propiedad y Comercio de Tijuana, Baja California, para que inscribiera de forma preventiva la demanda ordinaria mercantil en las partidas **********, sección civil, **********, sección civil, y **********, sección civil. Lo anterior, no obstante la oposición fundada que realizaron al dar contestación a la demanda, misma que no fue atendida por el Juzgador y, además, sin que exista una sentencia que condene a soportar las anotaciones decretadas ni fijación de garantía alguna para resarcir los daños que con tal acción se pudieran generar en su perjuicio.

  2. Al Registrador Público de la Propiedad y Comercio de Tijuana, Baja California, reclamaron la ejecución del auto de fecha veintiuno de mayo de dos mil diez, por medio de la cual pretende inscribir en forma preventiva la demanda del expediente **********, del Juzgado Cuarto de lo Civil del Partido Judicial de Tijuana.

  3. Al C. Presidente de la República Mexicana, al H. Congreso de la Unión y al S. de Gobernación reclamaron la expedición, aprobación, promulgación y vigencia de los artículos 3043 y 3044 del Código Civil Federal, que autorizan hacer inscripciones preventivas de demanda y perjudican derechos de propiedad, mismos que violan la garantía de audiencia y, por lo tanto, contravienen el artículo 14 constitucional.


De un análisis integral de la demanda de garantías, se observa que la quejosa señaló como garantías violadas en su perjuicio, las contenidas en los artículos 14, 16 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, narró los antecedentes de los actos reclamados y expresó los conceptos de violación que estimó pertinentes1.


2. Resolución del juicio de amparo. Por razón de turno tocó conocer de la demanda de amparo a la Juez Cuarto de D. en el Estado de Baja California quien mediante un proveído de dieciséis de junio de dos mil diez, admitió a trámite la demanda, registrándola con el número **********2.


Seguidos los trámites procesales correspondientes, la Juez de D. celebró la audiencia constitucional, lo cual tuvo verificativo el diecinueve de agosto de dos mil diez y dictó sentencia, terminada de engrosar el veinticuatro de agosto siguiente, en el sentido de negar el amparo y protección de la Justicia de la Unión a ********** y **********, en contra de los actos reclamados de las autoridades responsables mencionadas con anterioridad3.


3. Interposición del recurso de revisión. Inconforme con la anterior resolución, mediante escrito presentado el ocho de septiembre de dos mil diez, **********, en su carácter de representante legal de la parte quejosa, interpuso recurso de revisión.


Mediante un acuerdo del día nueve de septiembre siguiente, la Juez de D. le dio trámite y ordenó la remisión de los autos al Tribunal Colegiado de Decimoquinto Circuito en turno, para su substanciación.


4. Trámite y resolución del recurso de revisión ante el Tribunal Colegiado. De dicho recurso correspondió conocer al Cuarto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito, el cual, mediante un acuerdo de ocho de noviembre de dos mil diez, firmado por el Presidente de dicho órgano jurisdiccional, admitió el recurso, ordenando formar y registrar el expediente con el número A. R. **********4.


El día catorce de abril de dos mil once, dicho Tribunal Colegiado de Circuito dictó una sentencia en la cual resolvió dejar a salvo la jurisdicción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que, si así lo estimara conveniente, conociera del recurso de revisión interpuesto por la parte quejosa, ahora recurrente, ********** y **********, en contra de la negativa de amparo respecto de los actos reclamados a las autoridades responsables, consistentes en su participación en el proceso legislativo que culminó con la expedición de los artículos 3043 y 3044 del Código Civil Federal, así como en su aplicación5.


5. Trámite del amparo en revisión ante este Alto Tribunal. Por medio de un auto de veintisiete de abril de dos mil once, el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que ésta asumiera su competencia originaria para conocer del recurso de revisión hecho valer por la parte quejosa, lo registró con el...

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