Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 09-09-2014 (ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 17/2014)

Sentido del fallo09/09/2014 PRIMERO. Es procedente pero infundada la presente acción de inconstitucionalidad. SEGUNDO. Se reconoce la validez del artículo 35, primer párrafo, numeral 6, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero. TERCERO. Publíquese esta resolución en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
Número de expediente17/2014
Sentencia en primera instancia )
Fecha09 Septiembre 2014
Tipo de AsuntoACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD
EmisorPLENO
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