Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 31-10-2008 (REVISIÓN ADMINISTRATIVA 35/2008)
Sentido del fallo | PRIMERO. Es fundado el presente recurso de revisión administrativa a que este expediente se refiere. SEGUNDO. Para los efectos precisados en la parte final del último considerando de esta resolución se declara la nulidad de la determinación del Consejo de la Judicatura Federal en cuanto a la calificación mínima para pasar a la siguiente etapa del ********** Concurso Interno de Oposición para la Designación de Magistrados de Circuito. |
Número de expediente | 35/2008 |
Sentencia en primera instancia | ) |
Fecha | 31 Octubre 2008 |
Tipo de Asunto | REVISIÓN ADMINISTRATIVA |
Emisor | PLENO |
REVISIÓN ADMINISTRATIVA 35/2008.
revisión administrativa 35/2008.
promovente: **********.
MINISTRO PONENTE: gENaro david góngora pimentel.
SECRETARIo: javier A. viñas.
Visto Bueno
Sr. Ministro:
México, Distrito Federal. Acuerdo del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al veinte de octubre de dos mil ocho.
V I S T O S; y,
R E S U L T A N D O:
Cotejó:
PRIMERO. Interposición del recurso. **********, Juez de Distrito adscrito al **********, participante en el Decimocuarto Concurso Interno de Oposición para la Designación de Magistrados de Circuito, mediante escrito de seis de mayo de dos mil ocho, recibido en esa fecha en la Secretaría Ejecutiva del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, interpuso recurso de revisión administrativa en contra de los actos que enseguida se indican:
“Designación de Magistrados de Circuito efectuada por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión de **********, como resultado del ********** Concurso Interno de Oposición para la Designación de Magistrados de Circuito, según lista de vencedores publicada en el Diario Oficial de la Federación el **********, en términos de la convocatoria publicada en el propio Diario Oficial de la Federación, el **********, en cuanto no fui designado, con motivo de las violaciones que se dieron en las etapas primera, segunda y cuarta del referido concurso.”
Como antecedentes relevantes del caso, el recurrente señala que con motivo de la convocatoria al ********** Concurso Interno de Oposición para la Designación de Magistrados de Circuito, para cubrir diez plazas de esa categoría de la carrera judicial, el **********, se inscribió asignándosele el folio ********** y fue aceptado según lista publicada el **********, en el Diario Oficial de la Federación.
Participó en la primera etapa del concurso bajo el código de barras **********, en la cual obtuvo una calificación de 98 (noventa y ocho puntos) razón por la cual pasó a la segunda etapa según lista publicada el **********, en el citado medio de difusión oficial, en la que se incluyeron a los treinta y cinco participantes con las más altas calificaciones; en la segunda etapa, le correspondió la mesa ********** obteniendo la calificación de 70 (setenta) puntos, lo que permitió su pase a la siguiente etapa; en la tercera etapa, relativa al examen oral, obtuvo una calificación de 100 (cien) puntos; y la cuarta etapa -en la que se evaluaron los factores al desempeño judicial- se llevó a cabo del ********** al **********; el ********** se publicó en el Diario Oficial de la Federación la lista de vencedores en el citado concurso y ese mismo día, pero en la página Web del Instituto de la Judicatura Federal, se divulgó el Concentrado de Calificaciones de los Participantes Finalistas, en la que aparece como único dato de identificación el folio de participación, ubicando al recurrente en el doceavo lugar.
En el capítulo de agravios expresó:
“La designación de Magistrados de Circuito como resultado del ********** Concurso Interno de Oposición para la Designación de Magistrados de Circuito, se hizo violando, en mi perjuicio, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y el Acuerdo General 31/2007 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, tal como lo demuestro a continuación.
PRIMERO.- Primera Etapa: C..
El artículo 21 del Acuerdo General 31/2007 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal establece que la calificación mínima para acceder a la segunda etapa del concurso será la que corresponda a 70 setenta puntos.
Por su parte, el artículo 22 del Acuerdo General en cita establece que, conforme a lo ordenado en el artículo 114, fracción II, párrafo segundo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, podrán pasar a la segunda etapa hasta cinco personas por cada una de las vacantes sujetas a concurso.
Los dispositivos antes citados, a la letra, dicen:
‘Artículo 114. Los concursos de oposición libre e internos de oposición para el ingreso a las categorías de magistrado de circuito y juez de distrito se sujetarán al siguiente procedimiento: …
II. Los aspirantes inscritos deberán resolver por escrito un cuestionario cuyo contenido versará sobre materias que se relacionen con la función de la plaza para la que se concursa.
De entre el número total de aspirantes sólo tendrán derecho a pasar a la siguiente etapa las cinco personas que por cada una de las vacantes sujetas a concurso hayan obtenido las más altas calificaciones;…’
‘Artículo 21. La calificación será obtenida de manera automatizada e inmediata, que se asignará dentro de una escala de 0 a 100. La mínima para acceder a la segunda etapa del concurso será la que corresponda a 70 puntos.
A fin de guardar la confidencialidad del concurso, el Instituto, al momento de recibir de cada participante la hoja de respuestas al cuestionario, a través de un lector óptico obtendrá la calificación correspondiente, que se dará a conocer en ese instante, mediante el número del código de barras, a todos los aspirantes y a quienes se encuentren presentes a través de pantallas o pizarrones electrónicos que se colocarán en el lugar en que se realice el examen.
Con el resultado del cuestionario el Instituto elaborará una lista que hará del conocimiento de la Comisión la que, a su vez, la someterá a consideración del Pleno para su aprobación; el Instituto, en sesión pública, a la que podrán asistir los participantes que lo deseen, con base en el código de barras de cada uno, dará a conocer quienes pasarán a la siguiente etapa, así como en la página web de dicho Instituto.’
‘Artículo 22. Conforme a lo ordenado en el artículo 114, fracción II, párrafo segundo, de la Ley, podrán pasar a la segunda etapa hasta 5 personas por cada una de las vacantes sujetas a concurso. Para ello, se deberá seleccionar, por orden descendente, a aquéllos que hubiesen obtenido las más altas calificaciones.
La calificación asignada a esta etapa será de 20 por ciento de la calificación final.’
Como se advierte, por un lado, se establece una calificación mínima para acceder a la segunda etapa y, por otro, se establece un tope máximo de participantes que pueden acceder a ella.
Luego, habiéndose convocado para cubrir diez plazas, de aquellos participantes que hubieran obtenido 70 (setenta) puntos o más, podían pasar a la segunda etapa hasta cincuenta.
Las calificaciones de todos los participantes correspondientes a la primera etapa, según se publicaron en la página web del Instituto de la Judicatura Federal, son las siguientes:
Código de Barras Calificación
1.- 3047 98
2.- 3017 86
3.- 3056 86
4.- 3039 86
5.- 3003 84
6.- 3033 82
7.- 3023 82
8.- 3019 82
9.- 3053 80
10.- 3027 80
11.- 3044 78
12.- 3011 78
13.- 3041 78
14.- 3042 78
15.- 3052 78
16.- 3025 78
17.- 3036 78
18.- 3040 76
19.- 3009 76
20.- 3057 76
21.- 3012 74
22.- 3002 72
23.- 3046 72
24.- 3013 72
25.- 3010 72
26.- 3014 72
27.- 3051 70
28.- 3043 68
29.- 3008 68
30.- 3029 68
31.- 3018 68
32.- 3034 68
33.- 3021 68
34.- 3016 68
35.- 3007 68
36.- 3054 66
37.- 3050 66
38.- 3048 66
39.- 3032 66
40.- 3058 64
4|1.- 3028 64
42.- 3004 64
43.- 3020 64
44.- 3024 64
45.- 3045 62
46.- 3022 60
47.- 3055 60
48.- 3049 60
49.- 3038 58
50.- 3037 58
51.- 3001 58
52.- 3015 58
53.- 3031 56
54.- 3026 54
55.- 3006 54
56.- 3035 52
57.- 3005 50
58.- 3030 36
De la lista de calificaciones obtenidas en la primera etapa por todos los participantes, se desprende que sólo veintisiete obtuvieron la calificación mínima requerida para acceder a la segunda etapa del concurso.
No obstante, en contra de lo dispuesto por el artículo 21 del Acuerdo General 31/2007 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión de seis de febrero de dos mil ocho, el mismo Pleno del Consejo de la Judicatura Federal determinó que los treinta y cinco participantes con las más altas calificaciones se presentaran a resolver el caso práctico correspondiente a la segunda etapa del concurso, tal como se señaló en el considerando quinto de la LISTA de los participantes que en el ********** Concurso Interno de Oposición para la Designación de Magistrados de Circuito, se presentarían a resolver el caso práctico correspondiente a la segunda etapa del concurso, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el **********.
Cito textual:
‘QUINTO.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 114, fracción II, párrafo segundo, de la Ley Orgánica en cita, y en el numeral 22, párrafo primero, del acuerdo general invocado, el Pleno del Consejo, en sesión de seis de febrero del presente año, determinó que los treinta y cinco participantes con las más altas...
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