Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 23-03-2011 (AMPARO EN REVISIÓN 186/2011)

Sentido del falloSE NIEGA EL AMPARO A LA QUEJOSA.
Número de expediente186/2011
Sentencia en primera instanciaDEL DÉCIMO TERCER CIRCUITO (EXP. ORIGEN: AR.-551/2010)),JUZGADO OCTAVO DE DISTRITO, EL ESTADO DE OAXACA (EXP. ORIGEN: JA.-171/2010)
Fecha23 Marzo 2011
Tipo de AsuntoAMPARO EN REVISIÓN
EmisorSEGUNDA SALA
JUICIO ORDINARIO CIVIL FEDERAL 1/2000

AMPARO EN REVISIÓN 186/2011.

AMPARO EN REVISIÓN 186/2011.

QUEJOSA: **********.

RECURRENTE: LA MISMA QUEJOSA.


PONENTE: MINISTRO sergio a. valLs hernández.

SECRETARIO: gustavo ruiz padilla.



México, Distrito Federal. Acuerdo de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al veintitrés de marzo de dos mil once.


Vo. Bo.

MINISTRO:


V I S T O S; Y,

R E S U L T A N D O:

COTEJÓ:


PRIMERO. Por escrito presentado el diez de febrero de dos mil diez, en la Oficina de Correspondencia Común de Juzgados de Distrito en el Estado de Oaxaca, con residencia en la misma ciudad, **********, por conducto de su representante, **********, solicitó el amparo y protección de la Justicia Federal, contra los actos y autoridades que a continuación se indican:


III. AUTORIDADES RESPONSABLES: --- 1. Como ordenadoras: --- a) El H. Congreso de la Unión, integrada (sic) por la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores. --- 2. Como ejecutoras: --- b) El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos. --- c) El C. Secretario de Gobernación. --- d) El C. Director del Diario Oficial de la Federación. --- e) El C. Secretario de Hacienda y Crédito Público. --- f) El C. Jefe del Servicio de Administración Tributaria. --- g) El C. Administrador Local de Recaudación de Oaxaca.”


IV. ACTOS RECLAMADOS: --- a) Del H. Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, integrada por la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores se reclama: --- ÚNICO. La discusión, aprobación y expedición del DECRETO QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES FISCALES DE LAS LEYES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DEL IMPUESTO A LOS DEPÓSITOS EN EFECTIVO, DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Y DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 07 de Diciembre de 2009, en vigor a partir del primero de enero de 2010. --- b) Del Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, se reclama: --- PRIMERO. La iniciativa, sanción, promulgación, expedición y orden de publicación del DECRETO QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES FISCALES DE LAS LEYES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DEL IMPUESTO A LOS DEPÓSITOS EN EFECTIVO, DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Y DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 07 de Diciembre de 2009, en vigor a partir del primero de enero de 2010. --- SEGUNDO. La aplicación por sí o por conducto de cualquier subordinado que bajo cualquier concepto, tanto de hecho como de derecho, que pretenda o haya de hacer, en el ámbito de su competencia, mediante cualquier acto, orden, acuerdo, procedimiento, circular o instrucción verbal o escrita, en contra de la quejosa el DECRETO QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES FISCALES DE LAS LEYES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DEL IMPUESTO A LOS DEPÓSITOS EN EFECTIVO, DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Y DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 07 de Diciembre de 2009, en vigor a partir del primero de Enero de 2010. --- c) D.C.S. de Gobernación. --- PRIMERO. La iniciativa, refrendo, firma y expedición del DECRETO QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES FISCALES DE LAS LEYES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DEL IMPUESTO A LOS DEPÓSITOS EN EFECTIVO, DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Y DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 07 de Diciembre de 2009, en vigor a partir del primero de Enero de 2010. --- SEGUNDO. La aplicación por sí o por conducto de cualquier subordinado que bajo cualquier concepto, tanto de hecho como de derecho, que pretenda o que haya de hacer, en el ámbito de su competencia, mediante cualquier acto, orden, acuerdo, procedimiento, circular o instrucción verbal o escrita, en contra de la quejosa del DECRETO QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES FISCALES DE LAS LEYES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DEL IMPUESTO A LOS DEPÓSITOS EN EFECTIVO, DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Y DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 07 de Diciembre de 2009, en vigor a partir del primero de Enero de 2010. --- d) D.C.S. de Hacienda y Crédito Público se reclama: --- ÚNICO. El refrendo y la aplicación por sí o por conducto de cualquier funcionario subordinado que bajo cualquier concepto, tanto de hecho como de derecho, que pretenda o que haya de hacer, en el ámbito de su competencia, mediante cualquier acto, orden, acuerdo, procedimiento, circular o instrucción verbal o escrita, en contra de la quejosa del DECRETO QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES FISCALES DE LAS LEYES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DEL IMPUESTO A LOS DEPÓSITOS EN EFECTIVO, DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Y DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 07 de Diciembre de 2009, en vigor a partir del primero de Enero de 2010. --- e) Del C. Director del Diario Oficial de la Federación se reclama: --- ÚNICO. La publicación del DECRETO QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES FISCALES DE LAS LEYES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DEL IMPUESTO A LOS DEPÓSITOS EN EFECTIVO, DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Y DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 07 de Diciembre de 2009, en vigor a partir del primero de Enero de 2010. --- f) D.C.J. del Servicio de Administración Tributaria se reclama: --- ÚNICO. La aplicación por sí o por conducto de cualquier funcionario subordinado que bajo cualquier concepto, tanto de hecho como de derecho, que pretenda o que haya de hacer, en el ámbito de su competencia, mediante cualquier acto, orden, acuerdo, procedimiento, circular o instrucción verbal o escrita en perjuicio de mi representada del DECRETO QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES FISCALES DE LAS LEYES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DEL IMPUESTO A LOS DEPÓSITOS EN EFECTIVO, DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Y DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 07 de Diciembre de 2009, en vigor a partir del primero de Enero de 2010. --- g) Del C. Administrador Local de Recaudación de Oaxaca se reclama: --- ÚNICO. La aplicación y/o el cobro, por sí o por conducto de cualquier funcionario subordinado que bajo cualquier concepto, tanto de hecho como de derecho, que pretenda o que haya de hacer, en el ámbito de su competencia, mediante cualquier acto, orden, acuerdo, procedimiento, circular o instrucción verbal o escrita en perjuicio de mi representada del DECRETO QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES FISCALES DE LAS LEYES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DEL IMPUESTO A LOS DEPÓSITOS EN EFECTIVO, DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Y DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 07 de Diciembre de 2009, en vigor a partir del primero de Enero de 2010. --- h) Respecto de todas y cada una de las autoridades referidas en su respectiva competencia, se reclama: --- A) La inobservancia al principio jurídico de UNIDAD NORMATIVA resultante de la modificación a los artículos 1º, 2º, 2-A y 5, y como consecuencia de los mismos, por principio de unidad normativa los diversos artículos, resultado de las reformas referidas a los artículos , 1-B, 12, 14, 18 y 23 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, en virtud que derivado de la reforma a los primeros artículos mencionados en forma directa afectan diversas disposiciones del mismo ordenamiento legal como son los segundos, esto es los diversos artículos 1º, 1-B, 12, 14, 18 y 23, que pese a que materialmente no fueron objeto de reforma si lo son formalmente, como se expresará en diversos apartados de esta demanda de garantías y cuya responsabilidad imputamos a todas las autoridades constitucionalmente demandadas en el ámbito de sus respectivas esferas competenciales, por lo que derivado de la relación inmediata que guardan dichos preceptos pese a lo que no fueron reformados indudablemente deben correr la misma suerte que los artículos 1º, 2º, 2-A y 5 que si fueron reformados, declarándose inconstitucionales. --- B) Para efectos pragmáticos, de las indicadas responsables también reclamamos los siguientes actos, ya realizados o bien inminentes, relativos a la unidad normativa medularmente reclamada: --- UNO. La aplicación que bajo cualquier concepto, tanto de hecho como de derecho, hayan hecho, pretenda o hayan de hacer, en el ámbito de sus respectivas competencias y mediante cualquier acto, orden, acuerdo circular o instrucción verbal o escrita, en contra de la quejosa, de la unidad normativa reclamada en la especie. --- DOS. Todos los efectos y consecuencias fáctico-jurídicas que deriven de la UNIDAD NORMATIVA reclamada, los cuales atribuimos a cada una de las autoridades responsables, dentro del ámbito de sus respectivas competencias. --- La siguiente tesis jurisprudencial, soporta la razón de reclamar la unidad normativa que generan los artículos , , 2-A y 5, en relación con los artículos ,...

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