Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 11-11-2009 ( CONFLICTO COMPETENCIAL 214/2009 )

Sentido del fallo EL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO ES COMPETENTE PARA CONOCER DE LA INCONFORMIDAD.
Fecha11 Noviembre 2009
Sentencia en primera instanciaPRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA CUARTA REGIÓN (EXP. ORIGEN: A.R. 141/2009; INCONFORMIDAD 22/2009),SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO (EXP. ORIGEN: INCONFORMIDAD 22/2009), JUZGADO DÉCIMO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA, EL DISTRITO FEDERAL (EXP. ORIGEN: J.A. 1051/2007-III )
Número de expediente 214/2009
Tipo de Asunto CONFLICTO COMPETENCIAL
Emisor SEGUNDA SALA
CONFLICTO COMPETENCIAL 132/2009

CONFLICTO COMPETENCIAL 214/2009.

CONFLICTO COMPETENCIAL 214/2009.

SUSCITADO ENTRE EL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO Y EL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA CUARTA REGIÓN.


PONENTE: MINISTRO S.S.A.A..

SECRETARIA: D.M.P.Z..


México, Distrito Federal. Acuerdo de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al día once de noviembre de dos mil nueve.

Vo. Bo.


V I S T O S; y,

R E S U L T A N D O:

Cotejó:


PRIMERO. Mediante oficio número nueve mil novecientos catorce de trece de octubre de dos mil nueve, recibido el dieciséis siguiente en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la Secretaria de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, remitió los autos de la inconformidad 22/2009, así como del juicio de amparo indirecto 1051/2007-III, a fin de que este Alto Tribunal determinara lo que en derecho procediera en el conflicto competencial suscitado entre aquél y el Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región.


SEGUNDO. Por acuerdo de veinte de octubre de dos mil nueve, el P. de este Alto Tribunal determinó que el Tribunal Pleno no era legalmente competente para conocer del presente asunto, por lo que ordenó remitirlo a esta Segunda Sala, por corresponder a la materia administrativa el fondo del estudio del negocio.


TERCERO. Por acuerdo de veintidós de octubre de dos mil nueve, dictado por el P. de la Segunda Sala de este Alto Tribunal, se determinó que la misma era competente para conocer del presente asunto, turnándolo al señor Ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano, para los efectos legales conducentes.


C O N S I D E R A N D O:


PRIMERO. Esta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, es competente para conocer del presente conflicto competencial, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 106, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 48 bis, segundo párrafo, de la Ley de Amparo y 21, fracción VII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con los puntos Segundo y Cuarto del Acuerdo 5/2001 del Pleno de este Alto Tribunal, en virtud de que los Tribunales Colegiados contendientes involucran materia administrativa que es de la especialidad de esta Segunda Sala.


SEGUNDO. Para una mejor comprensión del asunto conviene relatar los siguientes antecedentes:


1. Por escrito presentado el dos de julio de dos mil siete ante la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, **********, por su propio derecho, promovió juicio de amparo indirecto en el que solicitó el amparo y protección de la Justicia Federal contra los actos y las autoridades que precisó en su escrito de demanda.


2. Por auto de once de julio de dos mil siete, la Juez Décimo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal admitió a trámite la demanda de garantías, la registró en el expediente 1051/2007-III y solicitó a las autoridades responsables sus informes justificados.


3. Seguidos los trámites legales, la Juez del conocimiento dictó sentencia el cuatro de abril de dos mil ocho, que concluyó con el punto resolutivo siguiente:


ÚNICO. Se sobresee en el juicio de garantías número 1051/2007-III promovido por **********, en contra de las autoridades y por los actos precisados en los considerandos tercero, quinto, sexto, séptimo y octavo de esta resolución.”


4. Inconforme con la resolución anterior, el quejoso interpuso recurso de revisión que, por razón de turno le tocó conocer al Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito; por auto de presidencia de ocho de mayo de dos mil ocho lo admitió a trámite, ordenó formar y registrar el expediente 170/2008; y, en sesión de veintiocho de agosto de dos mil ocho lo resolvió bajo los siguientes puntos resolutivos:


PRIMERO. Se revoca la sentencia recurrida. --- SEGUNDO. Se ordena reponer el procedimiento en el juicio de amparo 1051/2007-III, deI índice del Juzgado Décimo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal.”


5. Mediante proveído de cinco de septiembre de dos mil ocho, la Juez de Distrito tuvo por recibido el testimonio de la resolución antes citada y requirió al quejoso para que manifestara si era su deseo o no señalar como autoridad responsable al Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en **********.


6. En auto de dos de octubre siguiente, se tuvo al quejoso señalando como autoridad responsable al Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en **********, quien rindió su informe justificado el veintitrés de octubre de dos mil ocho.


7. Seguidos los trámites legales, la Juez del conocimiento dictó sentencia el veintisiete de febrero de dos mil nueve, que concluyó con los puntos resolutivos siguientes:


PRIMERO. Se sobresee en el juicio de garantías número 1051/2007-III, promovido por ********** en contra de las autoridades y por los actos precisados en el considerando tercero de esta resolución. --- SEGUNDO. La Justicia de la Unión ampara y protege a **********, en contra de las autoridades y por los actos precisados en el último considerando de este fallo.”


8. Inconforme con dicha sentencia el Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en ********** interpuso recurso de revisión, del cual tocó conocer al Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, el que mediante auto de presidencia de treinta y uno de marzo de dos mil nueve lo admitió a trámite y lo registró con el número 141/2009.


9. En proveído de presidencia del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, de seis de abril de dos mil nueve, se remitió el referido recurso de revisión al Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región con residencia en Xalapa, Veracruz.


10. Dicho Tribunal Colegiado Auxiliar, en sesión de catorce de mayo de dos mil nueve, resolvió el referido recurso bajo los siguientes puntos resolutivos:


PRIMERO. Se revoca la sentencia recurrida. --- SEGUNDO. Se ordena reponer el procedimiento en el juicio de amparo 1051/2007-III, del índice del Juzgado Décimo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, promovido por **********, contra los actos y por las autoridades que se precisan en el resuItando primero de esta ejecutoria, para los efectos establecidos en la parte final del último considerando. --- Engrósese la presente ejecutoria a los autos; remítanse éstos con el disco que la contiene al Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito con sede en la Ciudad de México, Distrito Federal; háganse las anotaciones pertinentes en el libro electrónico de registro; y, en su oportunidad, agréguense al cuaderno de antecedentes testimonio de esta resolución y copia certificada de los acuerdos dictados por este tribunal auxiliar.”


11. En proveído de veintiocho de mayo de dos mil nueve, la Juez del conocimiento tuvo por recibido el testimonio de la resolución antes citada, así como los autos originales del juicio de amparo 1051/2007-III; en consecuencia, dejó sin efectos la audiencia y resolución de tres de diciembre de dos mil ocho, terminada de engrosar el veintisiete de febrero de dos mil nueve, y ordenó reponer el procedimiento.


12. Seguidos los trámites legales correspondientes, el ocho de junio de dos mil nueve la Juez de Distrito dictó la sentencia que culminó con los siguientes puntos resolutivos:


PRIMERO. Se sobresee en el juicio de garantías número 101/2007-III promovido por **********, en contra de las autoridades y por los actos precisados en el considerando tercero de esta resolución. --- SEGUNDO. La Justicia de la Unión ampara y protege a ********** en contra de las autoridades y por los actos precisados en el último considerando de este fallo.”


13. El veintiséis de junio de dos mil nueve, la Juez del conocimiento determinó que la sentencia de amparo había causado ejecutoria, por lo que, requirió a las autoridades responsables su cumplimiento.


14. En proveído de veintidós de julio de dos mil nueve, la Juez de Distrito tuvo por cumplido el fallo protector.


15. Inconforme con lo anterior, el quejoso interpuso inconformidad cuyo conocimiento correspondió al Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito en el expediente de inconformidad 22/2009; y, en resolución de tres de septiembre de dos mil nueve, sus integrantes decidieron que carecían de competencia para resolverlo y la declinaron a favor del Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región con residencia en Xalapa, Veracruz, el cual mediante resolución del treinta de septiembre de dos mil nueve no aceptó la competencia para conocer de dicha inconformidad, dando origen al presente conflicto competencial.


TERCERO. La resolución de tres de septiembre de dos mil nueve del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, relativa a la inconformidad 22/2009, derivada del juicio de amparo indirecto 1051/2007-III, en la parte que interesa, es del tenor siguiente:


PRIMERO. Este Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer...

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