Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 24-09-2015 (CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 38/2014)
Sentido del fallo | 24/09/2015 PRIMERO. Es procedente y fundada la presente controversia constitucional. SEGUNDO. Se declara fundada la presente controversia constitucional en contra de la omisión legislativa de los Poderes Ejecutivo y Legislativo Estado de Oaxaca, la cual deberá subsanarse mediante la emisión de la regulación correspondiente, a más tardar en el siguiente período ordinario de sesiones del Congreso del Estado de Oaxaca que inicia el quince de noviembre de dos mil quince, en los términos especificados en el último considerando de la presente ejecutoria, y en la inteligencia de que esta declaración surtirá sus efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos de este fallo al Congreso de dicho Estado. TERCERO. Publíquese la presente resolución en el Semanario Judicial de la Federación, en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Oficial del Estado de Oaxaca. |
Fecha | 24 Septiembre 2015 |
Sentencia en primera instancia | ) |
Número de expediente | 38/2014 |
Tipo de Asunto | CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL |
Emisor | PLENO |
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