Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 02-05-2012 (CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 111/2009)

Sentido del fallo• ES PROCEDENTE Y FUNDADA LA PRESENTE CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL. • SE DECLARA LA INVALIDEZ DEL DECRETO IMPUGNADO. • SE DECLARA LA INVALIDEZ DEL PROCEDIMIENTO PARA LA REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA. • SE DECLARA LA INVALIDEZ DE LA AUTORIZACIÓN Y APROBACIÓN PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL FRACCIONAMIENTO. • LA DECLARACIÓN DE INVALIDEZ SURTIRÁ EFECTOS A PARTIR DE SU NOTIFICACIÓN A LAS AUTORIDADES DEMANDADAS. • PUBLÍQUESE ESTA RESOLUCIÓN.
Fecha02 Mayo 2012
Sentencia en primera instancia )
Número de expediente111/2009
Tipo de AsuntoCONTROVERSIA CONSTITUCIONAL
EmisorSEGUNDA SALA

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 111/2009


CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 111/2009.

ACTOR: **********.



PONENTE: MINISTRA M.B. LUNA RAMOS.

SECRETARIo de estudio y cuenta: juan pablo rivera juárez.




México, Distrito Federal. Acuerdo de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al día dos de mayo de dos mil doce.

Vo.Bo.

V I S T O S, y

R E S U L T A N D O:

Cotejó


PRIMERO. Presentación de la demanda. Por escrito presentado el diecisiete de noviembre de dos mil nueve, en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, **********, en su carácter de **********, promovió controversia constitucional en contra de las autoridades y por los actos que a continuación se señalan:


AUTORIDADES DEMANDADAS:


a) Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.


b) El D. General del Organismo Descentralizado denominado ‘Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra Urbana del Estado de Oaxaca’ (CORETURO).


c) Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.


d) D. del Instituto Catastral del Estado de Oaxaca.


e) D. del Registro Público de la Propiedad y del Comercio.


f) Primero y Segundo Registrador del Distrito Judicial del Centro del Registro Público de la Propiedad.


g) D. General de Notarías.


ACTOS RECLAMADOS:


A) Del Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, demando:


A.1. La promulgación y la falta de ejercicio del veto del Decreto aprobado por el Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca en su calidad de aprobador del Decreto número **********, emitido por la XLVIII Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, publicado en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca con fecha ocho de junio del año de mil novecientos setenta y cuatro, su promulgación y la orden para su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca.


A.2. La autorización, la firma, todos los actos positivos, de hecho o de derecho, fácticos o en vía de consecuencia, actos permisivos de cualquier especie, que al efecto haya otorgado en su calidad de Presidente del Consejo de Administración de la entidad paraestatal denominada ‘Comisión para la regularización de la Tenencia de la Tierra Urbana del Estado de Oaxaca’ (CORETURO), incluyendo los gastos o cualquier movimiento que pudiera ser interpretado por los servidores públicos bajo su mando, para que dentro del seno del Consejo de Administración de dicha ‘Comisión para la regularización de la Tenencia de la Tierra Urbana del Estado de Oaxaca’ (CORETURO), se realizasen los siguientes actos:


A.3. Autorización y aprobación para la constitución del fraccionamiento denominado ‘**********. En la jurisdicción del territorio Municipal de **********, sin la autorización de la autoridad municipal del Ayuntamiento actor en el presente.


A.4. La autorización y aprobación de la subdivisión de lotes del fraccionamiento denominado ‘********** en la jurisdicción del territorio municipal de **********, sin la autorización de la autoridad municipal de **********, actor en el presente.


A.5. La autorización y aprobación para la construcción de calles que den paso a los lotes del fraccionamiento ‘********** dentro del territorio municipal del municipio actor, sin la autorización de la autoridad municipal de **********, actor en el presente.


A.6. La autorización y aprobación para que se constituyera la alineación de lotes. El otorgamiento supuesto de hecho y fuera de toda norma legal, de número de lote, de número oficial, permisos de uso de suelo, afectaciones para servicios, áreas verdes, áreas de uso común, áreas de donación, parques y jardines, nomenclatura de calles con alineación, la misma alineación, fuera de todo procedimiento legal y de motu propio, del fraccionamiento denominado ‘**********, sin la autorización de la autoridad municipal de **********, actor en el presente.


A.7. La denominación misma del fraccionamiento ‘********** sin la autorización de la autoridad municipal de **********, actor en el presente.


A.8. El otorgamiento y escrituras y su autorización definitiva. Fuera de todo procedimiento legal y en obvia violación al orden constitucional y legal a los supuestos propietarios de los lotes irregulares del supuesto fraccionamiento ‘**********, sin la autorización de la autoridad municipal de **********, actor en el presente.


A.9. La entrega física de escrituras a los supuestos propietarios de los lotes del autollamado fraccionamiento ‘********** sin la autorización de la autoridad municipal de **********, actor en el presente.


B). De la entidad paraestatal denominada Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra Urbana del Estado de Oaxaca (CORETURO), por conducto de su representante legal, reclamo:


B.1. La autorización y aprobación para la constitución del fraccionamiento denominado ‘**********. Dentro de la demarcación territorial del Municipio de **********, sin la autorización de la autoridad municipal de **********, actor en el presente.


B.2. La autorización y aprobación de la subdivisión de lotes del fraccionamiento denominado ‘********** en la jurisdicción del territorio municipal de **********, actor en la presente sin la autorización de la autoridad municipal de **********, actor en el presente.


B.3. La autorización y aprobación para la construcción de calles que den paso a los lotes del fraccionamiento ‘********** dentro del territorio municipal del municipio actor, sin la autorización de la autoridad municipal de **********, actor en el presente.


B.4. La autorización y aprobación para que se constituyera la alineación de lotes. El otorgamiento supuesto de hecho y fuera de toda norma legal, de número de lote, de número oficial, permisos de uso de suelo, afectaciones para servicios, áreas verdes, áreas de uso común, áreas de donación, parques y jardines, nomenclatura de calles con alineación, la misma alineación, fuera de todo procedimiento legal y motu propio, del fraccionamiento denominado ‘**********, sin la autorización de la autoridad municipal de **********, actor en el presente.


B.5. La denominación misma del fraccionamiento ‘********** sin la autorización de la autoridad municipal de **********, actor en el presente.


B.6. El otorgamiento y escrituras y su autorización definitiva fuera de todo procedimiento legal y en obvia violación al orden constitucional y legal a los supuestos propietarios de los lotes irregulares del supuesto fraccionamiento ‘**********, sin la autorización de la autoridad municipal de **********, actor en el presente.


B.7. La entrega física de escrituras a los supuestos propietarios de los lotes del autollamado fraccionamiento ‘********** sin la autorización de la autoridad municipal de **********, actor en el presente.


B.8. Los actos positivos, fácticos en los hechos y en vía de consecuencia tendientes a utilizar recursos públicos, del presupuesto del Gobierno del Estado, para generar el problema constitucional materia de la presente, así como la utilización de las máquinas computadoras, de las impresoras, el consumo de energía eléctrica para que estas máquinas funcionen, el operario físico e intelectual de estas máquinas, todo esto pagado por el Gobierno del Estado, para el objeto de que se realizaran las escrituras entregadas a los supuestos propietarios de los lotes del fraccionamiento autollamado ‘********** siendo en total 54 escrituras.


B.9. La nulidad absoluta que declare el más Alto Tribunal de este país de las 54 escrituras que elaboró, concertó, concretizó, redactó, manufacturó, la entidad paraestatal denominada ‘Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra Urbana del Estado de Oaxaca’ (CORETURO), por conducto de su representante legal, previo levantamiento topográfico, plano de fraccionamiento, copropiedad, subdivisión, otorgamiento de nomenclatura, número oficial, otorgamiento de número de lote, otorgamiento de nomenclatura a las calles y apertura de éstas, manufactura de las escrituras, firma de las mismas, todo ello con recursos públicos del Gobierno del Estado de Oaxaca, reclamando también la nulidad de todos estos actos que dieron como resultado las 54 escrituras de las que se solicita su nulidad, toda vez que las mismas fueron otorgadas sin la autorización de la autoridad del Ayuntamiento del Municipio actor de **********.


C) Del Honorable Congreso del Estado reclamo:


C1. El Decreto número **********, emitido por la XLVIII Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca. Publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca con fecha ocho de junio del año de mil novecientos setenta y cuatro; ya que en ese Decreto se autoriza al Honorable Ayuntamiento de **********, a dar en donación a pobladores de ********** predios en calidad compensatoria por la apertura de un camino que se construyó para el...

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