Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 30-04-2008 ( INCIDENTE DE INEJECUCIÓN DE SENTENCIA 54/2008 )

Número de expediente 54/2008
Fecha30 Abril 2008
Sentencia en primera instancia JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA, EL DISTRITO FEDERAL (EXP. ORIGEN: J.A. 492/2004-III),DÉCIMO SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO (EXP. ORIGEN: R.A.A 370/2004 RELACIONADO CON EL R.A 369/2004 E I.I.S. 72/2007)
Tipo de Asunto INCIDENTE DE INEJECUCIÓN DE SENTENCIA
Emisor PRIMERA SALA
INCIDENTE DE INEJECUCIÓN DE SENTENCIA 54/2008

INCIDENTE DE INEJECUCIÓN DE SENTENCIA 54/2008.

INCIDENTE DE INEJECUCIÓN de sentencia 54/2008. DERIVADO DEL JUICIO DE AMPARO **********.

INCIDENTISTAs: ********** Y OTROS.



ministro PONENTE: S.A.V.H..

SECRETARIO: A.C.M..



México, Distrito Federal. Acuerdo de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al día treinta de abril de dos mil ocho.


V I S T O S, los autos para resolver el incidente de inejecución de sentencia 54/2008, derivado del juicio de amparo ********** del índice del Juzgado Segundo de Distrito “B” en Materia Administrativa en el Distrito Federal, promovido por ********** y OTROS; y


R E S U L T A N D O :


PRIMERO. Por escrito presentado el diecinueve de marzo de dos mil cuatro, ante la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, ********** y **********, promoviendo por su propio derecho y este último en representación de **********, **********, **********, **********, **********, **********, **********, **********, **********, **********, ********** y **********, así como **********, promoviendo igualmente por derecho propio y en representación de **********, **********, **********, **********, ********** y **********, solicitaron el amparo y la protección de la Justicia Federal, en contra de las autoridades y por los actos que a continuación se precisan:


Autoridades Responsables:


1. Asamblea Legislativa (antes de Representantes) del Distrito Federal.

2. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos.

3. Jefe de Gobierno (antes del Departamento) del Distrito Federal.

4. Secretario de Gobierno del Distrito Federal.

5. Secretario de Finanzas del Distrito Federal.

6. Director General Jurídico y de Estudios Legislativos del Distrito Federal.


Actos Reclamados:


a) De la Asamblea Legislativa (antes de Representantes) del Distrito Federal, se reclama lo siguiente:


1. La aprobación y expedición del Decreto por el que se creó el Código Financiero del Distrito Federal, del veintiséis de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, publicado el treinta y uno de diciembre del mismo año, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, específicamente por lo que hace a la creación de los artículos 148 a 155 del mencionado ordenamiento legal.

2. La aprobación y expedición del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Financiero del Distrito Federal, del dieciocho de diciembre de mil novecientos noventa y cinco, publicado el veintiocho del mismo mes y año en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, específicamente por lo que hace a la reforma del párrafo segundo del artículo 151 del mencionado ordenamiento legal.

3. La aprobación y expedición del Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Financiero del Distrito Federal, del veintinueve de diciembre de mil novecientos noventa y siete, publicado el treinta y uno del mismo mes y año en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, específicamente por lo que hace a la reforma del artículo 149, fracción I, párrafo cuarto de dicho ordenamiento legal.

4. La aprobación y expedición del Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Financiero del Distrito Federal, del treinta de diciembre de mil novecientos noventa y nueve, publicado el treinta y uno de ese mismo mes y año en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, específicamente por lo que hace a la adición de un cuarto párrafo al artículo 148 y la reforma del artículo 149, fracción II, párrafo primero de dicho ordenamiento legal.

5. La aprobación y expedición del Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Financiero del Distrito Federal, del treinta y uno de diciembre de dos mil, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal en esa misma fecha, específicamente por lo que hace a la reforma del artículo 148, párrafo primero y a la adición de un segundo párrafo al mismo, así como a la reforma del artículo 149, fracción I, párrafo primero y fracción II, párrafos tercero y quinto del mencionado ordenamiento legal.

6. La aprobación y expedición del Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Financiero del Distrito Federal, del veintinueve de diciembre de dos mil uno, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el treinta y uno del mismo mes y año, específicamente por lo que hace a la reforma de los artículos 148, párrafo tercero, 149, fracción II, párrafo segundo, y 151, párrafo segundo de dicho ordenamiento legal, así como el artículo Segundo del referido Decreto, en el que se establecen las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones adheridas a él, vigentes a partir de dos mil dos.

7. La aprobación y expedición del Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Financiero del Distrito Federal, del veintitrés de diciembre de dos mil tres, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del veintiséis del mismo mes y año, específicamente por lo que hace a la reforma de los artículos 152 y 155 de dicho ordenamiento legal, así como el artículo Segundo del referido Decreto, en el que se establecen las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones adheridas a él, vigente a partir de dos mil cuatro.


b) Del Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, se reclama:


1. La expedición del Decreto Promulgatorio del treinta de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, del Decreto Legislativo citado en el punto 1 del apartado a) anterior.

2. La expedición del Decreto Promulgatorio del veintidós de diciembre de mil novecientos noventa y cinco, del Decreto Legislativo citado en el punto 2 del apartado a) anterior.


c) D.J. de Gobierno (antes del Departamento) del Distrito Federal, se reclama:


1. El refrendo de los Decretos Promulgatorios citados en los puntos 1 y 2 del apartado b) anterior.

2. La expedición del Decreto Promulgatorio del treinta de diciembre de mil novecientos noventa y siete, respecto del Decreto Legislativo citado en el apartado a) punto 3 anterior.

3. La expedición del Decreto Promulgatorio del treinta de diciembre de mil novecientos noventa y nueve, respecto del Decreto Legislativo citado en el apartado a) punto 4.

4. La expedición del Decreto Promulgatorio del treinta y uno de diciembre de dos mil, respecto del Decreto Legislativo citado en el apartado a) punto 5 anterior.

5. La expedición del Decreto Promulgatorio del treinta y uno de diciembre de dos mil uno, respecto del Decreto Legislativo citado en el apartado a) punto 6 anterior.

6. La expedición del Decreto Promulgatorio del veintitrés de diciembre de dos mil tres, respecto del Decreto Legislativo citado en el apartado a) punto 7 anterior.


d) D.S. de Gobierno del Distrito Federal, se reclama el refrendo de los Decretos Promulgatorios citados en los puntos 2, 3, 4, 5 y 6 del apartado c) anterior.


e) D.S. de Finanzas del Distrito Federal, se reclama el refrendo de los Decretos Promulgatorios citados en los puntos 2, 3, 4, 5 y 6 del apartado c) anterior.


f) D.D. General Jurídico y de Estudios Legislativos del Distrito Federal, se reclama la publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y siete, treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y nueve, treinta y uno de diciembre de dos mil, treinta y uno de diciembre de dos mil uno y veintiséis de diciembre de dos mil tres, de los Decretos Legislativos y Promulgatorios, así como de los refrendos de estos últimos, señalados en los apartados a), b), c), d) y e) anteriores, respectivamente, según corresponde.


Los quejosos señalaron como garantías violadas las contenidas en los artículos 16, 31, fracción IV y 115, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; narraron los antecedentes del caso y esgrimieron los conceptos de violación que estimaron pertinentes.


SEGUNDO. Por acuerdo de veintidós de marzo de dos mil cuatro, el Juez Segundo de Distrito “B” en Materia Administrativa en el Distrito Federal, a quien por razón de turno correspondió conocer del asunto, admitió la demanda de amparo, radicándola con el número 492/2004 y, previos los trámites de ley, el veintisiete de mayo de dos mil cuatro, el Juez del conocimiento celebró la audiencia constitucional y dictó la resolución correspondiente, misma que se terminó de engrosar el dos de agosto del mismo año y, en la que resolvió:


PRIMERO. En términos del considerando tercero de este fallo, se sobresee en el presente juicio de garantías.--- SEGUNDO. LA JUSTICIA DE LA UNIÓN NO AMPARA NI PROTEGE A ********** y **********, por propio derecho y éste último en representación de **********, **********, **********, **********, **********, **********, **********, **********, **********, **********, **********, **********, **********, así como **********, por propio derecho y en representación de **********, **********, **********, **********, ********** y **********, respecto de los actos que reclamaron de las autoridades responsables, consistentes en la redacción actual de los artículos 148, 155, fracciones I, II y IV y 155, fracción IV (sic), todos del Código Financiero del Distrito Federal.--- TERCERO. LA JUSTICIA DE LA UNIÓN AMPARA Y PROTEGE a ********** y **********, por propio derecho y este último en de **********,...

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