De Sentencia del Estado.

PÁGINA 104 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., JUEVES 20 DE JUNIO DE 2013.
efectos legales correspondientes, siendo las 10:00 diez horas del día 27 veintisiete de mayo del año 2013
dos mil trece. DOY FE.
EL C. ACTUARIO DEL JUZGADO QUINTO PENAL DEL
PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO.
LIC. JORGE LUIS SANTANA VICTORIA.
Publíquese los días 19, 20 y 21 de junio de 2013.
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DEL
ESTADO.
OFICIO.: 2354/2013
A QUIEN ACREDITE TENER DERECHO al recibo oficial número D-4 12190 del Fondo
Auxiliar para la Administración de Justicia Recuros en Custodia del Poder Judicial, que
ampara la cantidad de $100.00 cien pesos, Moneda Nacional.
En el expediente número 290/2013, derivado de la causa penal número 302/2011, que se siguió ante el
Juzgado Cuarto Penal del Primer Departamento Judicial del Estado en contra de RUFINA MANUELA
RODRÍGUEZ HUCHIN (O) RUFINA MANUELA RODRÍGUEZ HUCHIM, a quien se le consideró como
penalmente responsable del delito CONTRA LA SALUD EN LA MODA LIDAD DE NARCOMENUDEO EN
LA VARIANTE DE POSESIÓN SIMPLE DEL NARCOTICO DENOMINADO COCAÍNA EN SU
REPRESENTACIÓN DE CRACK Y POLVO, denunciado por Pedro Edmundo González Esquivel,
comandante del Cuartel en turno e imputado por la Representación Social; se ha dictado el acuerdo
siguientes:-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA DEL ESTADO. Mérida, capital del Estado de
Yucatán, a 10 diez de mayo de 2013 dos mil trece.--------------------------------------------------------------------------
VISTOS:..........----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Finalmente, por cuanto la Juez Cuarto Penal del Primer Departamento Judicial del Estado, puso a
disposición del infrascrito, el recibo oficial número D-4 12190 del Fondo A uxiliar para la Administración de
Justicia Recuros en Custodia del Poder Judicial, que ampara la cantidad de $100.00 cien pesos, Moneda
Nacional, cuya entrega se ordenó a quien acredite tener derecho a ello, en el punto resolutivo DÉCIMO de
la sentencia de primera instancia de fecha 19 diecinueve de febrero del añ o 2013 dos mil trece; con
fundamento en los artículos 30 treinta y 65 sesenta y cinco del Código de Procedimientos en materia
Penal del Estado en vigor, de aplicación supletoria, p roceda la ciudadana Actuaria de este Juzgado, a
realizar la notificación correspondiente, mediante EDICTOS publicados durante tres d ías consecutivos en
el Diario Oficial del Estado, haciéndose saber a los destinatarios de dicha notificación, que se conce de el
término de 60 SESENTA DÍAS naturales, a fin de que dentro del mismo, quien sea el legítimo dueño de la
cantidad de $100.00 cien pesos, Moneda Nacional, comparezca ante esta autoridad para estar en aptitud
de acordar lo conducente, apercibiéndolo que deberá comparecer exhibiendo or iginal y copia fotostática
de su identificación oficial vigente, y que en caso de no presentarse dentro d el plazo señalado, que de no
hacerlo así, en el término ya establecido, dicha cantidad, con funda mento en el artículo 2 dos, fracción II
segunda, inciso b, de la Ley del Fondo Auxiliar para la Administrac ión de Justicia del Estado, se remitirá al
titular de la Unidad Administrativa del Poder Judicial del Estado, con residencia en esta ciudad, a fin de
que pasen a formar parte del patrimonio del Poder Judicial del Estado.------------------------------------------------
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-------------------------------------------------------------------------------------------------
Así lo acordó y firma la ciudadana Secretaria de Acuerdos del Juzgado Primero de Ejecución de
Sentencia del Estado, Encargado del Despacho por Ausencia Accidental del Titular en Términos del
artículo 168 ciento sesenta y ocho del Reglamento Interno del Cons ejo de la Judicatura del Poder Judicial
del Estado, Licenciada en Derecho Claudia Crisol Antonio Mayor, asistido de la Actuaria que autoriza y da
fe, en funciones de Secretaria de Acuerdos, en términos del numeral 169 ciento sesenta y nueve fracció n
IV cuarta del citado ordenamiento legal, Licenciada en Derecho Cristina Yazmín Peña Gio. LO
CERTIFICO. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
----------------------------DOS FIRMAS ILEGI BLES.-----------------------------RUBRICAS.------------------------------
Y POR CUANTO EN AUTOS DEL REFERIDO EXPEDIENTE NO SE ENCUENTRA ACREDITADO
QUIÉN SEA EL LEGÍTIMO DUEÑO DE LA CANTIDAD DE $100.00 CIEN PESOS MONEDA NACIONAL,
SIENDO EN CONSECUENCIA DE DOMICILIO IGNORADO, PROCEDO A NOTIFICAR EL ACUERDO
QUE ANTECEDE TAL Y COMO SE ORDENA POR MEDIO DE EDICTOS QUE SERÁN PUBLICADOS
POR 3 TRES DÍAS CONSECUTIVOS EN EL DIARIO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO, LO

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