De Sentencia del Estado.

Mérida, capital deI Estado de Yucatán, a 9 nueve de mayo de 2013 dos mil trece.------------------------------------------------------------------------- VISTOS: En atención a la constancia que inmediatamente antecede, suscrita por la ciudadana Secretaria de Acuerdos del Juzgado Primero de Ejecución de Sentencia del Estado, en la cual informó que se recibió el oficio número 2196 dos mil ciento noventa y seis, de fecha 6 seis de los corrientes, suscrito por la ciudadana Juez Quinto Penal del Primer Departamento Judicial del Estado, por medio del cual remite constante de (44) cuarenta y cuatro fojas útiles, copia debidamente certificada de la sentencia de primera instancia de esa propia fecha de su oficio, dictada por la Juez en comento, en la causa penal 83/2012, en la cual consideró PENALMENTE RESPONSABLE a WILBERT ENRIQUE UICAB AGUILAR (O) WILBERTH ENRIQUE UICAB AGUILAR (A) “WIL” Y JAIME ALFONSO CAUICH MEDINA, de la comisión del DELITO CONTRA LA SALUD EN SU MODALIDAD DE NARCOMENUDEO, EN LA VARIANTE DE POSESIÓN SIMPLE DEL NARCÓTICO DENOMINADO COCAÍNA, denunciado por el ciudadano Víctor Manuel Montañez Bacelis,Agente de la Policía Ministerial del Estado adscrito a la Agencia del Ministerio Público para la Atención de los Delitos contra la Salud en su Modalidad de Narcomenudeo, e imputado por la Representación Social; asimismo, comunica que queda a disposición de esta autoridad, en la caja de valores del juzgado a su cargo, las muestras representativas de la droga consignada, la cual se ordenó su decomiso, y la cual remitirá tan pronto se le solicite; por otra parte, proporciona el domicilio de las partes en el proceso; y por último, en atención al punto resolutivo octavo del fallo en comento, remite el original del billete de depósito número D-5 12825, del Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia Recursos en Custodia,que ampara la cantidad de $500.00 quinientos pesos, moneda nacional, en concepto de resguardo. Con fundamento en el numeral 189 ciento ochenta y nueve del Código de Procedimientos en Materia Penal en vigor, de aplicación supletoria, téngase por recibido dicho oficio con los documentos que lo acompañan, y REGÍSTRESE EN EL LIBRO DE GOBIERNO QUE SE LLEVA EN ESTE JUZGADO, FÓRMESE EL EXPEDIENTE MARCADO CON EL NÚMERO 286/2013.---------------------------------------------------------------------- Finalmente, por cuanto del punto resolutivo Octavo de la sentencia antes mencionado, se advierte que se ordenó la entrega de la suma...

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