De Sentencia del Estado.

PÁGINA 100 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., MIÉRCOLES 23 DE ENERO DE 2013.
ya no existe razón alguna para que los objetos consistentes en 8 ocho rollos de cablería diversa en color
verde y negro con un peso aproximado de 6 seis kilogramos, u n bulto color azul, sin marca a la vista con
el logotipo del equipo de futbol “club deportivo América”, 2 dos rollos de cobre qu e se encuentra envueltos
en una tela color blanco tipo camiseta, la cual en conjunto pesan aproximadamente nuev e kilogramos y
una zizaya de la marca “TOOLCRAFT”, que se encuentran en el Almacén de lo s Juzgados Penales, y las
2 dos bicicletas, una de la marca mercurio rodada 26 veintiséis color ne gra y la otra sin marca color negro
rodada 24 veinticuatro, que se encuentran en el deposito vehicular n úmero 1 uno de la Secretaría de
Seguridad Pública del Estado; sigan subsistiendo en la presente causa penal, con fundamento en el
artículo 480-B cuatrocientos ochenta letra “B” del Código de Procedimie ntos en Materia Penal del Estado
en vigor, que a la letra dice: “ARTÍCULO 480 B.- Los objetos o valores que se encuen tren a disposición de
las autoridades judiciales que no hayan sido decomisados y que no sean recogidos por quien tenga
derecho a ello en un lapso de noventa días naturales, contados a par tir de la notificación aI interesado, se
enajenarán en subasta pública, en los términos que establezca el Código de Procedimien tos Civiles del
Estado de Yucatán y el producto de la venta se aplicará a quien tenga derecho a recibirlo. Si notificado no
se presenta dentro de los tres meses siguientes a la fecha de la notificación, el producto de la venta se
destinará al Estado; hágase del conocimiento de LA PERSONA QUE ACREDITE TENER DERECHO a
los 8 ocho rollos de cablería diversa en color verde y negro con un peso aproximado d e 6 seis kilogramos,
un bulto color azul, sin marca a la vista con el logoti po del equipo de futbol “club deportivo América”, 2 dos
rollos de cobre que se encuentra envueltos en una tela c olor blanco tipo camiseta, la cual en conjunto
pesan aproximadamente nueve kilogramos y una zizaya de la marca “TOOLCRAFT”, y a las 2 dos
bicicletas, una de la marca mercurio rodada 26 veintiséis color negra y la otra sin marc a color negro
rodada 24 veinticuatro, que dentro del término de 90 noventa días naturales, comparezca al local que
ocupa este Juzgado, debidamente identificada, con el original y copia fotostática de un documento oficial
con fotografía vigente, así como con la documentación idónea con que acr edite la propiedad de los
objetos y las bicicletas antes descritas, a fin de que le sean devueltos, en l a inteligencia que de no hacerlo
así, se entenderá que renuncia a éste último, en consecuencia, SE ENAJENARÁ EN SUBASTA
PÚBLICA, en los términos que establezca el Código de Procedimientos Civiles del Estado, en vigor, tal y
como lo dispone el numeral transcrito en líneas que anteceden. --------------------------------------------------------
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-------------------------------------------------------------------------------------------------
Así lo acordó y firma la ciudadana Secretaria de Acuerdos, Licenciada Marcelina del Carmen Puch
Cetina, encargada del despacho por ausencia accidental de la titular, en los tér minos del artículo 86
ochenta y seis de la Ley Orgánica del poder Judicial del Estado de Yucatán, en vigor, asistida del
Licenciado en Derecho Miguel Ángel Mejia Parra, Secretario de Estadio y Cuenta de este Juzgado, en
funciones del Secretario de Acuerdo, de conformidad con lo establecido en el artículo 131 ciento treinta y
uno fracción I primera y 132 ciento treinta y dos del reglamento interior del Consej o de la Judicatura del
Poder Judicial del Estado de Yucatán. LO CERTIFICO.--------------------------------------------------------------------
------------------------- DOS FIRMAS ILEGIBLES ---------------------------- RUBRICAS.-----------------------------------
Y POR CUANTO DE AUTOS APARECE QUE ES USTED DE DOMICILIO IGNORADO Y POR ESTAR
ASÍ ORDENADO EN LA PRESENTE CAUSA, PROCEDO A NOTIFICARLE EL ACUERDO QUE
ANTECEDE, POR MEDIO DE EDICTOS QUE SE PUBLICARÁN, POR TRES DIAS CONSECUTIVOS EN
EL DIARIO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO, FUNDAMENTO DE DERECHO, ARTÍCULO 65
SESENTA Y CINCO DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS, EN MATERIA PENAL VIGENTE EN EL
ESTADO. DOY FE.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Mérida, Yucatán, a 9 nueve de enero de 2013 dos mil trece.
LA C. ACTUARIA DEL JUZGADO CUARTO PENAL DEL PRIMER DEPARTAMENTO
JUDICIAL DEL ESTADO DE YUCATÁN.
LICENCIADA SILVIA PAMELA CETINA BAUTISTA
Publíquese los días 21, 22 y 23 de enero de 2013.
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DEL
ESTADO.
OFICIO.: 175/2013
A QUIENES SEAN LOS LEGÍTIMOS PROPIETARIOS DE: un morral de material sintético
color negro con la leyenda “Orilame”, 10 diez cajetillas cerradas de origen de cigarros
marca “Malboro”, 3 tres cajetillas cerradas de origen de cigarros de marca “Pall Mall”, 2
dos empaques cerrados de lámpara de mano marca “Sony”, los cuales contienen igual 2
dos pilas, 1 un paquete de 3 tres condones marca “Sico” , 2 dos paquetes de 3 tres

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR