Circular S-3.4 Sistema de Entrega de Información Vía Electrónica (SEIVE) a través de la página Web de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. Se dan a conocer a los intermediarios de reaseguro la forma y términos para su utilización
Fecha de disposición | 14 Septiembre 2006 |
Fecha de publicación | 14 Septiembre 2006 |
Emisor | SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
CIRCULAR S-3.4 Sistema de Entrega de Información Vía Electrónica (SEIVE) a través de la página Web de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. Se dan a conocer a los intermediarios de reaseguro la forma y términos para su utilización.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
CIRCULAR S-3.4
Asunto: Sistema de Entrega de Información Vía Electrónica (SEIVE) a través de la página Web de esta Comisión.- Se da a conocer a los Intermediarios de Reaseguro la forma y términos para su utilización.
A los intermediarios de reaseguro.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 107 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros esos intermediarios deberán presentar ante esta Comisión, en la forma y términos que al efecto establezca, los informes y pruebas que sobre su organización, operaciones, contabilidad, inversiones o patrimonio se les soliciten para fines de regulación, supervisión, control, inspección, vigilancia, estadística y demás actividades, que conforme a dicha ley u otras disposiciones legales y administrativas puedan ejercer.
Asimismo, las Reglas para la Autorización y Operación de Intermediarios de Reaseguro establecen que esta Comisión determinará la forma y términos para que esos intermediarios informen sobre capital pagado, tenencia accionaria, accionistas, consejeros, director general, establecimiento y clausura de oficinas en el país y en el extranjero.
Al respecto, con el propósito de modernizar y mejorar la eficiencia en el proceso de entrega de información que realizan esos intermediarios ante esta Comisión, la misma ha desarrollado un Sistema de Entrega de Información Vía Electrónica (SEIVE), que se encuentra disponible a través de su página Web. Por tal motivo, esta Comisión ha resuelto emitir las siguientes disposiciones a las que deberán sujetarse esos intermediarios para el envío de su información:
PRIMERA.- El envío de información electrónica a través de Internet se llevará a cabo utilizando únicamente el Sistema de Entrega de Información Vía Electrónica (SEIVE), que se encuentra disponible en la página Web de esta Comisión en la siguiente dirección: www.cnsf.gob.mx, en el módulo de Atención al Sector, en la sección de Entrega de Información.
Para tener acceso a la sección de Entrega de Información, será necesario que cada intermediario de reaseguro cuente con un nombre de usuario y una contraseña, mismos que les serán...
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