Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Obligaciones, Clasificación de empresas, Recaudación y Fiscalización. VI-TASR-XXIII-69

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REVISTADEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL YADMINISTRATIVA
SALA REGIONAL DEL CENTRO II
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VI-TASR-XXIII-68
VIGENCIA DE COMPROBANTES FISCALES.- En términos del ar-
tículo 29, tercer párrafo, del Código Fiscal de la Federación, le corresponde
al contribuyente cerciorarse de que el comprobante fi scal contiene los datos
previstos en el artículo 29-Ade dicho Código, entre los cuales se encuentran,
el de señalar el lugar y fecha de expedición y contener la fecha de impresión
y datos de identifi cación del impresor autorizado; y si bien dichos numerales
no establecen expresamente como requisito que el contribuyente verifi que
dichos datos, a efecto de que pueda cerciorarse que se encuentra vigente el
comprobante fi scal autorizado, esto deriva de un razonamiento lógico de la
interpretación de dichos requisitos.
Juicio Contencioso AdministrativoNúm. 1942/09-09-01-6.- Resuelto por la
Sala Regional del Centro II del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Admi-
nistrativa, el 30 de octubre de 2009, por unanimidad de votos.- Magistrada
Instructora: RitaAmparo Velasco de León.-Secretario: Lic. Leopoldo Rafael
Macías Hernández.
REGLAMENTO DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL
EN MATERIA DE OBLIGACIONES, CLASIFICACIÓN
DE EMPRESAS, RECAUDACIÓN Y FISCALIZACIÓN
VI-TASR-XXIII-69
FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN DEL DICTAMEN DE MO-
DIFICACIÓN DE GRADO DE RIESGO.- Es inexacto que el Instituto
Mexicano del Seguro Social tenga la obligación de anexar a la resolución
de modifi cación de grado de riesgo que notifi ca al patrón, los formatos ST-3

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