Segundo Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación que celebran la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Comisión Nacional del Agua, y el Estado de Guerrero, con el objeto de incrementar el abasto de agua potable para las familias de Chilpancingo y garantizar abasto a todos

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Al margen un logotipo, que dice: Comisión Nacional del Agua. SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN DE FECHA 19 DE ABRIL DE 2013, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, A TRAVÉS DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA COMISIÓN", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU DIRECTOR GENERAL, DR. DAVID KORENFELD FEDERMAN Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADA POR EL LICENCIADO ÁNGEL HELADIO AGUIRRE RIVERO, EN SU CARÁCTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, CON LA PARTICIPACIÓN DEL DR. JESÚS MARTÍNEZ GARNELO, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, DEL ING. ARTURO JESÚS PALMA CARRO, DIRECTOR GENERAL DE LA COMISIÓN DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DEL ESTADO DE GUERRERO Y DEL CONTADOR PÚBLICO MARIO MORENO ARCOS, EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE MUNICIPAL DE CHILPANCINGO DE LOS BRAVO, GUERRERO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO "EL MUNICIPIO"; Y A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

ANTECEDENTES

  1. Con fecha 19 de Abril de 2013, "LAS PARTES" celebraron un Convenio de Coordinación con el objeto de "Incrementar el Abasto de Agua Potable para las Familias de Chilpancingo y garantizar Abasto a todos" (EL CONVENIO); mismo que fue modificado a través de un Primer Convenio Modificatorio, suscrito el 15 de Mayo de 2014, (en lo sucesivo el "PRIMER MODIFICATORIO"); instrumentos publicados en el Diario Oficial de la Federación, con fechas 20 de junio de 2013 y 26 de junio de 2014, respectivamente.

  2. En los numerales 3.4, 3.5, 3.6, 3.7 y 3.10 de la Cláusula Segunda de "EL CONVENIO" se estableció:

    "SEGUNDA.- El objeto del presente Convenio comprenderá las siguientes acciones:...

    CONCEPTO 1 ESTUDIOS Y PROYECTOS ...

    CONCEPTO 2. REHABILITACIÓN INTEGRAL DEL ACUEDUCTO ACAHUIZOTLA...

    CONCEPTO 3 LÍNEAS DE INTERCONEXIÓN, TANQUES Y RED DE DISTRIBUCIÓN...

    NÚMERO
    OBRA Y/O ACCIÓN
    UNIDAD
    CANTIDAD
    3.4
    Construcción de línea de interconexión línea AcahuizotlaPlanta de Bombeo Las TorresTanque...

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