Acuerdo General 54/2002 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de domicilio del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito, con residencia en Puebla, Puebla
Fecha de Resolución | 10 de Diciembre de 2002 |
ACUERDO General 54/2002 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de domicilio del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito, con residencia en Puebla, Puebla.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL 54/2002, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO AL CAMBIO DE DOMICILIO DEL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEXTO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN PUEBLA, PUEBLA.
CONSIDERANDO
Que por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis y once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;
Que en términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y octavo, de la Carta Magna; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral; con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
Que el artículo 17 constitucional consagra el derecho que toda persona tiene a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, lo cual hace necesario que los órganos jurisdiccionales se encuentren en condiciones físicas convenientes para garantizar la impartición de justicia pronta, completa, imparcial y gratuita, como lo ordena el precepto constitucional invocado; por cuya razón, el Consejo de la Judicatura Federal estima necesario realizar el cambio de domicilio del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito, con residencia en Puebla, Puebla.
En consecuencia, con fundamento en las disposiciones...
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