Oficio mediante el cual se modifica el artículo segundo de la autorización otorgada a Chubb de México, Compañía Afianzadora, S.A. de C.V., por la ampliación de su objeto social

Fecha de disposición02 Febrero 2001
Fecha de publicación02 Febrero 2001
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

OFICIO mediante el cual se modifica el artículo segundo de la autorización otorgada a Chubb de México, Compañía Afianzadora, S.A. de C.V., por la ampliación de su objeto social.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Dirección General de Seguros y Valores.- Dirección de Seguros y Fianzas.- Subdirección de Fianzas.- Departamento de Autorizaciones y Operación de Fianzas.- 366-IV-A-7148.- 718.1/37792.

AUTORIZACIONES A INSTITUCIONES DE FIANZAS FILIALES.- Se modifica la otorgada a esa sociedad por la ampliación de su objeto social.

Chubb de México Compañía Afianzadora, S.A. de C.V. Prolong. Paseo de la Reforma No. 600 Col. Santa Fe Peña Blanca México, D.F., C.P. 01210

Nos referimos al oficio 366-IV-A-7147 de esta misma fecha, por medio del cual se les otorgó aprobación a las reformas de las cláusulas segunda y décima octava de sus estatutos sociales, con el propósito fundamental de dar cumplimiento a lo establecido por los artículos segundo y tercero transitorios del Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de noviembre anterior, fundamentalmente para incluir en su objeto social los ramos y subramos de fianzas que pretenden practicar y a los que se refiere el artículo 5o. de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, lo cual fue acordado en su asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada el 13 de julio último, contenida en el testimonio de la escritura número 33,977 del 27 del mismo mes, otorgada ante la fe del señor licenciado José Luis Latapi Fox, Notario Público número 120 del Distrito Federal.

Por lo anterior, esta propia Secretaría con apoyo en lo dispuesto por los artículos 6o. fracción XXII de su Reglamento Interior y 5o. de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, ha resuelto modificar el artículo segundo de la autorización otorgada con oficio 102-E-366-DGSV-I-C-a-2640 del 9 de julio de 1991, modificada por los oficios 102-E-366-DGSV-I-C-a-4862 del 12 de noviembre del mismo año, 102-E-366-DGSV-I-C-a-3508 del 15 de septiembre de 1994, 102-E-366-DGSV-I-C-a-953 del 3 de marzo de 1995, 102-E-366-DGSV-I-C-a-3081 del 19 de septiembre de 1995 y 366-IV-A-1246 del 9 de febrero de 1998, a Chubb de México, Compañía Afianzadora, S.A. de C.V., que la faculta para funcionar...

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