Sentencia pronunciada en el juicio agrario número 110/97, relativo a la segunda ampliación de ejido, promovido por un grupo de campesinos del poblado Monte Verde, Municipio de Culiacán, Sin

Fecha de disposición13 Octubre 1999
Fecha de publicación13 Octubre 1999
EmisorTRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO
SecciónSEGUNDA. Organismos Autonomos

SENTENCIA pronunciada en el juicio agrario número 110/97, relativo a la segunda ampliación de ejido, promovido por un grupo de campesinos del poblado Monte Verde, Municipio de Culiacán, Sin.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Superior Agrario.- Secretaría General de Acuerdos.

Visto para resolver el juicio agrario 110/97, que corresponde al expediente 2633 del índice de la Secretaría de la Reforma Agraria, relativo a la solicitud de segunda ampliación de ejido, promovida por un grupo de campesinos del poblado "Monte Verde", ubicados en el Municipio de Culiacán, Estado de Sinaloa, y

RESULTANDO

PRIMERO.- Por Resolución Presidencial del veintiocho de septiembre de mil novecientos cuarenta y nueve, publicada en el Diario Oficial de la Federación el doce de diciembre del mismo año, se concedió en vía de dotación de ejido, al poblado "Monte Verde", Municipio de Culiacán, Estado de Sinaloa, una superficie de 1,636-00-00 (mil seiscientas treinta y seis hectáreas), Fallo Presidencial que fue ejecutado el dieciséis de abril de mil novecientos cincuenta.

SEGUNDO.- Por Resolución Presidencial del primero de octubre de mil novecientos sesenta y ocho, publicada en el Diario Oficial de la Federación el cinco de diciembre del mismo año, se concedió en vía de primera ampliación al poblado de referencia una superficie total de 5,765-00-00 (cinco mil setecientas sesenta y cinco hectáreas), realizándose el deslinde respectivo el veintiocho de marzo de mil novecientos ochenta y uno, entregándose una superficie de 4,932-58-12 (cuatro mil novecientas treinta y dos hectáreas, cincuenta y ocho áreas y doce centiáreas).

TERCERO.- Por escrito del siete de mayo de mil novecientos ochenta y dos, un grupo de campesinos del poblado denominado "Monte Verde", ubicado en el Municipio de Culiacán, Sinaloa, solicitó al Gobernador del Estado la segunda ampliación de ejido, señalando como predio de posible afectación, las superficies propiedad de José y Francisco Romero.

CUARTO.- La Comisión Agraria Mixta en el Estado de Sinaloa, designó al topógrafo José Ramón Montes Ramírez mediante oficio número 3882 del veintinueve de septiembre de mil novecientos ochenta y dos, para que llevara a cabo la investigación correspondiente; consecuentemente, el comisionado rindió informe el nueve de noviembre de mil novecientos ochenta y dos, del que se conoce que los terrenos concedidos en dotación y primera ampliación al núcleo gestor se encuentran debidamente aprovechados, anexando el acta correspondiente; asimismo, informa que dentro del radio legal de afectación se localizaron superficies de los señores Romero, constantes de aproximadamente 350-00-00 (trescientas cincuenta hectáreas) de temporal, ubicadas en el predio "Viscaíno", Municipio de Culiacán, Sinaloa, mismos que son rentados en forma verbal a la mayoría de los solicitantes, explotándolas con cultivos propios de la región, tales como maíz, sorgo y cártamo, por otro lado, expresa el comisionado que dentro del radio de afectación legal, se encuentran los ejidos: "Monte Verde", en dotación y ampliación, "Las Flechas", "La Higuera", "Las Tapias", así como la comunidad de "Alamo y Agua Salada"; expresa también, que dentro del mismo radio legal existe un sin número de pequeñas propiedades en explotación que no rebasan el límite de la pequeña propiedad.

QUINTO.- La Comisión Agraria Mixta en el Estado de Sinaloa, instauró el expediente respectivo el siete de diciembre de mil novecientos ochenta y dos, registrándose bajo el número 2633.

La solicitud de referencia fue publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el tres de enero de mil novecientos ochenta y tres, en el ejemplar número 1, correspondiente al tomo LXXV, segunda época.

SEXTO.- Por oficio 774 del once de febrero de mil novecientos ochenta y tres, la Comisión Agraria Mixta en el Estado de Sinaloa, destacó al topógrafo Rigoberto Martínez Torres, para que realizara los trabajos censales y técnicos informativos para la presente acción, rindiendo informe de su comisión el dieciséis de abril de mil novecientos ochenta y tres, en el que expresa:

Que realizó las notificaciones a los dueños o encargados de los predios ubicados dentro del radio legal de afectación del poblado en estudio, por medio de cédulas notificatorias comunes del doce de febrero del mismo año, las que fueron fijadas en el poblado el día de su fecha en los lugares públicos más visibles, así como por cédula notificatoria del diecisiete de febrero de mil novecientos ochenta y tres, por conducto de la Asociación de la Pequeña Propiedad Agrícola, Ganadera y Forestal del Municipio de Culiacán, Sinaloa;

Que en compañía de solicitantes de la segunda ampliación de ejidos, así como de las autoridades municipales y ejidales del lugar, llevó a cabo el recorrido sobre los terrenos concedidos en vía de dotación y ampliación, constatando que los mismos se encuentran debidamente aprovechados en la agricultura y ganadería;

Que el radio de afectación legal, se encuentra conformado por los ejidos: "Las Tapias", "Los Vasitos", "Las Flechas", "La Higuera" y "Monte Verde", así como por pequeñas propiedades en explotación agrícola y ganadera;

Asimismo, que dentro del radio de afectación legal se localizaron e investigaron los predios siguientes: "...terreno a nombre del señor Adolfo Amezcua, inscrito en el Registro Público de la Propiedad, bajo el número 26 del libro 27 de documentos privados, registrada bajo la escritura privada del quince de octubre de mil novecientos treinta y dos, lote de terreno ubicado en el predio denominado "Potrero de la Bebelama", de esta Municipalidad una superficie de 180-00-00 Has.; ...terrenos que los campesinos siembran mediante rentas que los presuntos dueños les hacen. El lote en mención es reclamado por el señor José Romero, el cual les renta los terrenos a los campesinos del poblado solicitante...".

Lote de terreno a nombre de Francisco Romero inscrito en el Registro Público de la Propiedad bajo la inscripción número 133 del libro 35 de la sección primera con fecha quince de octubre de mil novecientos treinta y dos, con una superficie de 180-00-00 Has., de temporal y agostadero cerril... Este terreno es explotado por campesinos del poblado solicitante mediante la agricultura.

Lote de terreno a nombre de Martiniana Romero, inscrito en el Registro Público de la Propiedad, bajo la inscripción 130 del libro 35, de la sección primera con fecha diecisiete de octubre de mil novecientos treinta y dos y con una superficie de 180-00-00 Has. ... de temporal y agostadero cerril, explotado agrícolamente por los campesinos solicitantes.

Todos estos terrenos son explotados agrícolamente al temporal en los cuales hacen una siembra al año ya sea de ajonjolí, maíz o sorgo...".

Que de los trabajos censales realizados, se encontró a treinta y tres campesinos capacitados; asimismo, se eligió a los integrantes del Comité Particular Ejecutivo, quedando conformado por Pedro Madueñas Parra, José Manuel Hernández S. y Candelario Noriega, en su calidad de presidente, secretario y vocal, a quienes les fue expedido los nombramientos correspondientes el treinta de mayo de mil novecientos ochenta y tres por el entonces Gobernador del Estado de Sinaloa.

Al informe en comento, se anexa certificación del oficial encargado del Registro Público de la Propiedad en Culiacán, Sinaloa, del veintidós de marzo de mil novecientos ochenta y tres, de donde se lee:

"...Que bajo la inscripción número (130) ciento treinta del Libro número (35) treinta y cinco de la Sección Primera de este oficio, se encuentra registrada la Escritura número 23 Libro VI del Prot. A cargo del Not. Púb. Lic. JOSE MARIA TELLAECHE, con fecha 17 de octubre de 1932, y que se refiere a un contrato de compra-venta por medio de la cual los señores CAMILO ROMERO, JESUS R. VIUDA DE ROMERO, CLEOFAS R. DE RAMOS y las señoritas AGRIPINA Y PETRA ROMERO, vende a la señorita MARTINIANA ROMERO, el lote de terreno ubicado en "Monte Alto", fracción número III de esta Municipalidad, con superficie de 180-00-00 Hectáreas, con los linderos siguientes: AL NORTE, el Predio San Isidro de "Las Flechas"; AL SURESTE, camino de "Las Flechas", a "Las Tapias"; AL SUR, camino de Vecinal; y AL PONIENTE, con una línea con rumbo norte, que partiendo de un punto del camino de "Las Flechas", alcanza el lindero del predio "Las Flechas".

Que bajo la inscripción número (26) veintiséis del Libro número (27) veintisiete de Documentos Privados de este oficio se encuentra registrada la Escritura Privada de fecha 15 de octubre de 1932, y que se refiere a un contrato de compra venta por medio de la cual los señores CAMILO ROMERO, JESUS ROMERO VDA. DE ROMERO, CLEOFAS ROMERO DE RAMOS y las señoritas AGRIPINA Y PETRA ROMERO, venden al señor ADOLFO AMEZCUA, un lote de terreno ubicado en el predio denominado "Potrero de la Bebelama", fracción número 3 de esta Municipalidad, con superficie de 180-00-00 Hectáreas, y que linda; AL NORTE, con los lotes denominados "Potrero de La Bebelama" fracción No. 1 y "Potrero de la Bebelama", fracción número 2, de la propiedad de los señores Refugio Romero y Manuel Romero, cuya divisoria es una línea de 1,640.00 metros que arranca sobre un punto del camino de Los Vasitos a "Las Tapias" y con dirección de 60° 15' N.E.; AL ORIENTE, una línea sinuosa o irregular que sigue la cerca del alambre que acota ese potrero; por el Sur, la misma línea sinuosa hasta alcanzar el propio camino de "Los Vasitos" a "Las Tapias"; y AL SUROESTE, siendo la misma cerca de alambre que acota todo el lote por el camino citado y hasta alcanzar el punto de partida de la línea Norte, que como se dijo, lleva dirección Noroeste.

Que bajo la inscripción número (133) ciento treinta y tres, del libro número (35) treinta y cinco de la Sección Primera de este oficio, se encuentra registrada la Escritura número 23 libro VI del Prot. A cargo del Not. Púb. Lic. JOSE MARIA TELLAECHE, con fecha 15 de octubre de...

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