Secretaría de Hacienda y Crédito Público - REF:012838

Fecha de publicación27 Septiembre 2023

Secretaría de Hacienda y Crédito Público

“IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES, BAJO LOS PRINCIPIOS RECTORES DE IGUALDAD Y NO DISCRIMINACION”, CONFORME AL ARTICULO 1° FRACCION III DE LA LEY FEDERAL

PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACION

CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 1056

DIRIGIDA A TODA PERSONA INTERESADA, QUE DESEE INGRESAR AL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA CONSIDERANDO EL CRITERIO DE IGUALDAD Y NO DISCRIMINACION

El Comité Técnico de Selección en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 21, 23, 25, 26, 28, 37 y 75, fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, 17, 18, 32 fracción II, 34 al 40 y 47 de su Reglamento; numerales 195, 196, 197, 200, 201, 207, 208, 209 y 210 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicados el 12 de Julio de 2010, última reforma el 17 de mayo de 2019, (considerando el criterio de Igualdad y No Discriminación y el DECRETO por el que se aprueba el Programa Nacional para la Igualdad y no Discriminación 2014-2018, publicado en el DOF el 30 de abril de 2014), emite la siguiente Convocatoria Pública y Abierta dirigida a toda persona interesada que desee ingresar al Servicio Profesional de Carrera para ocupar los siguientes puestos vacantes en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público:

Nombre del Puesto: Dirección General de Transferencias Federales.
Vacante(s): 1 (Una).
Código: 06-114-1-M1C026P-0000155-E-C-T.
Rama de Cargo: Coordinación y Enlace Intra e Interinstitucional.
Nivel (Grupo/Grado): K11.

Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la Presidencia de la República y de las personas Servidoras Públicas de Mando y de Enlace de las Dependencias y sus equivalentes en las Entidades de la Administración Pública Federal. (Anexo 3A).

Percepción Mensual Bruta: $137,955.00 (Ciento treinta y siete mil novecientos cincuenta y cinco pesos 00/100 M.N.).
Unidad de Adscripción: Unidad de Coordinación con Entidades Federativas.
Sede(s) o Radicación: Ciudad de México.
Aspectos Relevantes: Actos de Autoridad Específicos del Puesto: El puesto autoriza y suscribe acuerdos y convenios con las Entidades Federativas y Municipios en materia de participaciones e incentivos económicos.

Puestos Subordinados: El puesto tiene subordinados bajo su responsabilidad.

Trabajo de Alta Especialización: El puesto enfrenta retos y sus funciones son complejas y de alto riesgo.

Cultura Etica y Reglas de Integridad: Acciones de Etica e Integridad:

1. Actuación Pública.

2. Información Pública.

3. Programas Gubernamentales.

4. Control Interno.

5. Combate a la Corrupción.

Perfil y Requisitos:
Escolaridad Nivel Académico: Licenciatura o Profesional.

Grado de Avance: Con Título.

Carreras:

Areas Generales Carreras Genéricas
Ciencias Sociales y Administrativas Finanzas
Ciencias Sociales y Administrativas Economía
Ciencias Naturales y Exactas Matemáticas - Actuaría
Experiencia Laboral Años de Experiencia: De 12 años en adelante.

Areas de Experiencia:

Grupo de Experiencia Area General
Matemáticas Estadística
Ciencias Económicas Política Fiscal y Hacienda Pública Nacionales
Conocimientos: Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, Finanzas Públicas, Conocimientos de la SHCP y de la APF, Cultura Etica y Reglas de Integridad e Igualdad de Género. (Valor en el Sistema de Puntuación General 10%, mínimo aprobatorio 70).
Habilidades: Liderazgo y Visión Estratégica. (Valor en el Sistema de Puntuación General 20%).
Experiencia: Valor en el Sistema de Puntuación General 30%.
Mérito: Valor en el Sistema de Puntuación General 10%.
Entrevista: Valor en el Sistema de Puntuación General 30%.
Otros Requerimientos: Horario: Mixto. Disponibilidad para Viajar: Siempre. Paquetería Informática: Office, Word, Excel, Power Point. Nivel de Dominio: Avanzado.
Funciones Principales: 1. Establecer, los trabajos técnicos realizados en los grupos de trabajo del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, la Comisión Permanente de Funcionarios Fiscales y la Reunión Nacional de Funcionarios Fiscales, mediante la colaboración concertada con las Unidades Administrativas del Gobierno Federal y los Gobiernos de las Entidades Federativas y Municipios, con la finalidad de perfeccionar y vigilar el Sistema Nacional de Coordinación Fiscal.

2. Autorizar el cálculo, distribución, liquidación y control contable de las cantidades que correspondan a las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, por concepto de participaciones en ingresos federales derivadas de la Ley de Coordinación Fiscal, incluso sus anticipos o adelantos, a través de la aplicación de las fórmulas establecidas en la Ley de Coordinación Fiscal vigente, con el propósito de garantizar la transferencia oportuna de las mismas.

3. Autorizar la liquidación y control de las participaciones e incentivos económicos de las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, mediante la elaboración de cuentas por liquidar certificadas, con la finalidad de que el pago de las participaciones y la regularización presupuestal de los incentivos económicos se lleve a cabo en los tiempos establecidos en las disposiciones jurídicas aplicables conforme a lo establece la Ley de Coordinación Fiscal.

4. Autorizar el trámite ante la Tesorería la Federación, de las solicitudes de compensaciones que correspondan a las participaciones de las Entidades Federativas y Municipios, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables, mediante la elaboración de cuentas por liquidar certificadas y/o avisos correspondientes, con la finalidad de dar cumplimiento a las salvedades que establece la Ley de Coordinación Fiscal en materia de estos recursos que le corresponden a los Gobiernos Locales.

5. Coparticipar con las Unidades Administrativas de la Secretaría y del Servicio de Administración Tributaria en la resolución de los asuntos en materia de coordinación que atribuyan a la Secretaría que no formen parte de las facultades indelegables del secretario, a través del análisis, retroalimentación y propuestas, con el fin de fortalecer la colaboración administrativa con las Entidades Federativas y Municipios en el marco del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal.

6. Colaborar con las Unidades Administrativas competentes de la Secretaría y del Servicio de Administración Tributaria coordinando la evaluación y promoción del cumplimiento recíproco de las obligaciones derivadas del ámbito tributario de la Ley de Coordinación Fiscal, de los convenios y acuerdos, así como sus anexos, declaratorias, con la finalidad de mejorar la colaboración administrativa con las Entidades Federativas en el marco del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal.

7. Emitir opinión a las Unidades Administrativas de la Secretaría y del Servicio de Administración Tributaria en sus relaciones con los organismos en materia de coordinación fiscal y servir de enlace, en la materia de transferencias federales, entre las Autoridades Fiscales de las Entidades Federativas y las Unidades Administrativas de la Secretaría y del Servicio de Administración Tributaria, mediante la coordinación de las actividades conjuntas, para proponer políticas, normas y lineamientos que fortalezcan la relación entre los tres niveles de Gobierno.

8. Conducir, en materia de transferencias federales, la política de Coordinación Fiscal de la Federación con las Entidades Federativas y Municipios, mediante la vigilancia y observancia de Leyes, Acuerdos y/o Reglamentos, con el propósito de impulsar el desarrollo y perfeccionamiento del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal.

9. Establecer los mecanismos para coordinar a las Unidades Administrativas competentes de la Secretaría y del Servicio de Administración Tributaria, en la promoción de la colaboración y la concertación con las autoridades de las entidades federativas en los asuntos relativos a la coordinación en materia fiscal; gestionar las aportaciones que otorga la Federación al Instituto para el Desarrollo Técnico de las Haciendas Públicas, así como participar en la evaluación de la gestión de dicho Instituto, y servir de enlace, en materia de transferencias federales, entre las autoridades fiscales de las Entidades Federativas y las Unidades Administrativas de la Secretaría y del Servicio de Administración Tributaria, a través de la coordinación de las actividades de enlace entre los tres niveles de Gobierno, para el fortalecimiento y perfeccionamiento del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal.

10. Emitir opinión en coordinación con las demás Unidades Administrativas de la Secretaría y del Servicio de Administración Tributaria, a las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, cuando lo soliciten, en el establecimiento de los Sistemas de Administración impositiva, así como en materia de gasto público federalizado, mediante la revisión de estadísticas en estos rubros e interpretación y elementos de opinión, con el fin de mejorar las distribución de los Ingresos Federales.

11. Autorizar el cálculo y distribución de las cantidades que correspondan a las Entidades Federativas y Municipios, por concepto de las compensaciones que apliquen del Fondo de Estabilización de los Ingresos de las entidades federativas, asociadas a una disminución en la Recaudación Federal Participable, mediante la remisión del aviso correspondiente a las unidades competentes de esta Secretaría, con el objeto de llevar a cabo la liquidación de los montos que les corresponden a las entidades federativas y los Municipios para dar cumplimiento a lo establecido en las disposiciones jurídicas aplicables.

12. Conducir en la elaboración de...

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