Acuerdo de Coordinación para la distribución y ejercicio de los subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Estado de Chiapas y los municipios de San Cristóbal de las Casas, Tapachula, Tonalá, Venustiano Carranza, Ocosingo, Comitán de Domínguez, Mapastepec, Pijijiapan, Berriozábal, Las Margaritas, Teopisca, Cacahoatán, Yajalón y Arriaga de dicha entidad federativa

Fecha de disposición07 Agosto 2013
Fecha de publicación07 Agosto 2013
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.

ACUERDO DE COORDINACIÓN PARA LA DISTRIBUCIÓN Y EJERCICIO DE LOS SUBSIDIOS DEL PROGRAMA DE RESCATE DE ESPACIOS PÚBLICOS EN LO SUCESIVO "EL PREP", QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO, EN LO SUCESIVO "LA SEDATU", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL OFICIAL MAYOR, MTRO. FIDEL ANTUÑA BATISTA, ASISTIDO POR EL SUBDELEGADO JURÍDICO DE LA DELEGACIÓN ESTATAL DE "LA SEDATU" EN CHIAPAS, LIC. GABRIEL JUÁREZ GARCÍA, QUIEN SUSCRIBE EN SUPLENCIA POR AUSENCIA DEL DELEGADO ESTATAL EN CHIAPAS, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 39 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE "LA SEDATU"; POR OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE CHIAPAS, EN LO SUCESIVO "EL ESTADO", REPRESENTADO POR EL SECRETARIO DE PLANEACIÓN, GESTIÓN PÚBLICA Y PROGRAMA DE GOBIERNO, LIC. JUAN CARLOS GÓMEZ ARANDA Y LOS MUNICIPIOS DE SAN CRISTÓBAL DE LAS CASAS, REPRESENTADO POR EL PRESIDENTE MUNICIPAL, L.A.E. FRANCISCO JOSÉ MARTÍNEZ PEDRERO Y EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO, C. JUAN PABLO RAMÍREZ PEÑA; TAPACHULA, REPRESENTADO POR EL PRESIDENTE MUNICIPAL, LIC. SAMUEL ALEXIS CHACÓN MORALES Y EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO, C. LUIS ENRIQUE SOLÍS COUTIÑO; TONALA, REPRESENTADO POR EL PRESIDENTE MUNICIPAL, ING. MANUEL DE JESÚS NARCIA COUTIÑO Y EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO, C. JOSÉ LUIS MARROQUÍN RAMÍREZ; VENUSTIANO CARRANZA, REPRESENTADO POR EL PRESIDENTE MUNICIPAL, MTRO. LUDWIG CONSTANTINO GONZÁLEZ Y EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO, C. BENJAMÍN GÓMEZ VÁZQUEZ; OCOSINGO, REPRESENTADO POR EL PRESIDENTE MUNICIPAL, LIC. OCTAVIO ELÍAS ALBORES CRUZ Y LA SECRETARIA DEL H. AYUNTAMIENTO, C. OFELIA YESENIA CRUZ VÁZQUEZ; COMITÁN DE DOMÍNGUEZ, REPRESENTADO POR EL PRESIDENTE MUNICIPAL, LIC. LUIS IGNACIO AVENDAÑO BERMÚDEZ Y EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO, C. FRANCISCO JAVIER ESCOBAR GORDILLO; MAPASTEPEC, REPRESENTADO POR EL PRESIDENTE MUNICIPAL, PROF. RODULFO PONCE MORENO Y EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO, C. JORGE VELÁZQUEZ SAMAYOA; PIJIJIAPAN, REPRESENTADO POR EL PRESIDENTE MUNICIPAL, DR. PEDRO HUGO IBARRA CAMPERO Y EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO, C. FRANCISCO ARMANDO ORANTES PENAGOS; BERRIOZÁBAL, REPRESENTADO POR EL PRESIDENTE MUNICIPAL, LIC. ALDERT ZEPEDA VALENCIA Y LA SECRETARIA DEL H. AYUNTAMIENTO, C. MARÍA ARACELI DÍAZ MARROQUÍN; LAS MARGARITAS, REPRESENTADO POR EL PRESIDENTE MUNICIPAL, LIC. MANUEL DE JESÚS CULEBRO GORDILLO Y EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO, C. JOSÉ GUADALUPE PÉREZ GONZÁLEZ; TEOPISCA, REPRESENTADO POR EL PRESIDENTE MUNICIPAL, C. GUADALUPE AGUSTÍN ESQUIVEL GARCÍA Y EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO, C. SEBASTIÁN HERNÁNDEZ GONZÁLEZ; CACAHOATÁN, REPRESENTADO POR EL PRESIDENTE MUNICIPAL, C.P. URIEL ISAÍ PÉREZ MÉRIDA, Y EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO C. RAFAEL PINDARO ARREOLA JIMÉNEZ; YAJALÓN, REPRESENTADO POR EL PRESIDENTE MUNICIPAL, C. ALFREDO DE JESÚS PINTOR AGUILAR Y EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO, C. DANIEL FRANCISCO FIGUEROA GUTIÉRREZ; ARRIAGA, REPRESENTADO POR EL PRESIDENTE MUNICIPAL, LIC. NOÉ LÓPEZ DUQUE DE ESTRADA Y EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO, C. JULIO FONSECA MUÑIZ; Y LAS ROSAS, REPRESENTADO POR EL PRESIDENTE MUNICIPAL, C.P. JAIME DE JESÚS SÁNCHEZ ARÉVALO Y EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO, C. JOEL ENRIQUE ORDÓÑEZ MORALES, RESPECTIVAMENTE, EN LO SUCESIVO "LOS MUNICIPIOS", A QUIENES CUANDO ACTÚEN EN CONJUNTO SE DENOMINARÁ "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. El artículo 33 de la Ley de Planeación establece que el Ejecutivo Federal podrá convenir con los gobiernos de las entidades federativas, satisfaciendo las formalidades que en cada caso procedan, la coordinación que se requiera a efecto de que dichos gobiernos participen en la planeación nacional del desarrollo; coadyuven, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, a la consecución de los objetivos de la planeación nacional, y para que las acciones a realizarse por la Federación y los Estados se planeen de manera conjunta. En todos los casos se deberá considerar la participación que corresponda a los municipios.

  2. El artículo 3, fracción XIX y el Anexo 24 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2012, establecen que "EL PREP" es un programa sujeto a reglas de operación. Asimismo, el artículo 31 de este Decreto señala que los subsidios federales se destinarán, en las entidades federativas, en los términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza, de vulnerabilidad, rezago y de marginación de acuerdo con los criterios de resultados que defina el Consejo Nacional de Población y a las evaluaciones del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.

  3. Conforme a lo dispuesto en el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2013, corresponde a "LA SEDATU" impulsar en coordinación con las autoridades estatales y municipales, la planeación y el ordenamiento del territorio nacional para su máximo aprovechamiento, con la formulación de políticas que armonicen el desarrollo urbano con criterios uniformes respecto de la planeación, control y crecimiento con calidad de las ciudades y zonas metropolitanas del país, además de los centros de población en general, así como su respectiva infraestructura de comunicaciones y de servicios, la planeación habitacional y el desarrollo de vivienda.

  4. El 28 de febrero de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo de "LA SEDATU" por el que se emiten las Reglas de Operación de "EL PREP" para el ejercicio fiscal 2013.

  5. El objetivo general de "EL PREP" es contribuir a mejorar la percepción de seguridad ciudadana, en las ciudades y zonas metropolitanas, mediante el rescate de espacios públicos en condición de deterioro, abandono o inseguridad que sean utilizados preferentemente por la población en situación de pobreza multidimensional.

  6. El Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de enero de 2013, dispone que los Programas del Gobierno Federal, podrán apoyar en la instrumentación de la Cruzada contra el Hambre, la cual es una estrategia de inclusión y bienestar social. De igual manera se observarán las directrices marcadas por la Comisión Intersecretarial para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia.

  7. La Subdirección de Presupuesto dependiente de la Dirección General de Recursos Financieros de la Oficialía Mayor, comunicó a la Dirección General de Equipamiento e Infraestructura en Zonas Urbano Marginadas, de "LA SEDATU" el monto de los subsidios autorizados a "EL PREP" para el ejercicio fiscal 2013, mediante oficio número IV.-410-310.644, de fecha 14 de marzo de 2013.

  8. El Oficial Mayor de "LA SEDATU", mediante el Oficio Circular de Distribución de Subsidios de "EL PREP", número 260626, de fecha 15 de marzo de 2013, comunicó a los delegados estatales de "LA SEDATU" la distribución de los subsidios federales de "EL PREP" por entidad federativa para el ejercicio fiscal 2013.

Con base en lo expuesto, y con fundamento en los artículos 40, 41, 43, 90 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, 34, 36 y 44 de la Ley de Planeación; 1, 4, 45, 54, 74, 75, 77, 82, 83, 84, 85 y 106 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 1, 85, 175, 176 y 178 de su Reglamento; 1, 4 y 24 de la Ley General de Desarrollo Social y 3 fracción III, 23, 25, 27, 40 y 41 de su Reglamento; 8, 9, 48, 49, 50 y 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos; 7 y demás aplicables de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 1, 3 fracción XIX, 29, 30 y 31 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013; 7, fracción X, 9, 13, 24, 34, 35 y 36 del Reglamento Interior de "LA SEDATU"; el Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación de "EL PREP" para el ejercicio fiscal 2013; así como en lo previsto por los artículos 2 y 45 de la Constitución Política del Estado de Chiapas; 2, 5, 6, 9, 10, 11, 20, 27 fracción III-A y 30-A de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas; 1 fracción III de la Ley de Planeación en el Estado de Chiapas y 2, 9, 12, 36 fracciones LII y LXVI, 39, 40 fracciones V y XL, 57 y 60 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Chiapas; 2, 8, 15 fracciones I y XV, 108 y 109 de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Chiapas. "LAS PARTES" han decidido establecer sus compromisos con arreglo a las siguientes:

CLÁUSULAS

CAPÍTULO I DEL OBJETO

PRIMERA. El presente Acuerdo de Coordinación tiene por objeto coordinar las acciones entre "LAS PARTES", para la operación de "EL PREP" en las Ciudades y Zonas Metropolitanas Seleccionadas y para el ejercicio de los subsidios federales y los recursos locales aportados, con el propósito de contribuir a mejorar la calidad de vida y la seguridad ciudadana, mediante el rescate de espacios públicos en condición de deterioro, abandono o inseguridad que sean utilizados preferentemente por la población en situación de pobreza de las Ciudades y Zonas...

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