Sección de Avisos

42 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 8 de noviembre de 2023

E D I C T O S

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO. "2023, AÑO DE FRANCISCO VILLA EL

REVOLUCIONARIO DEL PUEBLO".

EDICTO.

JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PROCESO ESCRITO DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

EMPLAZAMIENTO.

ABASTECIMIENTOS, SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V., MIGUEL ÁNGEL ROJAS ORTEGA Y LUIS ALFREDO RODRÍGUEZ GUTIÉRREZ.

En los autos del juicio ordinario mercantil, promovido por Unifin Financiera, Sociedad Anónima Bursátil de Capital Variable, antes Unifin Financiera, Sociedad Anónima Bursátil de Capital Variable, Sociedad de Objeto Múltiple, Entidad No Regulada, en contra de Abastecimientos, Servicios y Construcciones, S.A. de C.V., Miguel Ángel Rojas Ortega y Luís Alfredo Rodríguez Gutiérrez, expediente 969/2019. El C. Juez Francisco René Ramírez Rodríguez ordenó publicar el siguiente edicto y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 1070, primer y segundo párrafo, del Código de Comercio, con base al auto de fecha cuatro de octubre del año dos mil veintitrés:

"En la Ciudad de México, a cuatro de octubre del año dos mil veintitrés. Agréguese al expediente la promoción que presenta la parte actora, por hechas sus manifestaciones; como lo pide y tomando en consideración que no se cuenta con domicilio de los codemandados para los efectos del emplazamiento; en consecuencia, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1070, párrafo cuarto, del Código de Comercio, se dispone notificar el emplazamiento a los demandados Abastecimientos, Servicios y Construcciones, S.A. de C.V., Miguel Ángel Rojas Ortega y Luis Alfredo Rodríguez Gutiérrez, mediante publicación por edictos de ésta determinación judicial, por tres veces consecutivas en el periódico El Universal y en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, para que tenga conocimiento que la parte actora Unifin Financiera, Sociedad Anónima Bursátil de Capital Variable, antes Unifin Financiera, Sociedad Anónima Bursátil de Capital Variable, Sociedad de Objeto Múltiple, Entidad No Regulada, le demanda en la vía ordinaria mercantil, el pago de las siguientes prestaciones: El pago de la cantidad de $5,595,902.34, m.n., por concepto de rentas vencidas y no pagadas, conforme a lo pactado en el Contrato anexo número 1 de fecha 29 de octubre de 2015 y en el Contrato Marco de Arrendamiento Puro número 05246 de fecha 29 de octubre de 2015; y demás accesorios. Se les concede a los codemandados un plazo de treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación, para contestar la demanda, pagar u oponer excepciones, quedando en la secretaría del juzgado las copias de traslado correspondientes, esto con fundamento en el artículo 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la materia mercantil; apercibida la demandada que debe señalar domicilio procesal en esta ciudad, cuenta de correo electrónico y/o número telefónico, ya que, en caso de no hacerlo todas las notificaciones subsecuentes, incluyendo las personales se tendrán por hechas por su publicación en el Boletín Judicial. Asimismo, deberá fijarse en los tableros de aviso de este juzgado una copia íntegra de la resolución, por todo el tiempo del emplazamiento. Notifíquese. Así lo proveyó y firma digitalmente el Juez Décimo Cuarto de lo Civil de Proceso Escrito de la Ciudad de México, el Maestro en Derecho Francisco René Ramírez Rodríguez, ante el Secretario de Acuerdos, Licenciado en Derecho Marco Antonio Gamboa Madero, quien también firma de manera digital, ante quien se actúa y da fe. Doy fe.".

Ciudad de México, a 16 de octubre del 2023.

  1. SECRETARIO DE ACUERDOS

(Firma)

LIC. MARCO ANTONIO GAMBOA MADERO.

Publíquese por tres veces consecutivas en el periódico "El Universal" y en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

"2023, Año de Francisco Villa, el Revolucionar el Pueblo"

DOMICILIO DEL JUZGADO VIGÉSIMO OCTAVO DE LO CIVIL DE

PROCESO ORAL Y DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE LA CIUDAD

DE MÉXICO: AVENIDA PATRIOTISMO 230 PISO 11, COLONIA

SAN PEDRO DE LOS PINOS, ALCALDÍA BENITO JUÁREZ,

CÓDIGO POSTAL 03800, CIUDAD DE MÉXICO.

EXPEDIENTE: 431/2023

EDICTO EMPLAZAMIENTO.

EN LOS AUTOS RELATIVOS AL JUICIO ESPECIAL DE EXTINCIÓN DE DOMINIO promovido por GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO en contra de ANA TERESA ORTIZ QUIÑONEZ Y CRISTIAN ARROYO CHAVARRIA, EL C. JUEZ VIGÉSIMO OCTAVO DE LO CIVIL DE PROCESO ORAL Y DE EXTINCIÓN DE DOMINIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, LICENCIADO JOSE AGUSTIN PEREZ CORTES, DICTO UN AUTO QUE EN SU PARTE CONDUCENTE DICE: Ciudad de México, a veintiocho de agosto de dos mil veintitrés.

EXPEDIENTE: 431/2023

EL SECRETARIO DE ACUERDOS CERTIFICA: Que con esta fecha da cuenta al C. Juez con expediente en el que se actúa y escrito presentado ante la Oficialía de partes de este juzgado el diez de agosto del año en curso. Asimismo, se hace constar que el término de TRES DIAS concedidos a la accionante a efecto de desahogar la prevención ordenada en auto del dos de agosto de la presente anualidad, trascurrió del diez al catorce de agosto del presente año, - - CONSTE. Ciudad de México, diez de agosto del dos mil veintitrés.

CIUDAD DE MÉXICO, DIEZ DE AGOSTO DEL DOS MIL VEINTITRES.

Hágase del conocimiento de las partes la certificación que antecede para los efectos legales procedentes.

Agréguese a su expediente el escrito de cuenta de la promovente, se le tiene en tiempo desahogando la prevención formulada en auto de dos de agosto del presente año, consecuentemente, se procede a proveer el escrito de demanda en los términos siguientes:

Se tiene por presentado al Licenciado DAVID BERNAL CRUZ, en su calidad de Agente del Ministerio Público Especializado en materia de Extinción de Dominio de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (hoy Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México)...

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