Sección de Avisos

20 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 24 de noviembre de 2020

E D I C T O S

"AÑO DE LEONA VICARIO, BENEMERITA MADRE DE LA PATRIA"

EDICTO

En cumplimiento a lo ordenado en auto de fecha veintiocho de octubre de dos mil veinte, dictado en los autos del juicio EXTINCIÓN DE DOMINIO, promovido por GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO en contra de ANTONIO RAMÍREZ ESPEJEL Y JOSEFINA CASTRO GRIMALDO con número de expediente 24/20, el C. Juez Vigésimo Séptimo Civil de Proceso Oral y Extinción de Dominio de la Ciudad de México, Mtro. Víctor Hoyos Gándara, ordenó dar cumplimiento al mencionado proveído que es del tenor literal siguiente:

La Secretaria de Acuerdos, da cuenta al C. Juez con un escrito, presentado ante este Juzgado el día veintisiete de octubre del año dos mil veinte.- Conste.- En la Ciudad de México a veintiocho de octubre del año dos mil veinte.

En la Ciudad de México a veintiocho de octubre del año dos mil veinte.- Agréguese a sus autos el escrito de cuenta de la parte actora GOBERNO DE LA CIUDAD DE MEXICO, por conducto de Licenciada Alejandra Martínez Galván, Agente del Ministerio Publico de la Fiscalía Especializada en el Procedimiento de Extinción de Dominio de la de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, en los términos de su escrito y atento a sus manifestaciones que refiere, a efectos de evitar futuras nulidades y confusiones, como lo solicita con fundamento en los artículos 86, 87 y 89 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, expídanse a la brevedad posible, edictos par efectos de dar debido cumplimiento al auto de fecha veintisiete de septiembre de dos mil diecinueve, adminiculado con lo ordenado en el proveído de fecha veintisiete de noviembre del año dos mil diecinueve, y auto de radicación del expediente ante este órgano Jurisdiccional el día doce de febrero del año dos mil veinte, debiendo agregar a los edictos, el presente proveído.-NOTIFIQUESE.- Lo proveyó y firma el C. JUEZ VIGÉSIMO SÉPTIMO CIVIL DE PROCESO ORAL Y DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, Maestro en Derecho VÍCTOR HOYOS GÁNDARA, ante la C. Secretaria de Acuerdos Licenciada BÁRBARA ARELY MUÑOZ MARTÍNEZ, que autorizada y da fe.

- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - -

La Secretaria de Acuerdos, da cuenta al C. Juez con un oficio número 372, de fecha seis de febrero del año dos mil veinte, emitido por la Segunda Secretaria de Acuerdos de la Presidencia y del Pleno de este Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, presentado ante Oficialía de Partes de este H. Juzgado el día doce de febrero del año dos mil veinte, al que se acompaña expediente 968/2019 radicado inicialmente ante el Juez Primero de lo Civil de Proceso Escrito y de Extinción de Dominio, y documentos exhibidos en el mismos consistentes en:

1.- Copia certificada de la Averiguación Previa número FCIN/ACD/T2/00427/13-10 D01 y su acumulado número FCIN/AOP/T3/00059/13-10 en 620 fojas.

2.- Expediente Administrativo número FEED/T1/21/14-03 en 831 fojas. Doy fe. Ciudad de México, a doce de febrero del año dos mil veinte.- CONSTE. Ciudad de México, a doce de febrero del dos mil veinte.

EN LA CIUDAD DE MÉXICO, A DOCE DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.

Con el oficio de cuenta se tiene por recibido el expediente y documentos que se acompañan, el que se registra en el Libro de Gobierno de este H. Juzgado, con el número 24/2020, que le asignó la Oficialía de Partes Común Civil, Cuantía Menor, Oralidad, Familiar y Sección Salas del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México. Guárdese en el seguro del Juzgado los documentos exhibidos para su resguardo.

Radicación.- En cumplimiento a lo ordenado en acuerdo 48-37/019 en relación con el 04-39/2019 emitidos por el Pleno del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México, en sesión ordinaria celebrada del veintinueve de octubre del dos mil diecinueve, y atendiendo a que el expediente que nos ocupa, fue remitido por el Juzgado Primero Civil de Proceso Escrito y de Extinción de Dominio, toda vez que el mismo declinó su competencia de conformidad con el acuerdos citados en líneas que anteceden, atento a ello se dio el trámite de Incompetencia y remitido a este Juzgado en dicho concepto, por lo que el suscrito atendiendo al acuerdo ya citado en líneas que preceden, esta autoridad asume la competencia de conformidad con la Ley Nacional de Extinción de Dominio del JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO en que se actúa y a fin de continuar con el mismo como en derecho corresponda, MEDIANTE NOTIFICACIÓN PERSONAL, hágase del conocimiento de las partes, su radicación ante este juzgado; para tal efecto elabórese el instructivo correspondiente y túrnese con el C. Secretario Actuario de la adscripción.

Asimismo, se previene a la ACTORA GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, para que dentro del plazo de TRES DIAS posteriores a que se encuentre notificado de la radicación ante este juzgado del expediente en que se actúa, manifieste si los documentos que se describen en la certificación de cuenta, coinciden con los que exhibió en el citado expediente, ante el Juzgado Primero Civil de Proceso Escrito y de Extinción de Dominio, apercibido que su omisión constituirá una aceptación tácita de que dichos documentos son los únicos que exhibió.

Y a efecto de cumplimentar en sus términos el oficio número 372, de fecha seis de febrero del año dos mil veinte, emitido por la Segunda Secretaria de Acuerdos de la Presidencia y del Pleno de este Tribunal Superior de Justicia de la ciudad de México, gírese atento oficio al Juzgado Primero Civil de Proceso Escrito y de Extinción de Dominio, para los efectos de hacer de su conocimiento la aceptación de competencia por este Órgano Jurisdiccional, debiendo mandar copia del referido oficio a presidencia de este H. Tribunal, proceda oficial en turno a la elaboración del referido medio de comunicación judicial, debiendo llevar a cabo su diligenciación.- NOTIFÍQUESE.- Lo proveyó y firma el C. JUEZ VIGÉSIMO SÉPTIMO CIVIL DE PROCESO ORAL Y DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, Maestro en Derecho VÍCTOR HOYOS GÁNDARA, ante la C. Secretaria de Acuerdos, Licenciada BÁRBARA ARELY MUÑOZ MARTÍNEZ, con quien actúa y da Fe.- DOY FE.

- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - -

Ciudad de México, a veintisiete de noviembre de dos mil diecinueve.

Al expediente número 968/2019, el escrito de cuenta del C. Agente del Ministerio Público, por hechas las manifestaciones a que se contrae, para los efectos legales a que haya lugar y toda vez que por un error mecanográfico se asentó en el proveído de veintisiete de septiembre del dos mil diecinueve, en su parte conducente lo siguiente: "2026Asimismo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 86, 87 y 89 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, publíquese el presente proveído por tres veces de tres en tres días hábiles, debiendo mediar entre cada publicación dos días hábiles, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, en el Boletín Judicial del Tribunal Superior de Justicia de ña Ciudad de México y por "internet" en la página de la Fiscalía2026" debiendo ser lo correcto "2026Asimismo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 86, 87 y 89 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, publíquese el presente proveído por tres veces consecutivas, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y por "Internet" en la página de la Fiscalía2026", se hace la presente aclaración para los efectos procedentes, debiendo formar el presente proveído parte integrante del citado en líneas que anteceden. Notifíquese. Lo proveyó y firma el C. Juez Primero de lo Civil Interino, Licenciado VICTOR MANUEL SILVEYRA GÓMEZ, ante la C. Secretaría de Acuerdos, Licenciada ROSA MARÍA DEL CONSUELO MOJICA RIVERA, que autoriza y da fe. Doy fe.

- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - -

LA SECRETARÍA DE ACUERDOS da cuenta, a la C. Juez, con el escrito de demanda signado por la Licenciada DIANA IVONE CASTAÑÓN LARA en su carácter de Agente del Ministerio Público Especializado en el Procedimiento de Extinción de Dominio de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México, en representación del GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, mediante el cual presenta demanda ejercitando la ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO anexando un legajo de copias certificadas, que contiene ocho constancias de los nombramientos de los diversos Ministerios Públicos Especializados en Extinción de Dominio en copia certificada y cinco copias certificadas de diversas identificaciones institucionales de Agente del Ministerio Público de la Procuraduría General de la Ciudad de México; el expediente administrativo número FEED/T1/21/14-13 constante de 831 fojas y un juego de copias certificadas de la averiguación previa FCIN/ACDT/T2/0427/13-10 D01 y su ACUMULADA FCIN/AOP/T3/0059-13-10, constante de 620 fojas, y dos juegos de copias de traslado correspondiente, remitidos por la Oficialía de Partes Común de este Tribunal, mismos que se reciben el día de hoy, veintisiete de septiembre del año dos mil diecinueve, siendo las diez horas con quince minutos. Conste.

Ciudad de México, a veintisiete de septiembre del dos mil diecinueve.

Con el escrito de cuenta, anexos y copias simples que se acompañan, se forma expediente y se registra como corresponde en el Libro Digital de Gobierno de este Juzgado, bajo el número de expediente 968/2019, que previamente fue asignado por la Oficialía de Partes Común de este Tribunal. Se ordena guardar en el seguro del juzgado los documentos exhibidos como base de la acción. Por presentada a la Licenciada DIANA IVONE CASTAÑÓNLARA en su calidad de Agente del Ministerio Público Especializado en materia de Extinción de Dominio de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR