Sección de Avisos

76 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 26 de marzo de 2020

SECCIÓN DE AVISOS

DESARROLLADORA DEL CENTRO, S.A.

CONVOCATORIA

De conformidad con las cláusulas Décima Cuarta, Décima Quinta, Décima Sexta de los Estatutos Sociales, así como el numeral 182 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se convoca a los accionistas de Desarrolladora del Centro, S.A. (la "Sociedad"), a la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad, que será celebrada a partir de las 10:00 horas del 17 de abril de 2020, en la Sala de Juntas Principal de las oficinas ubicadas en Santa Margarita 323, Colonia Insurgentes San Borja, C.P. 03100, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México, para tratar los asuntos contenidos en el siguiente:

ORDEN DE DÍA

I. Discusión y, en su caso, aprobación de la reforma a los estatutos sociales de la Sociedad.

II. Discusión y, en su caso, aprobación de la adopción de la modalidad de Capital Variable (C.V.) del capital social de la Sociedad, en términos de lo dispuesto por los artículos , 213 al 221, de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

III. Discusión y, en su caso, aprobación de la redistribución del capital social de la Sociedad. Resoluciones al respecto.

IV. Designación de delegados.

Podrán asistir a la Asamblea aquellos accionistas que personalmente o por conducto de apoderado acrediten tal calidad ante la Sociedad en los términos que disponen los Estatutos Sociales; debiendo solicitar con anticipación de al menos un día hábil ante la Secretaria de la Sociedad, el pase de admisión respectivo.

Ciudad de México, a 23 de marzo de 2020.

(Firma)

Carlos Huizar de Santiago.

Administrador Único de Desarrolladora del Centro, S.A.

E D I C T O S EDICTO

En los autos del Juicio ESPECIAL DE EXTINCION DE DOMINIO promovido por GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MEXICO en contra de MARIA ELENA MARTINEZ ALVAREZ y GABRIEL CRUZ, en el expediente 93/2020. El C. Juez C. Juez Vigésimo Séptimo Civil de Proceso Oral y de Extinción de Dominio de la Ciudad de México, Maestro en derecho VICTOR HOYOS GANDARA ordenó notificar mediante edictos a CUALQUIER PERSONA INTERESADA (AFECTADA) QUE CONSIDEREN TENER UN DERECHO SOBRE EL BIEN PATRIMONIAL OBJETO DE LA ACCION, EN RAZON DE LOS EFECTOS UNIVERSALES DEL PRESENTE JUICIO

La Secretaria de conformidad con el artículo 81 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México, da cuenta al C. Juez con un escrito inicial de demanda recibido en el local de este juzgado el seis de marzo del dos mil veinte, suscrito por la Licenciada DIANA IVONE CASTAÑON LARA, en su carácter de Agente del Ministerio Público adscrito a la Fiscalía de Extinción de Dominio en representación del Gobierno de la Ciudad de México, al que se acompañan los documentos siguientes: 1.Expediente Administrativo número FEED/T1/003/15-01 constante en 721 fojas; 2. Copia certificada de la Averiguación Previa FMIL/MIL-1/T1/835/11-12 D01, constante de 504 fojas; copia autentica de los nombramientos otorgados a los Licenciados Diana Ivone Castañón Lara, María Guadalupe Cervantes Díaz, Laura Gachuz Fuentes, Rodolfo Ramírez Martínez, Javier Hernández Ramírez, Alejandra Martínez Galván, Héctor Vega Rodríguez, Mario Nahu Santiago López, Kaliope Karina Padrón Magaña, Gloria Vázquez Muñoz, así como sus respectivas credenciales laborales; y tres juegos de copias simples de traslado del escrito inicial de demanda, en 39 hojas que incluye un sobre amarillo foliado con el número 39 que contiene dos CD2019S (compac disc), y visualizado que fue el primero, éste consta de un archivo en PDF cuyo contenido coincide con la copia certificada de la carpeta de investigación mencionada en el punto 2 de la presente y en el otro consta un solo archivo en PDF cuyo contenido coincide con el expediente administrativo mencionado en el punto 1 de la presente. Conste. Doy fe. Ciudad de México, a diez de febrero del año dos mil veinte; hasta esta fecha debido a que el día NUEVE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTE, en atención al acuerdo 06-11/2020, emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México en sesión extraordinaria celebrada el veintisiete de febrero del año dos mil veinte y el acuerdo volante 11/2020, no no corrió término procesal y se suspendieron las actuaciones judiciales. CONSTE. CIUDAD DE MÉXICO, A DIEZ DE MARZO DEL DOS MIL VEINTE.

CIUDAD DE MÉXICO A DIEZ DE MARZO DEL DOS MIL VEINTE

Por recibido el ocurso suscrito por la Licenciada DIANA IVONE CASTAÑON LARA, en su carácter de Agente del Ministerio Público Especializado en el Procedimiento de Extinción de Dominio de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México en representación del Gobierno de la Ciudad de México, personalidad que se le reconoce con la copia autentica de su nombramiento expedida por el Procurador General de Justicia de la Ciudad de México, del que se advierte la calidad con la que se ostenta, el que se agrega a los autos para constancia legal.

Por señalado como domicilio del promovente para oír y recibir notificaciones el ubicado en: NIÑOS HEROES 132, PLANTA BAJA TORRE SUR, COLONIA DOCTORES, ALCALDÍA CUAUHTEMOC EN ESTA CIUDAD DE MÉXICO, y por señalados como Agentes del Ministerio Público Especializado en Extinción de Dominio a los Licenciados en Derecho María Guadalupe Cervantes Díaz, Laura Gachuz Fuentes, Rodolfo Ramírez Martínez, Javier Hernández Ramírez, Alejandra Martínez Galván, Héctor Vega Rodríguez, Mario Nahu Santiago López, Kaliope Karina Padrón Magaña, Gloria Vázquez Muñoz, carácter que se les reconoce en términos de la copia autentica de su nombramiento expedida por el Procurador General de Justicia de la Ciudad de México, los que se agregan en autos; asimismo, se tienen por autorizados para oír y recibir notificaciones y documentos e incluso de carácter personal, a las demás personas que se mencionan.

  1. -Visto el contenido del escrito de cuenta, mediante el cual se ejerce la ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO en contra de MARIA ELENA MARTINEZ ALVAREZ y GABRIEL CRUZ en su carácter de parte demandada, como propietarios del bien inmueble ubicado en: CERRADA DE NUEVO LÉON, NÚMERO 11, COLONIA SANTA CRUZ O VILLA MILPA ALTA, DELEGACIÓN HOY ALCALDÍA MILPA ALTA, CIUDAD DE MÉXICO CON UNA SUPERFICIE DE 279.80 METROS CUADRADOS, PREDIO DENOMINADO COMO XOCOCOTLAN; acción que se ejerce en base a las actuaciones ministeriales que se contienen en el expediente número FEED/T1/003/15-01, así como en las razones y consideraciones legales que se expresan en el mismo documento, por lo que de conformidad con el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 3, 4, 7, 8, 16, 21, 191, 193, 195 y demás relativos y aplicables de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, SE ADMITE A TRAMITE la demanda planteada en la VÍA ESPECIAL DE JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO; consecuentemente con las copias simples que se acompañan del escrito de cuenta y de los anexos exhibidos, por medio de notificación personal se ordena emplazar en presente juicia a MARIA

    78 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 26 de marzo de 2020

    ELENA MARTINEZ ALVAREZ y GABRIEL CRUZ, en el presente juicio, conforme a lo dispuesto en la fracción XX del artículo 2°de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, para que en el término de QUINCE DÍAS HÁBILES, contados a partir del días siguiente a la fecha en que surta efectos el emplazamiento, den contestación a la demanda, llamamiento a juicio que deberá verificarse en términos de lo dispuesto por el artículo 83 y demás relativos y aplicables de la Ley Nacional de Extinción de Dominio. Y tomando en consideración que los documentos con los que se debe correr traslado a los demandados...

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