Sección de Avisos

E D I C T O S

ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO.

E D I C T O

PARA EMPLAZAR A:

EURO ASOCIADOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE

EN LOS AUTOS DEL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL 200/2019-IV PROMOVIDO POR JOSÉ LUIS BENÍTEZ TIRADO CONTRA EURO ASOCIADOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SE DICTO EL SIGUIENTE AUTO:

Ciudad de México, tres de septiembre de dos mil diecinueve.

Agréguese a los autos el escrito del actor, por el que desahoga la vista de veintiocho de agosto del año en curso.

Toda vez que se ha agotado los medios para localizar el domicilio de los demandados, con fundamento en el artículo 1070 del Código de Comercio, se ordena a Euro Asociados, sociedad anónima de capital variable, por edictos que se publicaran por tres veces consecutivas en el periódico el Sol de México, así como en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, haciéndole saber a la mencionada demandada que en atención a lo dispuesto en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la codificación mercantil deberá presentarse por conducto de representante en el Juzgado Tercero de Distrito en materia Civil en la Ciudad de México, dentro de treinta días, contados a partir de la última publicación, a efecto de que conteste la demanda incoada en su contra por José Luis Benítez Tirado, refiriéndose concretamente a cada hecho y en su caso opongan excepciones, quedando a disposición en el local de este juzgado copia simple del escrito de demanda, con sus respectivos anexos; con el apercibimiento que de no hacerlo se tendrá por contestada en sentido negativo, conforme a lo dispuesto por el artículo 332 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria al Código de Comercio.

Señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta jurisdicción, bajo el apercibimiento que de no hacerlo las notificaciones personales se harán conforme a las reglas para las notificaciones que no deban ser personales, lo anterior en términos del artículo 1069 del Código de Comercio.

Mediante notificación personal, requiérase al actor, para que comparezca a este Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, a efecto de cumplir lo siguiente: a) reciba los edictos que se encuentran a su disposición, dentro de tres días contados a partir de que surta efectos la notificación del presente auto, en términos de lo dispuesto por el artículo 1079, fracción VI, del Código de Comercio; b) presente el comprobante de pago de las publicaciones correspondientes, en igual plazo a partir del día siguiente de que se ponga a su disposición los edictos; y C) exhiba las publicaciones correspondientes dentro de los tres días siguientes a la última de ellas, apercibido que de hacer caso omiso a cualquiera de los supuestos anteriores, se dará de baja el presente asunto por...

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