Sección de Avisos

SECCIÓN DE AVISOS

Corporación Financiera de América del Norte, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad No Regulada (Subsidiaria del Banco de Desarrollo de América del Norte).

Balances Generales

al 31 de diciembre de 2017 y 2016 (Expresados en miles de pesos)

2017 2016 2017 2016 Activo Pasivo y capital contable

Efectivo y equivalente de efectivo $5,177 $27,787 Pasivo Circulante:

Acreedores diversos y otras

cuentas por pagar $27,510 $20,972 Instrumentos financieros

Títulos conservados al vencimiento 77,036 79,958 Pasivo a largo plazo:

Préstamos de instituciones financieras 2,539,906 2,806,680

Total pasivo 2,567,416 2,827,652 Cartera de crédito vigente

Capital Contable: Créditos a entidades gubernamentales 2,539,906 2,782,833

Capital contribuido: Capital social 78,091 78,091 Capital ganado:

Otras cuentas por cobrar 2,006 85 Reservas de capital 1,023 1,023

Resultado de ejercicios anteriores (16,055) (26,620) (Pérdida) Utilidad neta del año (6,308) 10,565

Total capital contable 56,751 63,059 Mobiliario y equipo, neto 42 48

Total activo $2,624,167 $2,890,711 Total pasivo y capital contable $2,624,167 $2,890,711

Cuentas de Orden 2017 2016

Bienes recibidos en dación de pago $218,063 $218,063

"Los presentes balances generales están elaborados de conformidad con las Normas de Información Financiera Mexicanas bajo la responsabilidad de los funcionarios que los suscriben".

(Firma) (Firma)

Agustín González Escutia Alejandro Encastin Huerta

Director General Contador General

26 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 6 de Diciembre de 2018

Corporación Financiera de América del Norte, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad No Regulada (Subsidiaria de Banco de Desarrollo de América del Norte).

Estados de Resultados

Por los años que terminaron el 31 de diciembre de 2017 y 2016 (Expresados en miles de pesos)

2017 2016

Ingresos por intereses $244,244 $273,185 Gastos por intereses 246,894 259,180

Margen financiero (2,650) 13,925

Gastos de administración y generales:

Gastos por servicios 617 521 Honorarios 2,127 2,024 Comisiones bancarias 35 33 Gastos legales 370 308 Otros gastos generales 509 474

3,658 3,360

(Pérdida) utilidad neta del año $ (6,308) $ 10,565

"Los presentes estados de resultados están elaborados de conformidad con las Normas de Información Financiera Mexicanas bajo la responsabilidad de los funcionarios que los suscriben".

(Firma) (Firma)

____________________________________ ____________________________________

Agustín González Escutia Alejandro Encastin Huerta Director General Contador General

E D I C T O S EDICTO:

Esta Junta de Asistencia Privada del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 3, 4 y 7 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 1, 2, 3, 12 fracción I, 87, 91 y 116 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 2, 3 fracciones II, V, XII y XIII, 5, 7 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México; 1, 2, 3 fracciones I y IV, 6 último párrafo, 15, 194, 196 fracción XII y 197 fracción I del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 2 fracciones I, II, VI, X, XII, XV y XXII, 3, 4, 5, 30, 31, 32, 71, 72, 73, 77, 78 fracción III y 108 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 1, 2 fracciones I, II, III, VII, VIII, XVI, XVII, XVIII, 3, 30 párrafo primero y fracción I, 33, 35, 37, 38, 40, 70, 71, 72 fracciones I y XVI, 73 fracciones I y II, 74 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, 75, 81 fracción IV, 82 fracciones I, VII, XI y XV de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal; 1, 2 fracciones II. V, VI, VII, VIII, X, XI, 3, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 41 párrafos primero y último, 62, 65, 66, 69 fracción II inciso b), del Reglamento de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal; hace del conocimiento del Público en General que los miembros del Consejo Directivo de la Junta de Asistencia Privada del Distrito Federal, reunidos en Sesión Ordinaria No. 237, celebrada el 19 de septiembre de 2018, emitieron Resolución dentro del proceso de extinción respecto a la Institución CENTRO EDUCATIVO EXPRESIÓN Y LIBERTAD, I.A.P., en la que se resolvió lo siguiente:

PRIMERO: Iniciar el procedimiento de Extinción de Oficio y en consecuencia la liquidación de CENTRO EDUCATIVO EXPRESIÓN Y LIBERTAD, I.A.P., debido a que su situación actualiza la hipótesis prevista en la fracción I del artículo 30 de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal, en razón de los argumentos establecidos en los considerandos referidos con anterioridad. SEGUNDO: Proceder a la designación del liquidador por parte de la Junta de Asistencia Privada para el Distrito Federal, de conformidad con los artículos 33 de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal y 25 de su Reglamento. TERCERO: De conformidad con lo dispuesto por el artículo 33 de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal, requerir al Patronato CENTRO EDUCATIVO EXPRESIÓN Y LIBERTAD, I.A.P., para que dentro de un plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al que surta efectos la notificación de la presente resolución; se sirva designar de su parte, al profesionista que funja como liquidador, quién deberá cumplir con lo dispuesto por los artículos 36 y 37 de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal, con el apercibimiento de que de no nombrarlo en dicho plazo, la Junta lo designará en su rebeldía. CUARTO: Notifíquese a los interesados la presente resolución y que ésta podrá recurrirse ante el Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México, o bien, interponer el recurso a que hacen referencia los artículos 108, 109, 110, 111 y demás relativos y aplicables de la Ley del Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, dentro del término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al en que surta efectos la notificación de la presente. QUINTO: Publíquese la presente en la Gaceta Oficial del Gobierno de la Ciudad de México y en un Periódico de Mayor Circulación, para que surta los efectos legales a que haya lugar.

En virtud de lo anterior, se hace del conocimiento de Fundadores y/o Representante Legal de la institución de referencia; así como, de todas aquellas personas físicas o morales que tengan interés en el ejercicio de alguna acción o de un derecho en relación a la Institución CENTRO EDUCATIVO EXPRESIÓN Y LIBERTAD, I.A.P., que deberán hacerlo valer ante la autoridad competente y de conformidad con la normatividad aplicable al caso concreto. Sin perjuicio a lo anterior, y tratándose de la Resolución cuya parte medular se transcribió con anterioridad, se les indica a todas aquellas personas que tengan interés y se consideren afectados por dicho acto administrativo, que podrán interponer ante el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, el recurso de inconformidad a que hacen referencia los artículos 108, 109, 110, 111, 112 y demás relativos y aplicables de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, dentro del término de 15 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al que surta sus efectos la presente notificación o bien, interponer el Juicio Contencioso Administrativo ante el Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México, en el mismo término, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 3 fracción I y 31 de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México y 56 de la Ley de Justicia Administrativa de la Ciudad de México. El presente se suscribe en la Ciudad de México, el día 01 de noviembre de 2018.

(Firma)

Lic. Carlos Leonardo Madrid Varela Presidente de la Junta de Asistencia Privada del Distrito Federal

28 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 6 de Diciembre de 2018

EDICTO:

Esta Junta de Asistencia Privada del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 3, 4 y 7 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 1, 2, 3, 12 fracción I, 87, 91 y 116 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 2, 3 fracciones II, V, XII y XIII, 5, 7 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México; 1, 2, 3 fracciones I y IV, 6 último párrafo, 15, 194, 196 fracción XII y 197 fracción I del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 2 fracciones I, II, VI, X, XII, XV y XXII, 3, 4, 5, 30, 31, 32, 71, 72, 73, 77, 78 fracción III y 108 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 1, 2 fracciones I, II, III, VII, VIII, XVI, XVII, XVIII, 3, 30 párrafo primero y fracción I, 33, 35, 37, 38, 40, 70, 71, 72 fracciones I y XVI, 73 fracciones I y II, 74 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, 75, 81 fracción IV, 82 fracciones I, VII, XI y XV de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal; 1, 2 fracciones II. V, VI, VII, VIII, X, XI, 3, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 41 párrafos primero y último, 62, 65, 66, 69 fracción II inciso b), del Reglamento de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Distrito Federal; hace del conocimiento del Público en General que los miembros del Consejo Directivo de la Junta de Asistencia Privada del Distrito Federal, reunidos en Sesión Ordinaria No. 238, celebrada el 24 de octubre de 2018, emitieron Resolución dentro del proceso de extinción respecto a la Institución PATRONATO PRO-ESTUDIANTES SONORENSES, I.A.P., en la que se resolvió lo siguiente:

PRIMERO: Iniciar el procedimiento de Extinción de Oficio y en consecuencia la liquidación de PATRONATO PROESTUDIANTES SONORENSES, I.A.P., debido a que su situación actualiza la hipótesis prevista en la fracción I del artículo 30 de la Ley de Instituciones de Asistencia...

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