Sección de Avisos

64 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 29 de Agosto de 2017

E D I C T O S

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CDMX

"Año del Centenario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos"

E D I C T O

En los autos del Juicio ORDINARIO CIVIL DE INMATRICULACIÓN JUDICIAL, promovido por FLORES MARTINEZ REYNA AMELIA, en contra de JOSE SOTO SOLIS expediente 679/2015. LA C. JUEZ SEPTUAGESIMO CIVIL DE ESTA CIUDAD, dicto unos autos que en su parte conducente dicen: México Distrito Federal a veinte de agosto del año dos mil quince. Agréguese a sus autos el escrito de cuenta del promovente, se tiene por desahogada la prevención ordenada en proveído de fecha diez de agosto del año en curso. Se tiene por presentado a: FLORES MARTINEZ REYNA, por su propio derecho; "2026" demandando en la VIA ORDINARIA CIVIL DE INMATRICULACIÓN JUDICIAL las prestaciones que indica. Con fundamento en los Artículos 122 fracción III, 255, 256, 258, y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles, "2026" se ordena publicar el edicto correspondiente por una sola vez en el Diario Oficial de la Federación, en el Boletín judicial, en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal, sección Boletín Registral y en el periódico DIARIO DE MEXICO, además de que la accionante deberá procede a fijar un anuncio de proporciones visibles en la parte externa del inmueble que se pretende inmatricular, debiendo permanece éste durante todo el trámite judicial, en el que se informe a las personas que puedan considerarse perjudicadas, a los vecinos y al público en general la existencia del procedimiento de inmatriculación judicial respecto a ese inmueble, debiendo contener también el nombre del promovente. Una vez realizadas las publicaciones antes referidas, córrase traslado de la solicitud y ENPLACESE A LA PERSONA DE QUIEN OBTUVO LA POSESION, AL MINISTERIO PUBLICO, A LOS COLINDANTES, AL DELEGADO DEL REGISTRO AGRARIO NACIONAL EN EL DISTRITO FEDERAL PARA QUE MANIFIESTE SI EL INMUEBLE A INMATRICULAR SE ENCUENTRA O NO AFECTADO AL REGIMEN EGIDAL O COMUNAL, Y A LA SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA PARA QUE EXPRESE SI EL PREDIO ES O NO PROPIEDAD FEDERAL, para que dentro del término de QUINCE DIAS, produzca su contestación, a percibidos que de no hacerlo se presumirán confesados los hechos de la demanda, atenta a lo dispuesto por el Articulo 271 del Código de Procedimientos Civiles "2026" NOTIFIQUESE.- Lo proveyó y firma la C. Juez Septuagésimo...

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