Sección de Avisos

66 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 8 de abril de 2024 E D I C T O S EDICTO DE NOTIFICACIÓN C. PROPIETARIO, INTERESADO Y/O REPRESENTANTE LEGAL, se le notifica que el 24 de marzo de 2022, se inició la carpeta de investigación CI-FIAR/A/UI-7 S/D/00011/03-2022 D01, por los delitos de contra la salud en su modalidad de narcomenudeo hipótesis con fines de comercio, el día siete de abril de dos mil veintidós, elementos de la secretaria de seguridad ciudadana ponen a disposición a 5 personas detenidas, motivo de la comisión de los delitos de Contra la Salud en la modalidad de narcomenudeo, operaciones con recursos de procedencia ilícita y cohecho, mediante la ejecución de una orden de cateo practicada en el inmueble ubicado en Calle Felipe Villanueva número 93, Colonia Peralvillo, Código Postal 06220, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México y el 09 de abril de 2022, se decretó el acuerdo de aseguramiento de manera real, material y jurídica del vehículo marca NISSAN, submarca MARCH, año modelo 2016, N.I.V: 3N1CK3CD7GL208335, número de motor: HR16 715154 L, color ROJO, R.F.V. derogado, tipo de carrocería HATCHBACK (5 puertas), Vehículo de Procedencia (HECHO EN MÉXICO), placas de circulación J98-AZE. Con fundamento en lo establecido en los artículos 1, 14, 16, 21 y 119 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 82 fracción III, 127, 131, 229, 230, 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales, 54 y 55 del Código Penal del Distrito Federal. Asimismo, se le apercibe para que se abstenga de ejercer actos de dominio sobre los bienes asegurados, que en caso de incumplimiento se le aplicará una medida de apremio previsto en el inciso b) fracción I del numeral 104 del código adjetivo, consistente en una multa de 50 unidades de medida de actualización, además, en caso de no manifestar lo que a su derecho convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la notificación, los bienes causarán abandono a favor del Gobierno de la Ciudad de México, transcurrido dicho plazo sin que ninguna persona se haya presentado a deducir derechos sobre los bienes asegurados, el ministerio público solicitará al Juez de Control que declare el abandono de los bienes y éste citará al interesado, a la víctima u ofendido y al ministerio público a una audiencia dentro de los diez días siguientes a la solicitud a que se refiere el párrafo anterior. (Firma) El C. Agente del Ministerio Público Lic. MIRIAM THANIA CRUZ ARRIAGA. EDICTO DE NOTIFICACIÓN C. PROPIETARIO, INTERESADO Y/O REPRESENTANTE LEGAL, se le notifica que el 02 de marzo de 2022, se inició la carpeta de investigación CI-FIAR/B/UI-13 S/D/00008/03-2022 D01, por los delitos de contra la salud en su modalidad de narcomenudeo hipótesis con fines de comercio, y el 04 de marzo de 2022, se decretó el acuerdo de aseguramiento de manera real, material y jurídica del vehículo marca: Nissan, Submarca: Versa; Modelo: 2016, Número de Motor: HR16 764714l, Color: Blanco, N.I.V.: 3N1CN7AD4GK411044, placas de circulación: Z87AGA, R.F.V.: DEROGADO. Con fundamento en lo establecido en los artículos 1, 14, 16, 21 y 119 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 82 fracción III, 127, 131, 229, 230, 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales, 54 y 55 del Código Penal del Distrito Federal. Asimismo, se le apercibe para que se abstenga de ejercer actos de dominio sobre los bienes asegurados, que en caso de incumplimiento se le aplicará una medida de apremio previsto en el inciso b) fracción I del numeral 104 del código adjetivo, consistente en una multa de 50 unidades de medida de actualización, además, en caso de no manifestar lo que a su derecho convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la notificación, los bienes causarán abandono a favor del Gobierno de la Ciudad de México, transcurrido dicho plazo sin que ninguna persona se haya presentado a deducir derechos sobre los bienes asegurados, el ministerio público solicitará al Juez de Control que declare el abandono de los bienes y éste citará al interesado, a la víctima u ofendido y al ministerio público a una audiencia dentro de los diez días siguientes a la solicitud a que se refiere el párrafo anterior. (Firma) El C. Agente del Ministerio Público Mtro. Enrique López Mauro. EDICTO DE NOTIFICACIÓN C. INTERESADO, PROPIETARIO Y/O APODERADO LEGAL DEL VEHÍCULO: VEHÍCULO DE LA MARCA: JEEP, SUBMARCA: GRAND CHEROKEE, AÑO MODELO: 2011, N.I.V.: 1J4RS5GG4BC676724, TIPO DE CARROCERIA: SUV (4 PUERTAS), COLOR: NEGRO, PLACAS DE CIRCULACIÓN: 299-ZTD, NÚMERO DE MOTOR: PROCEDENCIA EXTRANJERA (E.U.A.), R.F.V.: DEROGADO, TRANSMISIÓN AUTOMATICA DE 5 VELOCIDADES. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16, 21, 113 y 119 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 54 y 55 del Código Penal del Distrito Federal; 82, 127, 131, 229, 230 y 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales En cumplimiento a lo ordenado en el acuerdo de fecha dos de febrero del año dos mil diecisiete, dentro de la Carpeta de Investigación CI-FAS/E/UI-1 C/D/00121/01-2017 D01, instruida por el DELITO DE EXTORSIÓN, se le notifica que esta representación social aseguró el vehículo de referencia, por lo cual se le apercibe para que se abstenga de ejercer actos de dominio sobre el bien asegurado y se le apercibe que de no manifestar lo que a su derecho convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la notificación, los bienes causaran abandono a favor de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, lo anterior en términos de lo previsto en el artículo 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales. (Firma) AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICOLIC. JORGE ALEJANDRO ARRIATE MONTERO EDICTO DE NOTIFICACIÓN C. INTERESADO, PROPIETARIO Y/O APODERADO LEGAL DEL VEHÍCULO: VEHÍCULO DE LA MARCA: CHEVROLET, SUBMARCA: AVEO, AÑO MODELO: 2014, NÚMERO DE PLACAS: 706-ZUY, COLOR: BLANCO, NÚMERO DE SERIE: 3G1TC5CF1EL192839, NÚMERO DE MOTOR: HECHO EN MÉXICO, R.F.V.: DEROGADO. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16, 21, 113 y 119 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 54 y 55 del Código Penal del Distrito Federal; 82, 127, 131, 229, 230 y 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales En cumplimiento a lo ordenado en el acuerdo de fecha tres de febrero del año dos mil veinte, dentro de la Carpeta de Investigación CI-FAS/E/UI-2 C/D/00152/02-2020 D01, instruida por el DELITO DE SECUESTRO AGRAVADO, se le notifica que esta representación social aseguró el vehículo de referencia, por lo cual se le apercibe para que se abstenga de ejercer actos de dominio sobre el bien asegurado y se le apercibe que de no manifestar lo que a su derecho convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la notificación, los bienes causaran abandono a favor de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, lo anterior en términos de lo previsto en el artículo 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales. (Firma) AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO LIC. TANIA VANESSA ROJO GUZMÁN 68 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 8 de abril de 2024 EDICTO DE NOTIFICACIÓN C. INTERESADO, PROPIETARIO Y/O APODERADO LEGAL DEL VEHICULO: VEHICULO DE LA MARCA: PLYMOUTH, SUBMARCA: GRAND VOYAGER, AÑO MODELO: 1997, PLACAS: V55-ARH, COLOR: VERDE, NÚMERO DE SERIE: 1P4GP45R1VB210543, NÚMERO DE MOTOR: PROCEDENCIA EXTRANJERA, R.F.V.: DEROGADO, VEHÍCULO DE PROCEDENCIA EXTRANJERA E.U.A. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16, 21, 113 y 119 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 54 y 55 del Código Penal del Distrito Federal; 82, 127, 131, 229, 230 y 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales En cumplimiento a lo ordenado en el acuerdo de fecha diecisiete de octubre del año dos mil diecisiete, dentro de la Carpeta de Investigación CI-FAS/E/UI-3 C/D/01292/10-2017, instruida por el DELITO DE PRIVACIÓN ILEGAL DE LA LIBERTAD (TENTATIVA), se le notifica que esta representación social aseguró el vehículo de referencia, por lo cual se le apercibe para que se abstenga de ejercer actos de dominio sobre el bien asegurado y se le apercibe que de no manifestar lo que a su derecho convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la notificación, los bienes causaran abandono a favor de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, lo anterior en términos de lo previsto en el artículo 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales. (Firma) AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO LIC. JAIME REY LOPEZ SALAZAR EDICTO DE NOTIFICACIÓN C. INTERESADO, PROPIETARIO Y/O APODERADO LEGAL DE LA MOTOCICLETA: MOTOCICLETA DE LA MARCA: BAJAJ, SUBMARCA: PULSAR NS200, AÑO MODELO: 2021, SIN PLACAS DE CIRCULACIÓN, COLOR: NEGRO, N.I.V.: MD2A36FY7MCK00786, NUMERO DE MOTOR: JLYCLK40154, R.F.V.: DEROGADO. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16, 21, 113 y 119 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 54 y 55 del Código Penal del Distrito Federal; 82, 127, 131, 229, 230 y 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales En cumplimiento a lo ordenado en el acuerdo de fecha cuatro de marzo del año dos mil veinticuatro, dentro de la Carpeta de Investigación CI-FIDDS/E/UI-2 C/D/00012/01-2021 D03, instruida por los delitos de: PORTACIÓN, FABRICACIÓN E IMPORTACIÓN DE OBJETOS APTOS PARA AGREDIR, PORTACIÓN DE ARMA DE FUEGO, DELITOS DE CONTRA LA SALUD EN SU MODALIDAD DE NARCOMENUDEO Y RESISTENCIA DE PARTICULARES, se le notifica que esta representación social aseguró la motocicleta de referencia, por lo cual se le apercibe para que se abstenga de ejercer actos de dominio sobre el bien asegurado y se le apercibe que de no manifestar lo que a su derecho convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la notificación, los bienes causaran abandono a favor de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, lo anterior en términos de lo previsto en el artículo 231 del Código Nacional de Procedimientos...

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