SCJN garantiza acceso pleno a pensión por viudez a parejas del mismo sexo
Fecha de publicación | 19 Septiembre 2023 |
La Corte emitió un fallo que podría cambiar la política del IMSS respecto al trato a personas LGBTI+, al declarar inconstitucional la negación de una pensión de viudez a una persona homosexual en concubinato. De esa manera, estableció un nuevo estándar para la inclusión y la no discriminación.
Para la Ley del Seguro Social (LSS), el concubinato sólo tiene derechos plenos si está formado por un hombre y una mujer. Aquellos constituidos por personas del mismo sexo no pueden acceder a las mismas facultades, como a una pensión por viudez.
Sin embargo, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) “determinó que es inconstitucional condicionar el derecho a una pensión por viudez con base en las preferencias sexuales y el sexo de las personas”, según dio a conocer el máximo tribunal en un comunicado.
Por lo tanto, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) está obligado “a reconocer el vínculo generado entre los cónyuges o concubinos” y otorgar las prestaciones correspondientes, “sin que la preferencia sexual o el sexo de esas personas sea una razón para su denegación”.
En México, más de 5 millones de personas se reconocen abiertamente con una alguna de las siglas LGBTI+, según los resultados de la última Encuesta Nacional sobre Diversidad Sexual y de Género (Endiseg), el primer conteo de ese tipo que ha realizado el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).
Esa cifra representa el 5.1% de la población de 15 años y más. “Lo que significa que una de cada 20 personas se identifica como población LGBTI+”, señala el Inegi.
Una tercera parte de las personas LGBTI+ están casadas o unidas con su pareja. El 4.5% se ha divorciado, separado o ha quedado en situación de viudez. La mayoría, el 65% de esta población, está soltera.
En tanto, el 64% de este grupo poblacional es económicamente activo. Es decir, tiene un trabajo o está en busca de uno.
Seguridad social sólo para heterosexualesEn 1986, cuando la pareja comenzó su relación, su unión no sólo no era reconocida legalmente, sino que estaba prohibida. En esos años el movimiento LGBTI+ a nivel mundial vivía momentos difíciles, pues al inicio de la década se propagó un nuevo virus, el cual fue llamado Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH), el cual puede provocar el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA).
“Esta noticia fue tomada por los medios de comunicación para contribuir a la estigmatización social de los grupos de la diversidad sexual, particularmente, los homosexuales”, señala el...
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