Norma Oficial Mexicana NOM-131-SCFI-2004, Determinación, asignación e instalación del número de identificación vehicular-Especificaciones

Fecha de disposición13 Diciembre 2004
Fecha de publicación13 Diciembre 2004
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

NORMA Oficial Mexicana NOM-131-SCFI-2004, Determinación, asignación e instalación del número de identificación vehicular-Especificaciones.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Dirección General de Normas.

La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en los artículos 34 fracciones XIII y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 39 fracción V, 40 fracciones I y XII, 46, 47 fracción IV de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y 19 fracciones I y XV del Reglamento Interior de esta Secretaría, y

CONSIDERANDO

Que es responsabilidad del Gobierno Federal procurar las medidas que sean necesarias para garantizar que los productos que se comercialicen en territorio nacional contengan los requisitos necesarios con el fin de garantizar los aspectos de información comercial para lograr una efectiva protección del consumidor;

Que con fecha 31 de julio de 2003 el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio, aprobó la publicación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-131-SCFI-2003, Información comercial-Etiquetado general de productos, la cual se realizó en el Diario Oficial de la Federación el 1 de abril de 2004, con objeto de que los interesados presentaran sus comentarios;

Que durante el plazo de 60 días naturales, contados a partir de la fecha de publicación de dicho Proyecto de Norma Oficial Mexicana, la Manifestación de Impacto Regulatorio a que se refiere el artículo 45 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización estuvo a disposición del público en general para su consulta; y que dentro del mismo plazo, los interesados presentaron comentarios sobre el contenido del citado Proyecto de Norma Oficial Mexicana, mismos que fueron analizados por el grupo de trabajo, realizándose las modificaciones conducentes al Proyecto de NOM;

Que con fecha 22 de octubre de 2004, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio, aprobó por unanimidad la norma referida;

Que la Ley Federal sobre Metrología y Normalización establece que las normas oficiales mexicanas se constituyen como el instrumento idóneo para la protección de los intereses del consumidor, se expide la siguiente: Norma Oficial Mexicana NOM-131-SCFI-2004, Determinación, asignación e instalación del número de identificación vehicular-Especificaciones.

México, D.F., a 12 de noviembre de 2004.- El Director General de Normas, Miguel Aguilar Romo.- Rúbrica.

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-131-SCFI-2004, DETERMINACION, ASIGNACION E INSTALACION DEL NUMERO DE IDENTIFICACION VEHICULAR-ESPECIFICACIONES

PREFACIO

En la elaboración de la presente Norma Oficial Mexicana participaron las siguientes empresas e instituciones:

ASOCIACION MEXICANA DE LA INDUSTRIA AUTOMOTRIZ, A.C.

ASOCIACION NACIONAL DE IMPORTADORES Y EXPORTADORES DE LA REPUBLICA MEXICANA, A.C.

ASOCIACION NACIONAL DE PRODUCTORES DE AUTOBUSES, CAMIONES Y TRACTOCAMIONES, A.C.

BMW DE MEXICO, S.A. DE C.V.

CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE TRANSFORMACION

COMERCIALIZADORA MERCANTIL ATLANTICA, S.A. DE C.V.

DAIMLERCHRYSLER, S.A. DE C.V.

FORD MOTOR COMPANY, S.A. DE C.V.

GENERAL MOTORS DE MEXICO, S.A. DE C.V.

IRIZAR MEXICO, S.A. DE C.V.

KENWORTH, S.A. DE C.V.

NISSAN, S.A. DE C.V.

SECRETARIA DE ECONOMIA Dirección General de Industrias Básicas Dirección General de Normas Dirección General del Registro Nacional de Vehículos

YAMAHA MOTOR DE MEXICO, S.A. DE C.V.

INDICE

  1. Introducción

  2. Objetivo y campo de aplicación

  3. Definiciones

  4. Especificaciones

  5. De los requisitos de información

  6. Vigilancia

  7. Evaluación de la conformidad

  8. Bibliografía

  9. Concordancia con normas internacionales

Transitorios
  1. Introducción

    La presente Norma Oficial Mexicana adopta las disposiciones y mecanismos internacionales en materia de identificación vehicular, con el objeto de establecer un número que identifique a los vehículos mostrando la identidad de los mismos. Lo anterior, permitirá combatir los problemas derivados de la falta de control de éstos, tanto en vehículos de fabricación nacional como de importación, así como brindar seguridad en las transacciones comerciales. De esa manera, esta regulación técnica proporcionará a los particulares y al sector público un instrumento para identificar con certeza el vehículo objeto de una transacción.

  2. Objetivo y campo de aplicación

    La presente Norma Oficial Mexicana establece las especificaciones para la determinación, asignación e instalación del número de identificación vehicular en los vehículos descritos en los incisos 2.12, 2.12.1, 2.12.2, 2.12.3, 2.12.4, 2.12.5, 2.12.6, 2.12.7 y 2.12.8, 2.12.9, 2.12.10, 2.12.11 y es de observancia obligatoria para los fabricantes y ensambladores nacionales de vehículos destinados al mercado nacional.

    Para el caso de los vehículos importados destinados al mercado nacional, los importadores son los responsables del cumplimiento de las obligaciones previstas en la presente Norma Oficial Mexicana.

    Esta Norma Oficial Mexicana no es aplicable a los vehículos considerados como juguetes, y otros vehículos que determine la Secretaría conforme a sus atribuciones.

  3. Definiciones

    Para efectos de esta Norma Oficial Mexicana se establecen, en orden alfabético, las definiciones siguientes:

    2.1 Año modelo:

    Periodo comprendido entre el inicio de la producción de determinado tipo de vehículo automotor y el 31 de diciembre del año calendario con que dicho fabricante designe al modelo en...

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