Respuesta a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-117-SCFI-2003, Prácticas comerciales-Elementos normativos para la comercialización de muebles de línea y sobre medida, publicado el 18 de marzo de 2004

Fecha de disposición26 Diciembre 2005
Fecha de publicación26 Diciembre 2005
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

RESPUESTA a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-117-SCFI-2003, Prácticas comerciales-Elementos normativos para la comercialización de muebles de línea y sobre medida, publicado el 18 de marzo de 2004.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

RESPUESTA A LOS COMENTARIOS RECIBIDOS RESPECTO DEL PROYECTO PROY-NOM-117-SCFI-2003, PRACTICAS COMERCIALES-ELEMENTOS NORMATIVOS PARA LA COMERCIALIZACION DE MUEBLES DE LINEA Y SOBRE MEDIDA.

La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones XIII y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 39 fracción V, 40 fracciones I y XII, 47 fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 23 fracciones I y XV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, publica las respuestas a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-117-SCFI-2003, Prácticas comerciales-Elementos normativos para la comercialización de muebles de línea y sobre medida, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de marzo de 2004.

PROMOVENTE RESPUESTA
Secretaría de Economía Fecha de recepción: 2004-05-13 1. Objetivo Incluir en su objetivo lo relativo al establecimiento de los términos y las condiciones mínimas que deben contener este tipo de contratos de adhesión. El grupo de trabajo analizó la propuesta y, con fundamento en los artículos 47 fracción II, 64 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 33 de su Reglamento, consideró que no era necesario incluir dichos términos y condiciones.
Moisés Flores López Fecha de recepción: 2004-05-17 1. Objetivo Indicar que las personas físicas o morales estén legalmente constituidas. El grupo de trabajo analizó la propuesta y, con fundamento en los artículos 47 fracción II, 64 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 33 de su Reglamento, decidió no aceptarla toda vez que era pertinente dejar en claro que la contratación de los servicios prestados por terceros no eximía al prestador de su responsabilidad.
Alejandra Licona Quiñónez Fecha de recepción: 2004-05-17 1. Objetivo Adicionar al final que la norma es para salvaguardar la seguridad del consumidor. El grupo de trabajo analizó la propuesta y, con fundamento en los artículos 47 fracción II, 64 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 33 de su Reglamento, decidió no aceptarla toda vez que el propósito esencial de la norma es para transparentar la práctica comercial y no para salvaguardar la seguridad del consumidor.
Gabriela Gómez Pérez, Karina Onofre Martínez Fecha de recepción: 2004-05-17 1. Objetivo Incluir a los productores o fabricantes. El grupo de trabajo analizó la propuesta y, con fundamento en los artículos 47 fracción II, 64 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 33 de su Reglamento, decidió no considerarla ya que los productores y fabricantes que venden al público consumidor en forma directa se consideran comercializadores.
Leticia Guadalupe Zúñiga Martínez, Diana Lizeth Morales Mata Fecha de recepción: 2004-05-17 1. Objetivo Cambiar “morales” por “jurídicas”. El grupo de trabajo analizó la propuesta y, con fundamento en los artículos 47 fracción II, 64 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 33 de su Reglamento, decidió no aceptarla toda vez que la Ley Federal de Protección al Consumidor se refiere a las personas “morales” y no a las personas jurídicas.
Amado Guillermo Olgalidia, Carmen Rodríguez Palma, Rosalía Arabedo Castro Fecha de recepción: 2004-05-17 2. Campo de aplicación Señalar que la norma es de “interés público y observancia...”. El grupo de trabajo analizó la propuesta y, con fundamento en los artículos 47 fracción II, 64 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 33 de su Reglamento, decidió no aceptarla en virtud de que la redacción original era clara.
Horacio Baranda Ortega Fecha de recepción: 2004-05-17 3. Definiciones Definir: Anticipo, Establecimiento, Garantía, Comercialización. El grupo de trabajo aceptó la propuesta quedando las definiciones en la forma siguiente: 3.1 Anticipo A la cantidad monetaria que el consumidor entrega al proveedor como adelanto por la adquisición de un mueble de línea o sobre medida. 3.2 Establecimiento Al local comercial legalmente habilitado y de acceso al público para llevar a cabo la comercialización de muebles de línea y sobre medida. 3.3 Comercialización de muebles de línea y sobre medida Al acto jurídico mediante el cual el proveedor transmite la propiedad de un mueble de línea o sobre medida. 3.11 Garantía Al documento mediante el cual el proveedor se compromete a respaldar por un tiempo determinado el mueble de línea o sobre medida contra defectos de fabricación.
Juan Carlos Hernández
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