SAT informa los gastos médicos que son deducibles

AutorServicio de Administración Tributaria
Fecha de publicación08 Abril 2024
MateriaDerecho Fiscal

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recuerda a las personas físicas que obtienen ingresos por honorarios, sueldos y salarios, arrendamiento y actividad empresarial y/o profesional, que pueden deducir gastos médicos en su declaración anual.

Las deducciones personales son gastos que los contribuyentes tienen derecho a disminuir de sus ingresos acumulables del ejercicio fiscal en curso, lo que en algunos casos permite obtener una devolución.

Los gastos que se pueden deducir en la declaración anual son:

Honorarios médicos, dentales, psicológicos o nutricionales.

Gastos hospitalarios.

Medicinas incluidas en facturas de hospitales.

Honorarios a enfermeras.

Análisis o estudios clínicos.

Prótesis.

Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente.

Lentes ópticos graduados.

Primas por seguros de gastos médicos.

Estos gastos son deducibles para el contribuyente o, en su caso, para familiares directos (cónyuge, concubina(o), padres, abuelos, hijos y nietos) que no hayan percibido ingresos superiores al salario mínimo anual.

Los gastos deben estar respaldados por facturas...

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